Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 213 de 02/11/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Resolución de 8 de octubre de 2010, de la Delegación del Gobierno de Jaén, por la que se conceden y deniegan subvenciones para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz, solicitadas al amparo de la Orden que se cita, para el ejercicio 2010.

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Iniciado el procedimiento para conceder subvenciones a los Ayuntamientos andaluces con objeto de cooperar con la mejora de los Juzgados de Paz, en su convocatoria de 2010, al amparo de la Orden de 30 de noviembre de 2009 de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 244, de 16 de diciembre de 2009), por la que se establecen las bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgado de Paz, resultan los siguientes:

HECHOS

Primero. El plazo de presentación de solicitudes finalizó el 15 de marzo de 2010, habiendo tenido entrada en esta Delegación Provincial en los términos del artículo de la citada Orden y de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en el artículo 51.2 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, 40 solicitudes presentadas en plazo.

Segundo. De acuerdo con las previsiones del artículo 12 de la Orden de 30 de noviembre de 2009 se constituyó la Comisión de Valoración, integrada por quien desempeña la Secretaría General de la Delegación del Gobierno, el Secretario General del área de Justicia, quien ocupa la jefatura del Servicio de Justicia y el funcionario designado por la persona titular de esta Delegación, que han desarrollado las funciones que les encomiendan las bases reguladoras contenidas en la Orden citada.

Tercero. Con fecha 22 de junio de 2010 se dictó por el órgano instructor propuesta de resolución provisional, en los términos exigidos por el artículo 4 de la Orden.

Cuarto. Tras conceder el trámite de audiencia a los interesados previsto en el artículo 5 de la Orden de 30 de noviembre de 2009, no se ha recepcionado ninguna alegación.

Teniéndose en consideración la siguiente:

FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA

Primera. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de aplicación directa o supletoria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en función del carácter básico o no de sus preceptos; el Título VIII de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía; y el Capítulo I del Título III de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.

Segunda. El Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los procedimientos de concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico.

Tercera. La Orden de la Consejería de Justicia y Administración Pública, de 30 de noviembre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones a los Ayuntamientos andaluces para la mejora de la infraestructura y gastos de equipamiento de los Juzgados de Paz, que establece en su artículo 11 los criterios para valorar las solicitudes presentadas.

Cuarta. El artículo 6.3 de la Orden de 30 de noviembre de 2009 limita la concesión de subvenciones a las disponibilidades presupuestarias existentes, por lo que ha sido necesario proceder a la ordenación de las solicitudes baremadas, atendiendo a la puntuación obtenida en la valoración, con el fin de conceder subvenciones hasta agotar el crédito presupuestario correspondiente, obteniendo de este modo una puntuación suficiente necesaria para poder resultar beneficiario de la subvención.

Quinta. El artículo 13.1 de la mencionada Orden de 30 de noviembre de 2009, que atribuye a la persona titular de la respectiva Delegación del Gobierno, por delegación de la persona titular de la Consejería, la competencia para la resolución del procedimiento.

Vistas las solicitudes presentadas, instruido el procedimiento conforme a lo contenido en la Orden de 30 de noviembre de 2009 antes citada, y conforme a la propuesta de resolución definitiva de la Secretaría General de esta Delegación del Gobierno y a las demás normas de general aplicación,

RESUELVO

Primero. Conceder subvención a los Ayuntamientos que se relacionan en el Anexo 1 de la presente resolución, por el importe que se señala para cada uno de ellos y para la finalidad de realizar la actuación que se concreta en cada caso para la mejora de la infraestructura y el equipamiento del Juzgado de Paz, con cargo al subconcepto presupuestario 761.00, correspondiente al programa 1.4.B.

Las subvenciones se imputarán al ejercicio económico de 2010, sin perjuicio de que, en su caso, puedan tener carácter plurianual, y el inicio del plazo de ejecución se computará desde el día siguiente a la fecha de materialización del pago de la subvención y será el que se establezca en el Anexo 1 para cada beneficiario.

En el Anexo 1 se relacionan, además, para cada Ayuntamiento beneficiario el presupuesto aceptado de la actuación subvencionada y el porcentaje de ayuda con respecto a dicho presupuesto.

Segundo. Denegar las subvenciones solicitadas por los interesados relacionados en Anexo 2 a esta Resolución, por las causas que en dicho anexo se indican.

Tercero. El abono de las subvenciones detalladas en el Anexo 1 se realizará en un único pago por el importe total de las mismas de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la Orden de 30 de noviembre de 2009 cuando su importe no supere la cuantía de 6.050 euros, y en caso de superar dicho importe se abonará al beneficiario un primer pago anticipado de hasta el 75% del importe total de la subvención concedida, tras la firma de la resolución de concesión, abonándose el 25% restante una vez justificado el primer pago.

Cuarto. La justificación de la subvención se realizará ante el correspondiente órgano concedente en un plazo máximo de tres meses desde la finalización del término previsto para la realización de la actividad. Los beneficiarios deberán presentar los justificantes del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y del gasto total de la actividad subvencionada, aunque la cuantía de la subvención sea inferior, aportando la siguiente documentación:

Certificación, en la que conste:

- Haber sido registrado en la contabilidad del Ayuntamiento, el ingreso de la cantidad percibida, con indicación del asiento contable practicado y la fecha del mismo.

- La relación de los gastos efectuados en la ejecución del proyecto, tanto el correspondiente a la parte subvencionada, como, en su caso a la aportada por las Entidades Locales, en caso de ser aquélla menor.

- Las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en original, sin perjuicio de lo establecido en el artículo de la Orden de antes citada. La acreditación de los gastos también podrá efectuarse mediante facturas electrónicas, siempre que cumplan los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.

En los casos en que los justificantes sean facturas, para que estas tengan valor probatorio, deberán cumplir con los requisitos de las facturas y de los documentos sustitutivos establecidos en el Capítulo II del Título I del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación contenidos en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, modificado por el Real Decreto 87/2005, de 31 de enero.

Quinto. Las obligaciones de los beneficiarios de las subvenciones concedidas por esta resolución, así como, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas, se regularán por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en los artículos 105 y 112 de la Ley 5/1983, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por lo previsto en el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, y los artículos 17 a 22 y de la Orden de 30 de noviembre de 2009 que contiene las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones que aquí se tratan.

La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este órgano en el plazo de un mes o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Jaén, 8 de octubre de 2010.- El Delegado del Gobierno, Felipe López García.

ANEXO I
LISTADO DE SOLICITANTES EVALUADOS QUE CUMPLEN CON LOS REQUISITOS Y SON BENEFICIARIOS, DE CONFORMIDAD CON LA ORDEN DE 30 DE NOVIEMBRE DE 2009 (BOJA NÚM. 244, DE 16 DE DICIEMBRE DE 2009)
PROVINCIA MUNICIPIO ACTUACION CUANTIA CONCEDIDA PRESUPUESTO % PLAZO DE EJECUCION PLAZO DE
JUSTIFICACION
PUNTUACION
JAEN LARVA OBRAS 9.200,00 11.500,00 80 3 MESES 3 MESES 72,38
JAEN HORNOS DE SEGURA MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO 2.458,40 2.458,40 100 3 MESES 3 MESES 67,13
JAEN FRAILES MOBILAIRIO, LIBROS Y ENCUADERNACION 6.050,00 6.050,00 100 3 MESES 3 MESES 57,38
JAEN CAMBIL MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO 1.754,37 1.754,37 100 3 MESES 3 MESES 55,00
JAEN MONTIZON FOTOCOPIADORA 4.182,61 4.182,61 100 3 MESES 3 MESES 53,50
JAEN BELMEZ DE LA MORALEDA OBRAS 5.962,00 5.962,00 100 3 MESES 3 MESES 52,00
JAEN VILLANUEVA DE LA REINA EQUIPAMIENTOS 3.238,90 3.238,90 100 3 MESES 3 MESES 51,75
JAEN SORIHUELA DEL GUADALIMAR FOTOCOPIADORA Y MOBILIARIO 6.050,00 6.050,00 100 3 MESES 3 MESES 51,63
JAEN BAÑOS DE LA ENCINA OBRAS Y EQUIPAMIENTO 2.500,00 2.500,00 100 3 MESES 3 MESES 51,50
JAEN HUESA MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO 4.639,50 4.639,50 100 3 MESES 3 MESES 50,25
JAEN CASTILLO DE LOCUBIN OBRAS 6.050,00 6.050,00 100 3 MESES 3 MESES 49,88
JAEN HIGUERA DE CALATRAVA OBRAS 5.922,50 5.922,50 100 3 MESES 3 MESES 49,88
JAEN TORREDONJIMENO OBRAS Y MOBILIARIO 6.040,00 6.040,00 100 3 MESES 3 MESES 49,13
JAEN ARJONILLA MOBILIARIO 3.901,57 3.901,57 100 3 MESES 3 MESES 48,13
JAEN SANTIAGO PONTONES MOBILIARIO Y ENCUADERNACION 6.000,00 6.000,00 100 3 MESES 3 MESES 46,38
JAEN GUARROMAN MOBILIARIO 4.888,70 4.888,70 100 3 MESES 3 MESES 44,75
JAEN LUPION OBRAS 8.343,51 10.429,39 80 3 MESES 3 MESES 42,75
JAEN VILCHES MOBILIARIO 2.581,00 2.581,00 100 3 MESES 3 MESES 42,00
ANEXO II
LISTADO DE SOLICITUDES A LAS QUE SE DENIEGAN SUBVENCIONES, POR LAS CAUSAS QUE SE INDICAN, AL AMPARO DE LA CONVOCATORIA REALIZADA EN VIRTUD DE LA ORDEN DE 30 DE NOVIEMBRE DE 2009 (BOJA NÚM. 244 , DE 16 DE DICIEMBRE DE 2009)
PROVINCIA MUNICIPIO ACTUACION CAUSAS NO CONCESION
JAEN MANCHA REAL FOTOCOPIADORA Y MOBILIARIO NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN RUS OBRAS NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN CARBONEROS AIRE ACONDICIONADO NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN TORRES OBRAS Y MOBILIARIO NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN LOS VILLARES MOBILIARIO + SIST. ALIMENT. ININTERRUMPIDA NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN CABRA DE SANTO CRISTO FOTOCOPIADORA NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN BEGIJAR MOBILIARIO NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN CASTELLAR MOBILIARIO NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN MARMOLEJO MOBILIARIO Y LIBROS NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN BEAS DE SEGURA MOBILIARIO Y FOTOCOPIADORA NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN JIMENA OBRA NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN LOPERA MOBILIARIO NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN HUELMA MOBILIARIO NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN ARQUILLOS ENCUADERNACION NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN TORREBLASCOPEDRO MOBILIARIO Y MATERIAL NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN PEAL DE BECERRO COPIADORA DIGITAL NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN SILES EQUIPAMIENTO NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN PORCUNA MOBILIARIO Y FAX NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN MENGIBAR MOBILIARIO Y FOTOCOPIADORA NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN POZO ALCON EQUIPAMIENTO NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN BAILEN OBRAS NO OBTIENE PUNTUACION SUFICIENTE
JAEN PEGALAJAR MOBILIARIO NO HA SUBSANADO EN PLAZO
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