Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 215 de 04/11/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia

Orden de 28 de septiembre de 2010, por la que se autoriza la transferencia de la concesión administrativa de radiodifusión sonora de frecuencia modulada en la localidad de Constantina solicitada por Radio Amanecer, S.A., a favor de Radio Popular, S.A. (PD. 2638/2010).

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Vista la solicitud de autorización conjunta formulada por los representantes legales de Radio Amanecer, S.A., y Radio Popular, S.A., para la transmisión de la concesión del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter comercial, en la frecuencia 105.7 MHz., en la localidad de Constantina (Sevilla), resultan lo siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Radio Amanecer, S.A., es titular de la concesión administrativa para la gestión de la emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en la localidad de Constantina (Sevilla), frecuencia 105.7 MHz., otorgada por Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 30 de diciembre de 2003 (BOJA núm. 31, de 16 de febrero de 2004).

Segundo. Con fecha 12 de abril de 2010, se presentó solicitud de autorización conjunta formulada por los representantes legales de Radio Amanecer, S.A., como transmitente, y de Radio Popular, S.A., como adquirente, para la transferencia de la concesión.

Tercero. Consta acreditado en el procedimiento instruido para la transferencia de la concesión que el adquirente reúne los requisitos exigidos para ser concesionario y que el cedente ha explotado la concesión durante dos años ininterrumpidos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 19.1 del Decreto 174/2002, de 11 de junio, por el que se regula el régimen de concesión por la Comunidad Autónoma de Andalucía de Emisoras de Radiodifusión Sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, dispone que «la concesión del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia será transferible mediante autorización del Consejero de la Presidencia, y siempre que se reúnan los requisitos a los que se refiere este artículo».

Segundo. Ha quedado acreditado en el expediente al efecto instruido el cumplimiento de los requisitos exigidos por el artículo 19 citado, así como los demás previstos en la normativa vigente aplicables a este tipo de transmisiones.

Tercero. Consta el informe del Consejo Audiovisual de Andalucía, emitido en cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 4.4 de la Ley 1/2004, de 17 de diciembre, de creación del Consejo Audiovisual de Andalucía.

De acuerdo con lo expuesto, y de conformidad con la propuesta formulada por la Dirección General de Comunicación Social, en uso de las competencias conferidas por el citado artículo 19 del Decreto 174/2002, de 11 de junio,

DISPONGO

1.º Autorizar la transmisión de la titularidad de la concesión del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, en la localidad de Constantina (Sevilla), frecuencia 107.7 MHz., de Radio Amanecer, S.A., a la entidad mercantil Radio Popular, S.A.

2.º La presente autorización comporta la subrogación del adquirente en todos los derechos y obligaciones del transferente derivados de la concesión.

3.º Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19.6 del citado Decreto 174/2002, de 11 de junio.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses. Ambos plazos deberán computarse a partir del día siguiente al del recibo de la notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 48.2, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 28 de septiembre de 2010

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ

Consejera de la Presidencia

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