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En el recurso contencioso-administrativo número 218/2009 interpuesto por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Telecomunicaciones, siendo la actuación administrativa recurrida la Resolución de fecha 28 de octubre de 2008, mediante la que se inadmite recurso de alzada contra Comunicación de 19.6.08, en la que se indica que con el título de Ingeniero Técnico en Telecomunicaciones, no se tiene competencia legal para el diseño, ejecución y mantenimiento de equipos e instalaciones de detección y extinción de incendios, se ha dictado Sentencia con fecha 13 de mayo de 2010 por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Fallamos que debemos desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos de Telecomunicaciones, contra resoluciones que se describen en el encabezamiento de la presente. Sin costas.»
Por lo tanto, a la vista de la Certificación, de fecha 9 de julio de 2010, de firmeza de la susodicha sentencia emitida por la Secretaria Judicial del mencionado Tribunal, en virtud de lo establecido en la Disposición transitoria primera del Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías, Disposición transitoria segunda del Decreto 134/2010, de 13 de abril, de regulación de estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, así como el artículo 3 de la Orden de 24 de junio de 2010, de delegación de competencias (BOJA núm. 139, de 16 de julio de 2010), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución, y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Sevilla, 21 de octubre de 2010.- La Secretaria General Técnica, Ana María Robina Ramírez.
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