Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 217 de 08/11/2010

4. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Certificación de 25 de octubre de 2010, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada, dimanante de recurso contencioso-administrativo núm. 437/2004-K.

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Don Miguel Sanz Septien, Secretario Judicial de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada.

Certifico: Que en esta Sala y Sección se tramita Recurso Contencioso-Administrativo, con el num. 437/2004-K, seguido a instancia del Colegio Oficial Farmacéuticos de Almería contra la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, sobre impugnación del Decreto 353/03, de 16 de diciembre, que establece la planificación farmacéutica.

En dicho procedimiento se dictó Sentencia por esta Sala, Sección Primera, núm. 630 de 2007, con fecha 1 de octubre de 2007, declarada firme en el día de hoy, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

FALLO

l. Estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Juan Ramón Ferreira Siles, en nombre del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Almería, contra el Decreto 353/2003, de 16 de diciembre, de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, por el que se establecen la planificación farmacéutica y los procedimientos de autorización relativos a oficinas de farmacia, declarándose nulo de pleno derecho dicho Decreto 353/2003, por violación del principio de reserva de Ley.

2. Sin expresa imposición de las costas causadas en esta instancia, de conformidad con lo que dispone el artículo 139.1 de la LJCA, de 1998. Intégrese la presente sentencia en el libro de su clase y una vez firme remítase testimonio de la misma junto con el expediente administrativo al lugar de procedencia de éste. Así por esta nuestra sentencia que se notificará a las partes haciéndoles saber, con las demás prevenciones del art. 248.41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que contra la misma cabe recurso de casación para ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, definitivamente juzgando lo pronunciamos mandamos y firmamos.

Y para que conste, en cumplimiento de lo establecido en el art. 72.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, que ordena la publicación del Fallo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en que lo hubiera sido la disposición anulada, extiendo la presente en Granada, a 25 de octubre de 2010.

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