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En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación en el domicilio que consta en el expediente, por el presente anuncio se notifican los siguientes laudos a los interesados indicados en el Anexo. Dichos laudos se encuentran a disposición de los interesados en la sede de la Junta Arbitral del Transporte de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, sita en Avda. Joaquina Eguaras, 2, 2.ª planta, de Granada, en donde podrán comparecer en el plazo de 10 días hábiles, a partir de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para el conocimiento del contenido íntegro del mencionado laudo y constancia de tal conocimiento. En el supuesto de no comparecer en el plazo indicado se le dará por notificado en el día de la publicación del presente anuncio.
ANEXO
| Núm. Expte. | Interesado y/o demandado | Extracto del laudo |
| JAT/GR-274/09 |
TRANSPOGUISA, S.L. C/ Calzada Romana, s/n 06.480-MONTIJO (Badajoz) |
Se condena a abonar a Don José María Martínez Izquierdo la cantidad de 383,02 € |
| JAT/GR- 8/10 |
CONSTRUCCIONES ADAM GRANADA, S.L. C/ Emilia Pardo Bazán, 10 18.195-CULLAR VEGA (Granada) |
Se condena a abonar a Don Manuel Medina Pérez la cantidad de 3.405,45 €. |
| JAT/GR- 9/10 |
CARPINTERIA ALIPREDIA, S.L., Polígono Industrial Asegra C/ Sevilla, 26. 18.210-PELIGROS (Granada) |
Se condena a abonar a Don Manuel Medina Pérez la cantidad de 1.797,92 €. |
| JAT/GR- 100/10 |
CUBITRANS 2000, S.L. Ctra. Comarcal 13, núm. 48 25.670-TERMENS (Lleida) |
Se condena a abonar a Transtegra, S.L., la cantidad de 986,00 € |
Transcurridos veinte días desde la publicación de este laudo, podrá instarse su ejecución forzosa ante el Juzgado de lo Mercantil de Granada, conforme establecen los artículos 44 y 45 de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y el art. 548 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Contra este laudo puede ejercitarse la acción de anulación ante la Audiencia Provincial de Granada, en el plazo de dos meses siguientes a su notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40 a 43, ambos inclusive, de la Ley de Arbitraje.
Con independencia de lo anterior, dentro de los diez días siguientes al de la notificación del laudo podrá solicitarse a esta Junta Arbitral su corrección, aclaración o complemento, de acuerdo con el artículo 39 de la citada Ley de Arbitraje.
Granada, 22 de octubre de 2010.- El Secretario General, Alfonso R. López Romero.
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