La Junta
Consejo de Gobierno
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Tras los intentos infructuosos de notificación personal, de acuerdo con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al haber transcurrido los tres años previstos en el art. 7.4 del Decreto 15/90, de 30 de enero, se notifica a doña María Angustias Torres Puchol-López, titular de la inscripción provisional de las tres casas rurales que se citan a continuación, ubicadas en el paraje El Purche de Monachil (Granada), que si en el plazo de tres meses, a contar desde el día siguiente al de esta publicación, no aporta la documentación necesaria para la inscripción definitiva de los proyectos, se producirán la caducidad de los mismos, de acuerdo con lo establecido en el art. 92 de la citada Ley 30/92, acordándose el archivo de las actuaciones relativas a dichas inscripciones provisionales.
Establecimientos turísticos que se citan:
Casa Rural Las Torres. Núm. de Registro: CR/GR/00147.
Casa Rural El Purche de San Antonio. Núm. de Registro: CR/GR/00148.
Casa Rural Las Marías. Núm. de Registro: CR/GR/00149.
Granada, 27 de octubre de 2010.- El Delegado, P.S. (Dto. 21/1985), la Secretaria General, María Ángeles Moya Cortés.
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