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Esta Dirección Gerencia, dando cumplimiento al artículo 27 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como al apartado 2.º de la base undécima de las bases reguladoras de la convocatoria 2010 de concesión de ayudas por el Instituto Andaluz de las Artes y las Letras, aprobadas mediante Orden de 3 de marzo de 2010 (BOJA núm. 54, de 19 de marzo), y de conformidad con el contenido del informe emitido por la Comisión de Valoración, en el que se concretan los resultados de las evaluaciones realizadas, acuerda hacer pública la propuesta de resolución provisional emitida por la Dirección General de Museos y Promoción del Arte.
El contenido íntegro de dicho acto se encuentra expuesto en los tablones de anuncios del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras, y en la página web de esta entidad, accesible a través de la dirección: www.juntadeandalucia.es/cultura/iaal/.
De conformidad con lo establecido en la base decimocuarta de la mencionada Orden de 3 de marzo de 2010, y en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio del presente anuncio se concede trámite de audiencia a todos los interesados en el procedimiento, para que en el plazo de 10 días contados a partir del siguiente hábil al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, presenten las alegaciones y documentos que estimen oportunos.
Conforme a lo establecido en apartado 5 de la base quinta de la mencionada Orden de 3 de marzo de 2010, por medio del presente anuncio se requiere a los beneficiarios propuestos provisionalmente para que en el plazo de 10 días contados a partir del siguiente hábil al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, presenten la documentación referida en el apartado 1 de la base séptima de la mencionada Orden de 3 de marzo de 2010.
Junto a esta documentación, y conforme a lo establecido en la letra f) del apartado 1 de la base decimoctava de la mencionada Orden de 3 de marzo de 2010, los beneficiarios propuestos deberán presentar, en el mismo plazo, la documentación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de no tener deudas en período ejecutivo por cualquier otro ingreso de Derecho Público respecto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Asimismo, conforme a lo establecido en apartado 5 de la base decimocuarta de la mencionada Orden de 3 de marzo de 2010 y con el objeto de comprobar que no se superan los límites establecidos para las ayudas de mínimis por el Reglamento de la Comisión núm. 1998/2006, de 15 de diciembre, por medio del presente anuncio se requiere a los beneficiarios propuestos provisionalmente para que en el plazo de 10 días contados a partir del siguiente hábil al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, presenten una declaración responsable sobre cualquier otra ayuda de mínimis recibida durante los dos ejercicios anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso, formulada conforme al modelo recogido como Anexo al presente anuncio.
Sevilla, 25 de octubre de 2010.- El Director Gerente, Luis Miguel Jiménez Gómez.
ANEXO DEcLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE OTRAS AYUDAS SUJETAS AL RÉGIMEN DE MíNIMIS D./D.ª ...........................................................................................,con DNI núm. ................., en mi condición de solicitante/(en su caso) representante legal de la entidad solicitante .................................... acreditada conforme a lo establecido en las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por el Instituto Andaluz de las Artes y las Letras, aprobadas mediante Orden de 3 de marzo de 2010 (BOJA núm. 54, de 19 de marzo), declaro bajo mi responsabilidad: a) Conoce que, en virtud de lo establecido y regulado en el Reglamento (CE) núm. 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis (Diario Oficial de la Unión Europea Serie I, núm. 379, de 28 de diciembre de 2006, página 5), las ayudas reguladas por la mencionada Orden de 3 de marzo de 2010 están acogidas al régimen de mínimis. b) Conoce que, en virtud lo establecido en el artículo 2.2 de dicho Reglamento, las ayudas total de mínimis concedida a una empresa determinada no podrán superar los 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales. c) Declara que (utilícese lo aplicable): La entidad no ha recibido ningún tipo de ayuda de las Administraciones Públicas españolas o comunitarias sujeta al régimen de mínimis, durante los dos ejercicios fiscales anteriores y el ejercicio fiscal en curso. En .................... a ...... de .................. de 20.... (Firma y sello de la entidad) La entidad ha recibido, durante los dos ejercicios fiscales anteriores y el ejercicio fiscal en curso, las siguientes subvenciones de las Administraciones Públicas españolas o comunitarias sujetas al régimen de mínimis: (Inserte tantas filas como sea necesario) |
Denominación según la regulación legal |
Organismo otorgante |
Resolución por la que se otorgó |
Fecha de concesión | Objeto de la ayuda | Importe de la ayuda |
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TOTAL |
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En .................... a ...... de .................. de 20.... (Firma y sello de la entidad) |