Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 19/11/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública.

Decreto 400/2010, de 2 de noviembre, por el que se acepta la transmisión de la propiedad, mediante mutación demanial subjetiva, de una parcela de titularidad municipal, sita en el Llano de la Cruz o Fuensanta, del término municipal de Tíjola (Almería), con destino a la construcción de un Instituto de Educación Secundaria y se adscribe a la Consejería de Educación.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Por el Ayuntamiento de Tíjola (Almería), se ha acordado transmitir la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante mutación demanial subjetiva, de una parcela de 5.718 m2, sita en el Llano de la Cruz o Fuensanta, de dicho municipio, para la construcción de un Instituto de Educación Secundaria.

Por la Consejería de Educación, se considera de interés la aceptación de la referida transmisión mediante mutación demanial subjetiva, con destino a Instituto de Educación Secundaria.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 2 de noviembre de 2010,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la transmisión de la propiedad acordada por el Ayuntamiento de Tíjola (Almería), mediante mutación demanial subjetiva, de una parcela de 5.718 m2 sita en el Llano de la Cruz o Fuensanta, de dicho municipio, con destino a la construcción de un Instituto de Educación Secundaria.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad de Purchena (Almería), al tomo 1.430, libro 120, folio 92, con el número de finca 9.367, con la siguiente descripción:

Urbana: Solar sito en el Llano de la Cruz o Fuensanta, término de Tíjola, con una superficie de 5.718 metros cuadrados, Linda: Norte, finca propiedad municipal adquirida a Tilo 21, S.L; Sur, finca propiedad municipal denominada Lomas de Cardate; Oeste, terrenos deportivos de propiedad municipal, y al Este, terrenos de Tilo 21, S.L, y terrenos de propiedad municipal denominados Lomas de Cardate.

Forma parte de la catastral número 0436002WG5303N0001UE.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero, la transmisión de la propiedad se formalizará mediante convenio administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la transmisión de la propiedad de la parcela descrita en el apartado primero, que se adscribe a la Consejería de Educación con destino a la Construcción de un Instituto de Educación Secundaría.

Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 2 de noviembre 2010

José Antonio GriñAn Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

Carmen Martínez Aguayo

Consejera de Hacienda y Administración Pública

Descargar PDF