Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 26/11/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Resolución de 29 de octubre de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la concesión de dos becas para la formación de personal técnico en materia de Archivos y Gestión Documental aplicada a las Obras Públicas conforme al régimen de suplencias previsto en la Orden de 1 de septiembre de 2008.

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La Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de 1 de septiembre de 2008, publicada en el BOJA núm. 190, de 23 de septiembre de 2008, establece las bases reguladoras de la concesión de becas para la formación de personal técnico en materia de Archivos y Gestión Documental aplicada a las Obras Públicas y efectuó la convocatoria para el año 2008, que fue resuelta mediante Resolución de la Secretaría General Técnica de 12 de febrero de 2009.

Habiéndose quedado vacante, por renuncia de sus beneficiarias durante su ejecución, dos de las becas de formación que fueron concedidas con destino en el Archivo de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda en Jaén y la otra en el Archivo de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda en Cádiz, esta Secretaría General Técnica, una vez aceptada ambas renuncias, y de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la citada Orden de 1 de septiembre de 2008,

RESUELVE

Primero. Por un lado, adjudicar a doña Vanessa Gómez Guerra la beca que ha quedado vacante en el Archivo de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Vivienda en Jaén, y por otro lado, y asimismo, adjudicar a doña Amparo García Ortiz la beca que ha quedado vacante el Archivo de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Vivienda en Cádiz, conforme al orden que les corresponde según el listado de suplentes establecido de acuerdo con las respectivas puntuaciones obtenidas.

Segundo. Cuantificar la dotación prevista en la convocatoria para la beneficiaria de la beca con destino en el Archivo de la Delegación Provincial de Jaén en 362,9 euros, siendo esta cuantía la parte proporcional correspondiente al período resultante del resto de la ejecución de la beca en su dotación inicial de 15.000 euros, distribuidos con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.14.00.01.00.9263.481.00.51A.0. 2010. Asimismo, y por otro lado, cuantificar la dotación prevista en la convocatoria para la beneficiaria de la beca con destino en el Archivo de la Delegación Provincial de la Consejería en Cádiz en 2.862,90 euros, siendo esta cuantía la parte proporcional correspondiente al período resultante del resto de la ejecución de la beca en su dotación inicial de 15.000 euros, distribuidos con cargo a las aplicaciones presupuestarias siguientes 0.1.14.00.01.00.9263.481.00.51A.0. 2010 y 3.1.14.00.01.00.9263.481.00.51A.0. 2011.

El abono de las becas se realizará por mensualidades vencidas conforme a lo establecido en el artículo 18 de la citada Orden, y se entenderá justificada con la realización del programa de formación que es objeto de la misma, quedando materializada esta justificación mediante el certificado final acreditativo de la realización de la actividad emitido por el Director de los trabajos, en el plazo de un mes desde su finalización.

Tercero. La duración inicial de la beca con destino en la Delegación Provincial de Obras Públicas y Vivienda en Jaén es de nueve días, período restante del de ejecución de la beca inicialmente concedida. Asimismo, la duración inicial de la beca con destino en la Delegación Provincial de Obras Públicas y Vivienda en Cádiz es de setenta días, período restante del de ejecución de la beca inicialmente concedida. Ambas becas se van a prorrogar por otros doce meses más como máximo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 5 de la Orden reguladora de la convocatoria.

El plazo de incorporación de las becarias será como máximo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de esta Resolución.

Cuarto. Los trabajos, estudios e informes realizados por las beneficiarias serán propiedad de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda y sólo podrá procederse a su publicación o difusión previa autorización expresa de la misma, en cuyo caso, las becarias deberán hacer constar que la actividad se ha realizado mediante una beca de este organismo. Asimismo, las beneficiarias tendrán obligación de sigilo y deberá cumplir el resto de condiciones y obligaciones previstas en los artículos 15 y 16 de la Orden de convocatoria.

Quinto. De conformidad con el artículo 14.5 de la Orden de convocatoria, dentro de los diez días siguientes a la publicación de la presente Resolución, el adjudicatario deberá proceder a la aceptación de la beca y cumplir cuantas obligaciones se deriven de dicha Orden.

Sexto. Publicar en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con la disposición adicional primera de la Orden de la convocatoria, la presente Resolución cuyo texto íntegro se encuentra expuesto, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.4 de la citada Orden, en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales y Servicios Centrales de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, y en la página web de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, en los términos del artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes o impugnar directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 29 de octubre de 2010.- El Secretario General Técnico, Rafael Martín de Agar y Valverde.

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