Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 234 de 30/11/2010

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Consejería de Medio Ambiente

Notificación de 3 de noviembre de 2010, de la Dirección General de Dominio Público Hidráulico de la Agencia Andaluza del Agua, por Edicto del acuerdo de incoación del procedimiento administrativo de apeo y deslinde del dominio público hidráulico en ambas márgenes del río Higuerón, en el término municipal de Frigiliana (Málaga).

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La Dirección General de Dominio Público Hidráulico, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 14.a) y f) de los Estatutos de la Agencia Andaluza del Agua aprobados por el Decreto 2/2009, de 7 de enero, y en virtud del artículo 241 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, en su redacción dada por Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo, incoó, mediante Acuerdo de fecha 14 de julio de 2010, el procedimiento de apeo y deslinde del dominio público hidráulico siguiente:

Referencia expediente Río Tramo Longitud (km) Términos municipales afectados Provincia
MA-54.544 Río
Higuerón
Tramo: Desde la salida de los cajorros del Río Higuerón hasta su desembocadura en el río Chillar, cuyas coordenadas UTM son:
- Punto inicial: X: 420365 Y: 4071119.
- Punto final: X: 421701 Y: 4069539.
2,5 Frigiliana Málaga

Dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, se notifica por medio del presente edicto, a la relación de interesados que se adjunta como Anexo, al no haber sido posible su localización por ser desconocidos, ignorarse su paradero y a los que intentada la correspondiente notificación no se hubiera podido practicar la misma, lo que a continuación sigue:

«Conforme al art. 23 del Texto Refundido de la Ley de Aguas aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y el art. 25.b) del Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica aprobado por Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, en relación con el articulo 50.1 y 2 de Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras (Capítulo XI, dedicado a la “Agencia Andaluza del Agua”) y artículo 14 a) y f) de los Estatutos de la Agencia Andaluza del Agua aprobados por el Decreto 2/2009, de 7 de enero, se faculta a la Dirección General de Dominio Público Hidráulico para la administración y el control del dominio público hidráulico y la realización de los deslindes de los cauces.

El artículo 95.1 del Texto Refundido de la Ley de Aguas y el art. 241.1 del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, en relación con el articulo 50 de la Ley 3/2004 anteriormente citada, atribuye a los Organismos de Cuenca, mediante acuerdo, la incoación del procedimiento de apeo y deslinde, ya sea por iniciativa propia o a instancia de los interesados.

La Administración Hidráulica, que tiene la obligación de velar por la tutela del Dominio Público Hidráulico, ostenta, entre otras potestades, la de delimitar y deslindar, cuando procediera, las zonas de dominio público hidráulico presionadas por riesgos o intereses de cualquier tipo.

Como consecuencia de ello, en los tramos del Río Higuerón, en el término municipal de Frigiliana (Málaga), se identificaron presiones externas, que aconsejan la realización del deslinde del Dominio Público Hidráulico.

En virtud de lo expuesto se acuerda:

1. La incoación del procedimiento administrativo de apeo y deslinde del Dominio Público Hidráulico de ambas márgenes del Río Higuerón, en el término municipal de Frigiliana (Málaga).

El tramo a deslindar viene limitado por la sección definida por las siguientes coordenadas UTM, en el Huso 30:

- Río Higuerón: Desde la salida de los cajorros del Río Higuerón hasta su desembocadura en el Río Chillar.

Punto inicial: X: 420365; Y: 4071119.

Punto final: X: 421701; Y: 4069539.

Longitud aproximada: 2.500 m.

2. La suspensión cautelar del otorgamiento de concesiones y autorizaciones que puedan afectar al Dominio Público Hidráulico o dificulten los trabajos que deben realizarse para su delimitación en el tramo de referencia, solicitando al Ayuntamiento de Frigiliana, la suspensión cautelar del otorgamiento de licencias de obras en el ámbito afectado por el deslinde.

Así lo acordó y firmó en Sevilla, a 14 de julio de 2010, el Director General del Dominio Público Hidráulico. Fdo.: Javier Serrano Aguilar.»

Dando así cumplimiento a la regulación contenida en el art. 242.2 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, en su nueva redacción dada por el Real Decreto 9/2008 de 11 de enero, al objeto de que pueda aportar cuanta información estime conveniente sobre dicho tramo del cauce que se ha de deslindar, en el plazo de un mes siguiente al de la recepción de esta publicación.

El plazo normativamente establecido para la resolución y notificación de este expediente es de un año, transcurrido el cual sin que haya recaído resolución expresa, los interesados en el mismo podrán entender que el procedimiento ha caducado.

Contra el presente acto de trámite, que no impide continuar el procedimiento, no cabe recurso en vía administrativa pudiendo oponerse al mismo en los recursos procedentes frente a la Resolución que ponga fin al procedimiento (arts. 107 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). No obstante, podrá efectuar las alegaciones que considere oportunas o mejor convengan a su derecho.

Teléfono para realizar consultas: 952 345 854.

Sevilla, 3 de noviembre de 2010.- El Director General, Javier Serrano Aguilar.

ANEXO

APEO Y DESLINDE DEL DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO EN AMBAS MÁRGENES DEL RÍO HIGUERÓN, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE FRIGILIANA (MÁLAGA)

EXPTE.: MA-54544

TITULAR NIF REF. CATASTRAL POL. PARC.
29053A00900012 9 12
ACOSTA GARCIA MARIA DOLORES 33367230A 29053A01000008 10 8
ACOSTA MONTILLA CARMEN 24686931L 29053A00900038 9 38
BALAGUERO ARMENGOL HERMINIA 37679700L 29053A00700219 7 219
BARBERO ROMAN JOSE DANIEL 52587089G 29053A01000002 10 2
FERNANDEZ HEREDIA JOSE MANUEL 77470003T 29053A00900071 9 71
GRIMMOND JOSEPH X1018682N 29053A00900030 9 30
HEREDIA HEREDIA ANDRES 23651967D 29053A01000151 10 151
HERRERO ACOSTA JOSE 29053A00900037 9 37
HERRERO GARCIA MIGUEL ANGEL 46640886Z 29053A01000043 10 43
JIMENEZ PADILLA FRANCISCO 24886340H 29053A00700219 7 219
LORENZO LOMAS DULCE 74808575V 29053A01000110 10 110
MARTIN GARCIA ANTONIO 24964703C 29053A01000034 10 34
29053A00900039 9 39
MARTIN LOMAS FRANCISCO 24972075D 29053A01000108 10 108
PENSA SIMONE X4494925N 29053A00900014 9 14
POZO MUÑOZ BIRGIT X8247122N 29053A00900260 9 260
POZO MUÑOZ MANUEL 01400008K 29053A00900260 9 260
PULIDO GARCIA MANUEL 25019759Z 29053A00900040 9 40
TRIVIÑO FERNANDEZ DOLORES 08762606C 29053A01000166 10 166
VAZQUEZ MARTIN CESAR 15399731N 29053A00900033 9 33
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