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Al amparo del artículo 14 de la Orden de 22 de febrero de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de voluntariado a entidades sin ánimo de lucro y universidades públicas andaluzas, y se efectúa su convocatoria para el año 2010, se hace público que:
Primero. Mediante resoluciones de 14 y 20 de octubre de 2010, la Dirección General de Voluntariado y Participación ha resuelto el procedimiento de concesión de subvenciones, en su convocatoria para el ejercicio 2010, relativo a la Línea 1: Formación y promoción, sensibilización e investigación sobre voluntariado, la Línea 2: Equipamiento informático y mobiliario y la Línea 3: Creación y/o gestión de centros de recursos para el voluntariado y las asociaciones.
Segundo. El contenido íntegro de la resolución está expuesto, durante 30 días naturales, en el tablón web de la Consejería de Gobernación y Justicia: www.juntadeandalucia.es/ gobernacionyjusticia.
Tercero. Contra dichas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. En ambos casos, el plazo se computará desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 11 de noviembre de 2010.- La Directoral, Rosario Ayala Valiente.
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