Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 05/02/2010

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Empresas Públicas

ANUNCIO de 12 de enero de 2010, de la Gerencia Provincial de Cádiz de la Empresa Publica de Suelo de Andalucía, por el que se notifica propuesta de Resolución en expediente de desahucio administrativo DAD-CA-2009-0019.

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Intentada sin efecto en dos ocasiones la notificación personal en la vivienda social procede la notificación de esta Resolución a través de Edictos.

Mediante el presente anuncio, de conformidad con lo establecido en el art. 59, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se comunica que se ha abierto expediente de desahucio administrativo contra M.ª Dolores Cala Rivera, DAD-CA-2009-0019, sobre la vivienda perteneciente al grupo CA-0998, finca 3190, sita en Avda. Guadalete, 153, 11659 Puerto Serrano (Cádiz), y dictado propuesta de Resolución de 10 de diciembre de 2009 donde se le imputa la causa de desahucio conforme a la normativa VPO vigente en nuestra Comunidad:

1. La falta de pago de las rentas pactadas en el contrato de arrendamiento o de las cantidades a que esté obligada la persona adjudicataria en el acceso diferido a la propiedad, así como de las cantidades que sean exigibles por servicios, gastos comunes o cualesquiera otras establecidas en la legislación vigente. Causa de desahucio administrativo prevista en el artículo 15, apartado 2, letra a) de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo. En cuanto no se oponga a lo regulado en la citada ley, resulta de aplicación el derecho supletorio estatal VPO; el art. 138 del Decreto 2114/1968, de 24 de julio, y el artículo 30 del RD 2960/1976, de 12 de noviembre.

El inquilino adeuda en la actualidad a esta Empresa la cantidad de 3.322,14 euros en concepto de recibos de renta mensuales, vencidos y no satisfechos.

Se le advierte que de no hacer efectiva la deuda en el plazo que a continuación se señala, se le impondrá un Recargo de un 10% de la deuda, conforme al artículo 16, apartado 2, de la Ley 13/2005, se declarará resuelto el contrato y procedente el desahucio.

2. No destinar la vivienda a domicilio habitual y permanente sin haber obtenido la preceptiva autorización administrativa, causa de desahucio administrativo prevista en el artículo 15, apartado 2, letra c) de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo. En cuanto no se oponga a lo regulado en la citada Ley, resulta de aplicación el derecho supletorio estatal VPO; el art. 138 de Decreto 2114/1968, de 24 de julio, y el artículo 30 del RD 2960/1976, de 12 de noviembre. El procedimiento está previsto en el artículo 16, apartado 3, de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre y supletoriamente en el artículo 142 del Decreto 2114/1968, de 24 de julio.

Por el presente anuncio se le otorgan 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, con objeto de que pueda formular alegaciones, proponer pruebas y consultar el expediente administrativo. Una vez transcurrido dicho plazo, se seguirá el trámite legal.

La propuesta de Resolución, se encuentra a disposición del interesado en la Oficina de Gestión del Parque Público de Viviendas de EPSA, sita en Avda. de Andalucía, 24, Local, 11008, Cádiz, así como la totalidad del expediente administrativo.

Matricula: CA-0998.

Finca: 3190.

Municipio (Provincia): Puerto Serrano.

Dirección vivienda: Avda. Guadalete, 153.

Apellidos y nombre del adjudicatario u ocupante: Cala Rivera M. Dolores.

Cádiz, 12 de enero de 2010.- El Instructor, José Díaz López; la Secretaria, Clara Grosso Goenechea.

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