Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 21/12/2010

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia

Decreto 437/2010, de 7 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 329/2010, de 13 de julio, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias de Grado, Máster y Doctorado, se actualiza el Catálogo de Enseñanzas Universitarias conducentes a la expedición por las Universidades Públicas de Andalucía de títulos oficiales, así como la estructura de los centros que las imparten y se fijan los precios públicos y tasas a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios para el curso 2010/2011.

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Por Decreto 329/2010, de 13 de julio, se autorizó a las Universidades Públicas de Andalucía a impartir enseñanzas universitarias oficiales conducentes a la obtención de títulos oficiales de Grado, Máster y Doctorado, se actualizó el Catálogo de Enseñanzas Universitarias conducentes a la expedición por las Universidades Públicas de Andalucía de títulos oficiales, así como la estructura de los centros que las imparten y se fijaron los precios públicos y tasas a satisfacer por la prestación de servicios académicos y administrativos universitarios para el curso 2010/2011.

Por su parte, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales en España.

Por otro lado, las Universidades de Granada, Málaga y Sevilla solicitaron autorización para impartir tres másteres, denominados respectivamente Psicología de la Salud, Evaluación y Tratamiento Psicológico, Investigación y Tratamientos en Psicología de la Salud, e Intervención Psicológica en Contextos Clínicos y de la Salud. Tales solicitudes obtuvieron la aprobación del Consejo Andaluz de Universidades, y las correspondientes memorias fueron verificadas positivamente por el Consejo de Universidades, previo informe favorable por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación así como de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria.

Sin embargo, tanto las denominaciones como determinadas atribuciones competenciales que las memorias establecían, podían inducir a confusión con la especialidad de Psicología Clínica o sobre sus efectos laborales, por lo que los tres másteres citados fueron retirados tanto del Acuerdo previo del Consejo de Gobierno andaluz, como del citado Decreto 329/2010, de 13 de julio.

A la vista de lo anterior, las Universidades de Granada, Málaga y Sevilla, proceden a modificar las memorias de implantación, de modo que se subsanen las dificultades señaladas, y se eliminen los motivos que pudieran dar lugar a confusión con la citada especialidad de Psicología Clínica, y en particular aquellas orientadas a una eventual especialización profesional.

Por lo expuesto, se requiere modificar el citado Decreto 329/2010.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Go­bierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deli­beración del Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de diciembre de 2010,

DISPONGO

Artículo único. Modificación del Decreto 329/2010, de 13 de julio.

Se modifica el Decreto 329/2010, de 13 de julio, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas universitarias de Grado, Máster y Doctorado, se actualiza el catálogo de enseñanzas universitarias conducentes a la expedición por las Universidades Públicas de Andalucía de títulos oficiales, así como la estructura de los centros que las imparten y se fijan los precios públicos y tasas a satisfa­cer por la prestación de servicios académicos y adminis­trativos universitarios para el curso 2010/2011, en los siguientes términos:

Se añaden al punto tercero del Anexo I las Enseñanzas, que se anexan, conducentes a la obtención de los títulos universitarios oficiales de Máster.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este Decreto.

Disposición final primera. Desarrollo.

Se habilita al Consejero de Economía, Innovación y Ciencia a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desa­rrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de diciembre de 2010

José Antonio Griñán Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

Antonio Ávila Cano

Consejero de Economía, Innovación y Ciencia

ANEXO I
CATÁLOGO DE ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS CONDUCENTES A LA EXPEDICIÓN POR LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE ANDALUCÍA DE TÍTULOS OFICIALES, Y ESTRUCTURA DE CENTROS QUE LAS IMPARTEN (CURSO 2010/2011)
3. Enseñanzas conducentes a la obtención de los correspondientes títulos universitarios oficiales de Máster (los másteres marcados con un asterisco son interuniversitarios. La expedición del título se hará en función del convenio).
Universidad de Granada
MÁSTERES
Denominación del Título Centro u Organismo
Responsable de la Gestión
Psicología de la Salud Escuela de Posgrado
Universidad de Málaga
MÁSTERES
Denominación del Título Centro u Organismo
Responsable de la Gestión
Psicología de la Salud Facultad de Psicología
Universidad de Sevilla
MÁSTERES
Denominación del Título Centro u Organismo
Responsable de la Gestión
Psicología de la Salud Facultad de Psicología
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