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Examinado el expediente incoado a instancia de don Germán Moreno López, representante de «Orden Hospitalaria de San Juan de Dios», entidad titular del centro docente privado de educación especial «San Juan de Dios-Nuestro Padre Jesús del Gran Poder», con domicilio en Carretera Sevilla-Málaga, km 14,5, de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), en solicitud de modificación de la autorización administrativa de funcionamiento del mencionado centro por reforma integral del mismo, para 15 unidades de educación básica especial y 12 unidades de programas de formación para la transición a la vida adulta.
Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla.
Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del correspondiente Servicio de Inspección de Educación de la citada Delegación Provincial y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos de la Consejería de Educación en dicha provincia.
Resultando que el mencionado centro, con código 41000211, tiene autorización administrativa para impartir educación básica especial y programas de formación para la transición a la vida adulta.
Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE de 12 de marzo); la Orden Ministerial de 26 de marzo de 1981, por la que se aprueban los programas de necesidades para la redacción de los proyectos de construcción y adaptación de centros de educación especial (BOE de 6 de abril); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio); y demás disposiciones aplicables.
Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder la modificación de la autorización administrativa de funcionamiento al centro docente privado de educación especial «San Juan de Dios-Nuestro Padre Jesús del Gran Poder» por reforma integral del mismo, quedando con la configuración definitiva que se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro docente privado de educación especial.
Denominación específica: San Juan de Dios-Nuestro Padre Jesús del Gran Poder.
Código de centro: 41000211.
Domicilio: Carretera Sevilla-Málaga, km 14,5.
Localidad: Alcalá de Guadaíra.
Municipio: Alcalá de Guadaíra.
Provincia: Sevilla.
Titular: Orden Hospitalaria de San Juan de Dios.
Composición resultante: 15 unidades de educación básica especial para 180 puestos escolares y 12 unidades de programas de formación para la transición a la vida adulta para 144 puestos escolares.
Segundo. El personal que atienda las unidades autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece la normativa vigente.
Tercero. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.
Cuarto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 22 de noviembre de 2010
Francisco José Álvarez de la Chica
Consejero de Educación
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