Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 21/12/2010

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Ayuntamientos

Anuncio de 7 de diciembre de 2010, del Ayuntamiento de Peligros, de bases para la selección de plazas de Administrativos, promoción interna.

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Por Resolución de la Alcaldía-Presidencia, de fecha 3 de diciembre de 2010, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir dos plazas de Administrativos para este Ayuntamiento de Peligros, por promoción interna mediante concurso-oposición, cuyo contenido literal es el siguiente:

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA, PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD, POR CONSCURSO-OPOSICIÓN, DE DOS PLAZAS DE ADMINISTRATIVOS, ESCALA DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, SUBESCALA ADMINISTRATIVA, MEDIANTE TURNO RESTRINGIDO DE PROMOCIÓN INTERNA.

Primero. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de las 2 plazas que se incluyen en la Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del año 2010, aprobada por Resolución de la Alcaldía de fecha 6 de agosto de 2010, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada núm. 156, de fecha 17 de agosto de 2010, cuyas características son:

Grupo C.

Subgrupo 1.

Clasificación: Escala de Administración General.

Subescala: Administrativa.

Número de vacantes: 2.

Denominación: Administrativos.

El sistema electivo es de concurso-oposición.

Segundo. Condiciones de admisión de aspirantes.

Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario:

a) Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Peligros, perteneciendo a la Escala de Administración General, Subescala: Auxiliar y Grupo de Clasificación «C2», del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del Empleado Público.

b) Tener una antigüedad de, al menos, dos años en la Escala de Administración General, Subescala: Auxiliar, el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, según lo dispuesto en el artículo 18.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con el artículo 76 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Bachiller, o equivalente.

e) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad fijada para la jubilación forzosa.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

g) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función pública.

h) No estar incurso en causa de incapacidad de las establecidas en la normativa vigente de Función pública.

Tercero. Forma y plazo de presentación de instancias.

Las solicitudes, requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de selección, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Peligros, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial del la Provincia de Granada, en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma y en el tablón de edictos de este Ayuntamiento de Peligros.

La solicitud deberá ir acompañada por:

1. Fotocopia del DNI o, en su caso, Pasaporte.

2. Fotocopia compulsada del título que permite el acceso al Grupo C1 (artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público).

3. Justificante del pago de derecho de examen, que asciende a la cantidad de 23,95 euros, y que deberá ingresarse en la cuenta municipal núm. 2031.0146.06.0100050043.

4. Listado ordenado de méritos a tener en cuenta a la fase de concurso y méritos y circunstancias alegadas que deban ser valoradas (fotocopia compulsada).

Cuarto. Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web municipal, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.

En dicha Resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio y fecha máxima para la presentación de la memoria.

Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en la página web Municipal: www.ayuntamientopeligros.es.

Quinto. Tribunal Calificador.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El Tribunal Calificador estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Un funcionario de carrera designado por la Alcaldía.

Secretario: El de la Corporación, o funcionario de carrera en quien delegue, que actuará con voz y voto.

Vocales: Tres funcionarios de carrera de igual o superior categoría a las plazas convocadas, designados por la Alcaldía.

A todos y cada uno de los miembros del Tribunal se les asignará un suplente, y su composición se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que daba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría.

Sexto. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos.

6.1. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

6.2. Previamente a la fase de oposición se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.

6.3. El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio, para valorar los méritos y servicios de la fase de concurso. El escrito resultado de ésta ha de contener para cada aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso, con indicación, además, de la puntuación por méritos profesionales, cursos, seminarios, congresos y jornadas, no debiendo, en ningún caso, sobrepasar los límites que se expresan en el apartado de la base 6.10 «aplicación del concurso» Dicho escrito ha de publicarse en el tablón de anuncios de la Corporación con al menos una antelación de 48 horas a la realización del primer ejercicio.

6.4. La realización del primer ejercicio y fecha máxima para presentación de la memoria, se publicará en el BOP, conjuntamente con la relación de los aspirantes admitidos.

6.5. La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos ejercicios se anunciará con una antelación mínima de 48 horas, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Por tanto, no será obligatoria su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

6.6. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

En la realización de las pruebas en que tengan que actuar individualmente los aspirantes, se comenzará por el primer opositor cuyo primer apellido, según la lista de admitidos ordenada alfabéticamente, y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 26 de enero de 2010, de la Secretaría de Estado para la Función Pública, comience con la letra «J».

6.7. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

6.8. Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.

6.9. Valoración de méritos:

FASE DE CONCURSO

Méritos profesionales:

- Por cada mes completo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Peligros (Granada) como funcionario de carrera en la Subescala Auxiliar, de Administración General: 0,045 puntos.

Cursos y seminarios, congresos y jornadas.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta.

Por la participación como asistente:

De 0 a 25 horas: 0,10 puntos.

De 26 a 60 horas: 0,20 puntos.

De 61 a 100 horas: 0,30 puntos.

De más de 100 horas: 0,40 puntos.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.

6.10. Aplicación del concurso.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

El número máximo de puntos que se otorguen en la fase de concurso será el siguiente:

- Méritos profesionales: 6 puntos.

- Cursos, seminarios, congresos y jornadas: 2 puntos.

Las puntuaciones totales otorgadas a los aspirantes en concepto de valoración de méritos serán hechas públicas en el tablón de edictos de la Corporación, con anterioridad a la publicación de las calificaciones del primer ejercicio de la fase de oposición.

FASE OPOSICIÓN

6.11. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, todos ellos eliminatorios y obligatorios para todos los aspirantes:

Primer ejercicio: Consistirá en la presentación de una memoria cuya temática versará sobre el contenido de las funciones a desempeñar por el puesto al que se oposita en relación con los temas contenidos en el Anexo I de esta convocatoria. La Memoria se presentará escrita a ordenador (Arial 12), a doble espacio y por una sola cara, no pudiendo exceder de 50 folios. Esta será presentada por duplicado ejemplar en el Registro General del Ayuntamiento de Peligros en el plazo máximo que se indique en el BOP. La falta de presentación de la Memoria por parte de un aspirante en dicho plazo improrrogable, supondrá la automática eliminación de este proceso selectivo.

Los aspirantes serán convocados por el Tribunal mediante anuncio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web, para la exposición de la mencionada memoria. El Tribunal formulará exclusivamente preguntas, sobre el tema o temas desarrollado por los aspirantes en la Memoria, durante un periodo máximo de 60 minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestación de un cuestionario de un máximo de 100 preguntas tipo test con tres respuestas alternativas, siendo una la respuesta correcta. Dicho ejercicio que versará sobre las materias contenidas dentro del Anexo I.

6.12. La puntuación máxima que se podrá otorgar para cada ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.

6.13. El cómputo de la puntuación de cada ejercicio se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal.

6.14. La puntuación total de la fase de oposición será el resultado de la media aritmética obtenida con la suma de las dos notas de los ejercicios en los que se desglosa esta fase.

6.15. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición y de la del concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición, si persistiera el empate se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio, y si continuase el empate, a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio.

Séptimo. Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramiento.

Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de edictos del Ayuntamiento, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas. Dicha relación se elevará a la Presidenta de la Corporación, que la publicará, una vez realizado el nombramiento, en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada.

Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde la publicación de la lista definitiva de aprobados en el tablón de edictos del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación de la Administración u Organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

La resolución de nombramiento será adoptada por la Alcaldía a favor de los aspirantes propuestos por el Tribunal, quienes deberán tomar posesión dentro del plazo que se establezca de acuerdo con lo establecido en el artículo 62 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del Empleado Público.

El plazo para tomar posesión será de 30 días naturales a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución. De no tomarse posesión en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida

Octavo. Incidencias.

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Granada, a partir del día siguiente al de la publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo).

En lo no previsto en las bases, será de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de Medidas par la Reforma de la Función Pública el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Anexo I

Tema 1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales.

Tema 2. La Organización territorial del Estado en la Constitución. La Administración Local. Las comunidades autónomas. Especial referencia a la Comunidad de Andalucía: origen, características, instituciones de gobierno.

Tema 3. El Tribunal Constitucional: organización y recursos. Componentes, materias y procedimientos de los recursos ante el Tribunal

Tema 4. La Ley. Concepto y caracteres. Las Leyes estatales. Leyes Ordinarias y Orgánicas. Normas del Gobierno con fuerza de Ley. Los tratados internacionales como normas del derecho interno.

Tema 5. Competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Clases. En especial las relativas a la Administración Local.

Tema 6. El municipio: concepto y elementos. Competencias.

Tema 7. Organización municipal. El alcalde. Los concejales. El Ayuntamiento en Pleno. Junta de Gobierno Local. Los tenientes de alcalde. Órganos complementarios. Especial referencia a los municipios de gran población.

Tema 8. El régimen electoral aplicable a las Corporaciones Locales. Padrón de Habitantes.

Tema 9. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ámbito de aplicación. Objeto de la Ley. Principios generales. Estructura.

Tema 10. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tema 11. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez. La notificación. Nulidad y anulabilidad. La ejecución. Revisión de oficio.

Tema 12. El Procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y finalización.

Tema 13. Los interesados en el procedimiento administrativo. Términos y plazos.

Tema 14. Presupuesto de las Entidades Locales. Principios. Procesos de aprobación del presupuesto local. Especial referencia a las bases de ejecución del Presupuesto. La prórroga presupuestaria.

Tema 15. Tributos: Normas generales, imposición y ordenación de los tributos locales. Tasas. Hechos imponibles, sujetos pasivos, cuantía y devengo. Contribuciones especiales: Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible, cuota y devengo, imposición y ordenación, colaboración ciudadana. Los Precios públicos.

Tema 16. Las Ordenanzas Fiscales, tramitación, contenido y entrada en vigor.

Tema 17. Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Naturaleza y hecho imponible. El impuesto sobre actividades económicas (IAE): Naturaleza y hecho imponible. Supuestos de no sujeción.

Tema 18. El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM). Naturaleza. Hecho imponible. Supuestos de no sujeción. Las exenciones. Sujetos pasivos. Cuotas. Periodo impositivo y devengo. La gestión.

Tema 19. Impuestos sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Naturaleza y hecho imponible. ICIO: Los sujetos pasivos. Base imponible. Cuota. Devengo. Gestión.

Tema 20. El Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana. Naturaleza. Hecho imponible. Supuestos de no sujeción.

Tema 21. Los Contratos de las Administraciones Públicas. De las actuaciones relativas a la contratación. Revisión de precios. De la extinción de los contratos. La Cesión de los contratos y de la subcontratación.

Tema 22. El contrato de obras. El contrato de gestión de servicio público. El contrato de suministro. El contrato de Servicios. El contrato de concesión de obra pública.

Tema 23. Los bienes de las entidades locales. Clases de bienes. Patrimonio de las Entidades Locales. Prerrogativas respecto a sus bienes. Tráfico jurídico de las Entidades Locales. Prerrogativas de la Administración.

Tema 24. El personal al servicio de la Administración local. Clases. Derechos y obligaciones. Sistema de retribuciones. Régimen Disciplinario.

Tema 25. Selección de personal permanente y no permanente al servicio de las Entidades Locales. Las situaciones administrativas de los funcionarios públicos.

Tema 26. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Corporaciones Locales. Incompatibilidad, responsabilidad.

Tema 27. Las formas de actividad de las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada.

Tema 28. Las licencias. Naturaleza jurídica. Régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento. El condicionamiento de las licencias.

Tema 29. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión.

Tema 30. Las empresas municipales. Los consorcios.

Anexo II

D. ..........................................................................................,

con DNI núm. .................., y domicilio a efectos de notificación .......................................................................................................,

EXPONE

Primero. Que vista la convocatoria por el sistema de concurso-oposición anunciada en el Boletín Oficial del Estado núm. ........, de fecha ................, en relación con la convocatoria de las siguientes plazas:

Grupo: C1.

Clasificación: Escala de Administración General.

Subescala: Administrativa.

Número de vacantes: 2.

Denominación: Administrativo.

Segundo. Que cree reunir todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia.

Tercero. Que declara conocer las bases generales de la convocatoria relativas a las pruebas de selección de Administrativo.

Cuarto. Que adjunto el justificante de pago de los derechos de examen.

Quinto. Adjunto los siguientes documentos acreditativos de los méritos:

- ..............................................................................................

- ..............................................................................................

- ..............................................................................................

Por todo ello,

SOLICITO

Que se admita mi solicitud para las pruebas de selección de personal referenciada.

En ..........................., a ...... de ................... de 20....

El Solicitante.

Fdo: ...............................

Contra las presentes bases, se puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldesa de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Peligros, 7 de diciembre de 2010.- La Alcaldesa, Rosa Ruiz Huertas.

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