Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 08/02/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Resolución de 10 de noviembre de 2009, por la que se declaran como minerales las aguas procedentes del sondeo número 77, sito en el Paraje Raja de la Vieja, en el término municipal de Casarabonela, en la provincia de Málaga. (PP. 3614/2009).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Visto el expediente incoado por la Delegación Provincial de esta Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Málaga, que tiene por objeto la prosecución de los trámites para la declaración como mineral del agua procedente del sondeo número 77, sito en el paraje Raja de la Vieja, en el término municipal de Casarabonela, provincia de Málaga, sondeo cuyas coordenadas UTM son X=335.788 e Y=4.074.236, para su posterior aprovechamiento como agua de bebida envasada.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El presente expediente fue incoado por doña Antonia Rodríguez Sánchez, en nombre y representación de la empresa «Agua Mineral Sierra Aguas, S.L.», quien solicitó, con fecha 18 de agosto de 2005, la declaración como mineral para las aguas del sondeo arriba reseñado.

Segundo. Con fecha 14 de febrero de 2007, la Delegación Provincial de esta Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Málaga eleva el expediente para su prosecución, con su propuesta favorable.

Tercero. Por el Servicio de Minas de la Dirección General de Industria, Energía y Minas se requieren sucesivas subsanaciones de la documentación del expediente, que culminan con el informe emitido por la Delegación Provincial de esta Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Málaga, con fecha 13 de junio de 2009.

Cuarto. De la documentación anterior se deduce que, en el momento actual, existe una instalación para la explotación, como potable, del agua del sondeo que nos ocupa; para la cual cuenta con una autorización de aprovechamiento de la antigua Confederación Hidrográfica del Sur, hoy Agencia Andaluza del Agua, de 19 de marzo de 1999, inscrita con el número de aprovechamiento 996, de la Sección 1, del Registro de Aguas de la Comisaría de Aguas de Málaga. El volumen máximo anual autorizado para la explotación es de 63.072 m3.

Quinto. El Servicio de Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Agencia Andaluza del Agua en Málaga, a requerimiento de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, informa con fecha 17 de septiembre de 2009 que no existe inconveniente para el cambio de ámbito jurisdiccional que supone la declaración de esta agua como mineral, siempre que no se conceda un volumen de explotación superior al actual.

Sexto. El Instituto Geológico y Minero de España, en informe reglamentario que obra en el expediente, con fecha 28 de noviembre de 2006, considera que las aguas bajo consideración cumplen las condiciones necesarias para ser declaradas como minerales, de acuerdo con los requisitos exigidos por el Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa es competente para emitir la presente resolución, a tenor de lo dispuesto en el artículo 24.2 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y 39.2 del Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería, en relación con el artículo 26.2.m) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 3/2009, de 23 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, en el que se establecen las competencias que corresponden a la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Segundo. Se reúnen los requisitos necesarios establecidos en los artículos 24 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, y 39 del Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, para dictar resolución en el presente procedimiento.

Y en consecuencia,

RESUELVE

Declarar como minerales las aguas procedentes del sondeo número 77, sito en el paraje Raja de la Vieja, en el término municipal de Casarabonela, provincia de Málaga, sondeo cuyas coordenadas UTM son X=335.788 e Y=4.074.236, para su posterior aprovechamiento como agua de bebida envasada, pudiendo el interesado solicitar la correspondiente autorización de explotación dentro del plazo de un año a partir de la comunicación de esta resolución, limitándose el futuro volumen de explotación a 63.072 m3 anuales.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante esta Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo, a elección del recurrente, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, o ante la de la circunscripción donde aquel tenga su domicilio, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, contados ambos desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 10 de noviembre de 2009

Martín Soler Márquez

Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa

Descargar PDF