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Por Resolución de Alcaldía núm. 107, de fecha 3 de febrero de 2010, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir una plaza de arquitecto técnico del personal laboral fijo, del municipio de Gelves, mediante concurso libre.
Se reproducen a continuación las bases reguladoras que regirán dicha convocatoria:
«BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR UNA PLAZA DE PERSONAL LABORAL FIJO, DENOMINACIÓN ARQUITECTO TÉCNICO, EN EL AYUNTAMIENTO DE GELVES (SEVILLA), MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO LIBRE
1. Objeto de la convocatoria.
1.1. Se convoca para su cobertura mediante nombramiento como personal laboral fijo una plaza de personal laboral que figura en el anexo, vacante en la plantilla de personal laboral fijo de este Ayuntamiento, encontrándose dotada con los haberes correspondientes al Grupo A2 que corresponden, fijadas de acuerdo con la legislación vigente.
El aspirante que obtenga la plaza tras el proceso de selección, quedará sometido al sistema de incompatibilidades legalmente vigente en cada momento.
1.2. La presente convocatoria se regirá por lo previsto en las presentes bases y su Anexo correspondientes y en su defecto por lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, y en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
La Ley 7/2007, de 12 de abril, en su artículo 61.7.º establece que “Los sistemas selectivos de personal laboral fijo serán los de oposición, concurso-oposición, con las características establecidas en el apartado anterior, o concurso de valoración de méritos”.
La realización del proceso selectivo se ajustará al sistema de concurso de valoración de méritos, con garantía, en todo caso, de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
1.3. Con tal finalidad, el Excmo. Ayuntamiento de Gelves convoca proceso selectivo para cubrir la plaza vacante existente en la Plantilla de Personal de esta Corporación para dar cumplimiento al mandato legal.
2. Requisitos de los aspirantes.
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión del titulo académico que en el anexo se expresa para la plaza o estar en condición de obtenerlo en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
f) Aquéllos que, independientemente de los anteriores, se establecieren en los anexos correspondientes de esta convocatoria.
3. Presentación de instancias y documentos.
Quienes deseen tomar parte en la convocatoria, deberán presentar sus solicitudes (ajustadas al modelo que se incorpora como Anexo II a las presentes bases), dirigidas al Sr. Alcalde, en el Registro General de este Excmo. Ayuntamiento, o por los medios previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente de la publicación de la convocatoria y bases de selección en el BOE.
La solicitud deberá ir acompañada por:
- Fotocopia compulsada del DNI o, en su caso, pasaporte.
- Justificante del pago de derecho de examen, que asciende a la cantidad de 72,80 euros, y que deberá ingresarse en la cuenta municipal número C.C.: 3187 0117 53 1091932325.
- Documentación acreditativa de los méritos que se aleguen para el concurso.
- Informe médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le impida el desarrollo de sus funciones.
- Fotocopia compulsada del título exigido en el anexo de la presente convocatoria.
- Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
- Declaración jurada de que no va a desempeñar actividad privada sujeta a reconocimiento de compatibilidad.
Los aspirantes manifestarán en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda, acompañadas de la documentación acreditativa de los méritos que aleguen conforme a lo dispuesto en la base sexta.
No se tendrán en cuenta los presentados y obtenidos una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
4. Lista de admitidos y excluidos.
Expirado el plazo de presentación de instancias, el señor Alcalde, en el plazo máximo de 10 días, dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos que se hará pública exponiéndose además en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, concediéndose a los aspirantes un plazo de subsanación de 10 días hábiles a partir de la publicación en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, y determinando igualmente dicha Resolución, lugar, hora y fecha de comienzo de los ejercicios. Los errores materiales y de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Las siguientes publicaciones y llamamientos se realizarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
5. Tribunal Calificador.
El número de miembros del Tribunal será de cinco, más el Secretario, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes. La totalidad de los Vocales deberá poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el Cuerpo o Escala de que se trate.
De conformidad con el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal estará integrado por los siguientes miembros:
- Presidente: Don Miguel Ángel Castilla Ibáñez, funcionario de Administración Local con habilitación estatal, Suplente: Funcionario de Administración Local con habilitación estatal del Excmo. Ayuntamiento de Palomares del Río ( Sevilla).
Vocales:
- Cuatro técnicos de este Ayuntamiento, designados por la Alcaldía.
• Doña M.ª Margarita Morato López, Técnico en el Departamento de Secretaría.
• Don. Manuel Martín Márquez, Técnico en el Departamento de Personal.
• Doña Amparo Vivero Rodríguez, Técnico en el Departamento de Intervención.
• Doña M.ª Antonia Castro Alfaro, Técnico en Asuntos Sociales.
- Secretaria: Doña Beatriz Peinado García, funcionaria de Administración Local con habilitación estatal. Suplente: Don Antonio Camacho Chaves, funcionario Jefe de la Policía Local.
Los Suplentes de los vocales del Tribunal:
• Doña Mariló Artiles González, Técnico en el Departamento de Secretaría.
• Doña M.ª Carmen González García, Técnico en el Centro Municipal de Información a la Mujer.
• Doña Mercedes Rangel Torres, Coordinadora del Centro de Asuntos Sociales.
• Doña Alejandra Rodríguez Fernández, Trabajadora Social.
La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes y se publicará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en los arts. 28 y 29 de la Ley 30/92.
Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal, por mayoría.
El Tribunal adaptará el tiempo y los medios precisos para que los aspirantes minusválidos, que así lo hayan solicitado, dispongan de igualdad de oportunidades respecto a los demás aspirantes.
El Tribunal queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de la convocatoria.
6. Proceso selectivo.
6.1. El sistema de selección de la plaza convocada será por concurso de valoración de méritos.
6.2. La selección del aspirante se realizará mediante concurso de méritos, de acuerdo con el baremo que a continuación se expresa:
A) Experiencia profesional: La experiencia se valorará 2 puntos por cada 5 años de experiencia en el desempeño o prestación de servicios por cuenta ajena o propia, de las funciones propias de la plaza objeto de la convocatoria, y hasta un máximo de 15 puntos.
Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.
B) Antigüedad:
- Por cada mes completo de servicios prestados en régimen funcionarial o laboral en las Administraciones Locales, Organismos Autónomos, Consorcios, Patronatos y empresas con más del 50% del capital de titularidad local, o en otras Administraciones Públicas, en puestos de trabajo de igual categoría y/o cualificación: 0,20 puntos, con un máximo de 2 puntos.
- Por servicios prestados como profesional Libre, como Arquitecto técnico, en las distintas Administraciones Públicas: 0,20 puntos por cada proyecto o dirección de obra realizados con un máximo de 2 puntos.
La puntuación máxima por este apartado B) será de 4 puntos.
C) Cursos y seminarios: Por la participación en Cursos, Seminarios, Master, Becas, Congresos y Jornadas, siempre que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza objeto de convocatoria, hasta un máximo de 3 puntos en la forma siguiente:
Asistencia | Impartido | ||||
Duración | Oficial (1) | No oficial (2) | Oficial | No oficial | |
Hasta 20 horas | 0,25 | 0,125 | 0,125 | 0,0475 | |
De 21 a 40 horas | 0,75 | 0,20 | 0,25 | 0,095 | |
De 41 a 100 horas | 1 | 0,35 | 0,375 | 0,1425 | |
De 101 a 200 horas | 1,25 | 0,50 | 0,50 | 0,19 | |
De 201 a 300 horas | 1,50 | 0,75 | 0,75 | 0,285 | |
Más de 300 horas | 1,75 | 1,00 | 1,00 | 0,50 | |
(1) |
6.3. De conformidad con el artículo 61.5.º EBEP, la baremación del concurso se complementará con la realización de una entrevista curricular, en la que los aspirantes aclaren verbalmente los méritos alegados, así como su experiencia profesional desarrollada. La entrevista tendrá una puntuación máxima de 4 puntos.
6.4. La puntuación máxima del concurso será la siguiente:
- Experiencia profesional: 15 puntos.
- Antigüedad: 4 puntos.
- Cursos y seminarios: 3 puntos.
- Entrevista curricular (prueba complementaria): 4 puntos.
6.5. Acreditación de méritos: La acreditación de los méritos correspondientes a los diferentes apartados deberá hacerse mediante la presentación de la siguiente documentación:
- Experiencia profesional: Este mérito será aportado por el interesado acreditándose los servicios por cuenta ajena mediante Certificados de la empresa donde hubiera prestado sus servicios con referencias a las fechas de altas y bajas en los TC1 y TC2 de altas y bajas de la Seguridad Social.
Si se trata de trabajo realizado por cuenta propia, deberá acreditarlo mediante la presentación de altas y bajas en el seguro de Autónomos o en su defecto en el seguro colegial, debiendo asimismo presentarse Certificado del Tiempo de Colegiación expedido por el Colegio Oficial de Arquitectos Técnicos.
- Antigüedad: Certificación de la Administración donde se haya prestado servicios en la que conste naturaleza del vínculo, denominación del puesto, y tiempo de servicios prestados, sin que sean tenidos en cuenta cualesquiera otros servicios que no hayan sido prestados bajo relación de carácter funcionarial o laboral con las entidades o empresas públicas y o privadas o autónomamente para el caso del ejercicio libre de la profesión.
- Cursos y seminarios: Fotocopia compulsada de certificación, título o diploma expedido por el centro u organismo que impartió el curso, con indicación del número de horas de duración.
6.6. La calificación definitiva se obtendrá por la suma de puntuaciones de los apartados del concurso. Concluida la valoración de méritos, y realizada y valorada la prueba complementaria (entrevista curricular), el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la relación de aspirantes por orden de puntuación. Será seleccionado el aspirante que haya obtenido la mayor puntuación, sin que pueda superar el número de aprobados el de las plazas objeto de esta convocatoria. Se elevará dicha relación al Sr. Alcalde-Presidente para que formule la propuesta de nombramiento como personal laboral fijo.
7. Nombramiento y toma de posesión.
Se formalizará la contratación con el aspirante que obtenga mayor puntuación por haber superado el proceso selectivo.
De no firmarse el contrato, en el plazo requerido, sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza o puesto de trabajo mediante el correspondiente proceso selectivo regulado en estas bases.
8. Base final.
La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, a partir del día siguiente al de la publicación de su anuncio en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
ANEXO 1
Plaza: Arquitecto Técnico.
Número de Plazas: 1.
Titulación exigida: Arquitecto Técnico.
ANEXO 2
(Modelo de instancia)
Don ......................................................., con DNI número ......................................, y domicilio a efectos de notificación en ........................................................................,
expone
Primero. Que vista la convocatoria anunciada en el BOE núm. .........., de fecha ............., en relación con la convocatoria para una plaza de Arquitecto Técnico en régimen de personal laboral fijo, conforme a las bases que se publican en el BOP núm. .........., de fecha .............
Segundo. Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de la instancia.
Tercero. Que declara conocer, y acepta, las bases de la convocatoria relativas a las pruebas de selección de Arquitecto, personal laboral temporal de la plantilla municipal.
Cuarto. Que adjunta el justificante de pago de los derechos de examen.
Por todo ello,
solicita
Que se admita esta solicitud para las pruebas de selección de personal referenciada.
En .............................., a ......... de ....................... de 20.....
El solicitante,
Fdo.: ............................................»
Gelves, 4 de febrero de 2010.- El Alcalde, Miguel Lora Corento.
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