Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 23/02/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia

Acuerdo de 9 de febrero de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se declaran desiertas las concesiones de determinados programas para la gestión directa municipal del servicio público de televisión local por ondas terrestres en Andalucía.

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En ejecución de las previsiones del Decreto 1/2006, de 10 de enero, por el que se regula el régimen jurídico de las televisiones locales por ondas terrestres en Andalucía, el Consejo de Gobierno aprobó, por Acuerdo de 11 de abril de 2006, la convocatoria para el otorgamiento de concesiones para la gestión directa municipal del servicio público de televisión local por ondas terrestres en Andalucía.

El Anexo I del citado Acuerdo de 11 de abril de 2006 incorpora las Bases Generales reguladoras del procedimiento para la concesión de la gestión directa municipal de este servicio público. De acuerdo con las Bases 5, 7 y 8, la participación en el procedimiento requiere la presentación de la solicitud y documentación requerida dentro del plazo previsto en la convocatoria.

Con objeto de completar la documentación exigida, y de conformidad con la Base 10 de esta, se confiere trámite de subsanación y mejora de las solicitudes relacionadas en el Anexo, donde se puso de manifiesto a los interesados que su incumplimiento conllevaría tenerles por desistidos de su petición y por ende el archivo de las actuaciones.

Concluido el período concedido para subsanar las solicitudes y aportar la documentación requerida en cada caso, se ha constatado que ninguna de las entidades interesadas ha dado debido cumplimiento a los requerimientos realizados.

En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en las Bases 10 y 12 del citado Acuerdo del Consejo de Gobierno de 11 de abril de 2006, a propuesta del Consejero de la Presidencia, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 9 de febrero de 2010, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Tener por desistidos de las solicitudes formuladas a las Entidades Locales y agrupaciones de municipios relacionadas en el Anexo.

Segundo. Declarar desiertas las concesiones de los programas destinados para la gestión directa municipal del servicio público de televisión local por ondas terrestres en Andalucía en las demarcaciones que se indican en el Anexo.

Contra el presente Acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición con carácter potestativo ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses. Ambos plazos deberán computarse a partir del día siguiente al del recibo de la notificación, según lo previsto en los artículos 48.4, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 9 de febrero de 2010

José Antonio Griñán Martínez

Presidente de la Junta de Andalucía

Antonio Ávila Cano

Consejero de la Presidencia

A N E X O
PROVINCIA DEMARCACIÓN REF.
DEMARCA.
PROGRAMA Entidad solicitante Ayuntamientos que integran
la agrupación de municipios solicitante
CÁDIZ OLVERA TL06CA Ayuntamiento de Olvera Alcalá del Valle, Algodonales, Olvera, Setenil de las Bodegas
CÓRDOBA BAENA TL01CO Ayuntamiento de Baena Ayuntamiento de Baena
MONTILLA TL05CO Ayuntamiento de Montilla Castro del Río, Espejo, Fernán-Núñez, Montalbán de Córdoba, Montemayor, Montilla, La Rambla, Santaella
PALMA DEL RÍO TL06CO Ayuntamiento de Palma
del Río
Fuente Palmera, Palma del Río, Posadas
POZOBLANCO TL08CO Ayuntamiento de Pozoblanco Alcaracejos, Añora, Dos Torres, Pedroche, Pozoblanco, Villanueva de Córdoba
GRANADA BAZA TL02GR Mancomunidad de Municipios de la Comarca de Baza Baza, Benamaurel, Cúllar, Zújar, Cuevas del Campo
GRANADA TL03GR 2 Ayuntamiento de Albolote Albolote, Armilla, Atarfe, Cenes de la Vega, Cijuela, Cúllar Vega, Chauchina, Fuente Vaqueros, Láchar, Peligros, Pinos Puente, Santa Fé, La Zubia, Las Gabias, Vegas del Genil
HUESCAR TL05GR Ayuntamiento de Huéscar Castilléjar, Castril, Huéscar, Orce, Puebla de Don Fadrique
HUELVA HUELVA TL03H 2 Ayuntamiento de Palos de la Frontera Palos de la Frontera, Moguer, San Juan del Puerto, Trigueros
JAÉN ANDÚJAR TL02J Ayuntamiento de Andújar Andújar, Arjona, Arjonilla, Cazalilla, Espelúy, Lahiguera, Marmolejo, Porcuna, Santiago de Calatrava, Villanueva de la Reina
VILLACARRILLO TL07J Ayuntamiento de Villacarrillo Beas de Segura, Castellar, Iznatoraf, Santisteban del Puerto, Sorihuela del Guadalimar, Villacarrillo, Villanueva del Arzobispo
MÁLAGA RONDA TL08MA Ayuntamiento de Ronda Ronda
VÉLEZ-MÁLAGA TL09MA Ayuntamiento de Vélez-Málaga Almáchar, Macharaviaya, Moclinejo, Vélez-Málaga
SEVILLA LORA RÍO TL05SE Ayuntamiento de Lora del Río La Campana, Lora del Río, Peñaflor
MORÓN
FRONTERA
TL06SE Ayuntamiento de Marchena Arahal, Coripe, Marchena, Montellano, Morón de la Frontera, Osuna, Paradas, La Puebla de Cazalla
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