Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 23/02/2010

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Consejería de Empleo

Anuncio de 3 de febrero de 2010, de la Dirección General de Seguridad y Salud Laboral, por el que se ordena la publicación de la sanción impuesta a la empresa que se cita por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales.

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Resolución de 3 de febrero de 2010, del Consejero de Empleo, por la que se ordena la publicación de la sanción por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales a la empresa Construpant XXI, S.L.

El artículo 40.2 del Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, establece que las sanciones impuestas por infracciones muy graves, una vez firmes, se harán públicas en la forma que se determine reglamentariamente.

El Real Decreto 597/2007, de 4 de mayo, viene a desarrollar el mandato legal antes expresado, estableciendo las formalidades necesarias para la publicación de las sanciones impuestas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.

La Orden de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía de 7 de febrero de 2008, ejecuta y desarrolla determinados aspectos del citado Real Decreto, fundamentalmente en la determinación del órgano competente para ordenar que se hagan públicas las sanciones, a los medios de publicación de las mismas y a la habilitación del Registro Público en el que se inscribirán las sanciones impuestas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.

En virtud de los preceptos citados y conforme a la regulación contenida en el artículo 3.3 de la Orden de 7 de febrero de 2008, esta Dirección General de Seguridad y Salud Laboral

RESUELVE

Primero. Ordenar la publicación de la sanción impuesta en el Resolución de fecha 25 de noviembre de 2009, dictada por el Consejero de Empleo, acto administrativo que ha adquirido firmeza con fecha 27 de enero de 2010, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la inclusión de los datos siguientes:

Nombre o razón social de la empresa: Construpant XXI, S.L.

Sector de actividad/CNAE: Construcciones de edificios.

CIF: B21415658.

Domicilio social: Avda. Reyes Católicos, 45, 2.º A, Gibraleón (Huelva).

Preceptos legales de tipificación de la infracción cometida:

1. Constituye infracción a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE del 10, I.L. 6554), art. 14.2, así como el R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en la obras de construcción (BOE del 25, I.L. 4616), en su Anexo IV.C.3, en relación con el art. 11.b) de dicho reglamento. Tal infracción será tipificada en el R.D.L. 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba T.R. de la LISOS (BOE del 8, I.L. 3501), calificada como muy grave por su art. 13.10, apreciada en grado mínimo a tenor del art. 39.6 del citado texto.

Sanción impuesta: 40.986 euros.

2. Constituye infracción a lo dispuesto en el R.D.L 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba T.R. de la LISOS (BOE del 8), art 42.3, en relación con lo predescrito en el art. 24.3 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (BOE del 10), y el R.D. 171/2004, de 30 de enero, por el que se dearrolla el art. 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de Coordinación de actividades empresariales (BOE del 31), art. 10.4. Tal infracción se tipifica en el R.D.L. 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el T.R. de la LISOS (BOE del 8), calificada como muy grave por su art. 13.14, por modificación introducida por la Ley 54/2003, 12 de diciembre (BOE del 13, I.L. 6090), apreciada en grado mínimo a tenor de lo dispuesto en el art. 39.6 del citado texto legal.

Sanción impuesta: 40.986 euros.

Total sanción impuesta: 81.972,00 euros.

Fecha extensión acta de infracción: 17 de abril de 2008.

Fecha de firmeza de la sanción: 27 de enero de 2010.

Segundo. Acordar la incorporación de los datos señalados en el ordinal anterior al Registro de Sanciones impuestas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, adscrito a esta Dirección General, registro de carácter administrativo único para toda la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de consulta pública.

Los datos registrales correspondientes a la/s sancione/s impuesta/s se cancelarán a los cinco años a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de febrero de 2010.- La Directora General, Esther Azorit Jiménez.

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