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Por Orden de 20 de abril de 2009, de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la investigación en materia de información geográfica y se efectúa su convocatoria para el año 2009 (BOJA núm 90, de 13 de mayo de 2009).
Iniciado el procedimiento de concesión mediante la presentación de solicitudes y practicado el trámite de subsanación, se constituye la Comisión de Valoración y Selección prevista en el artículo 16 de la citada Orden que tras examinar los proyectos presentados en plazo y forma y evaluarlos de acuerdo con los criterios objetivos establecidos en el artículo 15, formula propuesta razonada sobre la concesión o denegación de las subvenciones solicitadas y su cuantía.
Concluida la instrucción del procedimiento, procede su resolución mediante orden de la persona titular de la Consejería de la Vivienda y Ordenación del Territorio de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la referida Orden.
Por lo expuesto, vista la propuesta formulada por la Comisión de Valoración y Selección , de conformidad con lo dispuesto en la referida Orden de 20 de abril de 2009 y demás normas de general aplicación, y en uso de las competencias que tengo atribuidas,
RESUELVO
Primero. Conceder subvenciones a los cuatro beneficiarios que se relacionan a continuación, de acuerdo con la propuesta formulada por la Comisión de Valoración y Selección en función de los criterios objetivos establecidos en el artículo 15 de la Orden de 20 de abril de 2009, viabilidad de los proyectos seleccionados y disponibilidad presupuestaria. Se recogen además, los conceptos objeto de la subvención y los importes y porcentajes concedidos a cada beneficiario.
1. Universidad Autónoma de Barcelona (Centro de Investigación Ecológica y Aplicación Forestal).
Concepto: Procedimiento automático de adquisición, interpolación y generación de mapas de abundancia y distribución de fauna y flora. Aplicación al sistema de cartografía de biodiversidad del Parque Nacional de Doñana.
Presupuesto: 76.880,00 euros.
Cuantía concedida: 57.660,00 euros.
Porcentaje concedido: 75%.
2. Universidad de Jaén.
Concepto: Desarrollo de un sistema para el tratamiento y análisis de información capturada por sensores aerotransportados láser (LIDAR). Proyecto LIDAR-Data.
Presupuesto: 26.010,00 euros.
Cuantía concedida: 20.808,00 euros.
Porcentaje concedido: 80%.
3. Universidad de Sevilla. Departamento de Biología Vegetal y Ecología.
Concepto: Métodos para cartografiar los procesos seculares: Cartografía de la dinámica ecológica a una escala temporal histórica.
Presupuesto: 78.800,00 euros.
Cuantía concedida: 55.160,00 euros.
Porcentaje concedido: 70%.
4. Sistemas Abiertos de Información Geográfica, S.L.
Concepto: Desarrollo del Proyecto Kosmo-Stereocaptor, para restitución orientada a objetivos sobre una geodatabase: Evaluación sobre 4 hojas del MTA 1:10.000.
Presupuesto: 108.700,00 euros.
Cuantía concedida: 76.090,00 euros.
Porcentaje concedido: 70%.
Segundo. Tener por desistidas las tres solicitudes siguientes, en base al artículo 14 de la orden de 20 de abril de 2009, por no haber subsanado la documentación requerida.
1. Gerencia Municipal de Polígonos Comerciales e Industriales Los Barrios.
Proyecto no presentado y presupuesto desconocido.
2. Federación de Empresarios del Campo de Gibraltar.
Proyecto no presentado y presupuesto desconocido.
3. DI&BE Andalucía Consulting, S.L.
Proyecto no presentado y presupuesto desconocido.
Tercero. Desestimar el resto de las solicitudes presentadas conforme a la propuesta formulada por la Comisión de Valoración y Selección en función de los criterios objetivos establecidos en el artículo 15 de la orden de 20 de abril de 2009 y de la disponibilidad presupuestaria.
Cuarto. El abono de las subvenciones se realizará en los pagos por anualidades que se recogen a continuación. El pago de la primera anualidad se tramitará una vez firmada la presente Orden de Concesión y el correspondiente a 2010, a la presentación por el beneficiario de un informe técnico del trabajo desarrollado, que requerirá la valoración positiva del mismo por la Comisión de Valoración y Selección y previa justificación de los gastos realizados. Este informe habrá de presentarse entre el 1 y el 31 de octubre de 2010. El importe definitivo de la subvención se liquidará aplicando el porcentaje de financiación establecido en la resolución de la concesión al coste de la actividad o inversión efectivamente realizada por el beneficiario o beneficiaria, conforme a la justificación presentada.
1. Universidad Autónoma de Barcelona (Centro de Investigación Ecológica y Aplicación Forestal).
Cuantía concedida: 57.660,00 euros.
Porcentaje concedido: 75%.
Aplicación presupuestaria: 15.00.01.00 441.02.43C.
Fecha límite de ejecución: 31/08/2010.
Anualidad 2009: 41.226,90 euros.
Anualidad 2010: 16.433,10 euros.
Justificación desde la finalización del trabajo: 2 meses.
2. Universidad de Jaén.
Cuantía concedida: 20.808,00 euros.
Porcentaje concedido: 80%.
Aplicación presupuestaria: 15.00.01.00 441.02.43C.
Fecha límite de ejecución: 31/08/2010.
Anualidad 2009: 14.877,72 euros.
Anualidad 2010: 5.930,28 euros.
Justificación desde la finalización del trabajo: 2 meses.
3. Universidad de Sevilla. Departamento de Biología Vegetal y Ecología.
Cuantía concedida: 55.160,00 euros.
Porcentaje concedido: 70%.
Aplicación presupuestaria: 15.00.01.00 441.02.43C.
Fecha límite de ejecución: 31/08/2010.
Anualidad 2009: 39.439,40 euros.
Anualidad 2010: 15.720,60 euros.
Justificación desde la finalización del trabajo: 2 meses.
4. Sistemas Abiertos de Información Geográfica, S.L.
Cuantía concedida: 76.090,00 euros.
Porcentaje concedido: 70%.
Aplicación presupuestaria: 15.00.01.00 475.01.43C.
Fecha límite de ejecución: 31/08/2010.
Anualidad 2009: 54.404,35 euros.
Anualidad 2010: 21.685,65 euros.
Justificación desde la finalización del trabajo: 2 meses.
Quinto. La justificación de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de la Orden reguladora de 20 de abril de 2009, ante el correspondiente órgano concedente en un plazo de dos meses a partir del término de ejecución de la actividad subvencionada, prevista para el 31 de agosto de 2010. El beneficiario o beneficiaria deberá acreditar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y los gastos totales de la actividad subvencionada, entendiendo por tales los que han sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación, aunque la cuantía de la subvención sea inferior aportando la documentación exigida en el apartado 3 del citado artículo 19.
Sexto. La ayuda propuesta al beneficiario «Sistemas Abiertos de Información Geográfica, S.L.», al tratarse de una empresa, tiene carácter de «mínimis», por lo que deberá estarse a lo dispuesto en el art. 18.6 de la Orden de 20 de abril de 2009.
A efectos del artículo 13.2.d) del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, no se imponen más condiciones a los beneficiarios que las derivadas del cumplimiento de los objetivos y plazos de los proyectos, así como de su justificación en tiempo y forma, incluyendo el informe técnico del trabajo desarrollado que el beneficiario deberá presentar entre el 1 y el 31 de octubre de 2010.
Séptimo. Las subvenciones a que se refiere la presente Orden, además de lo previsto por la misma, se regirán por lo establecido en la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, en la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por lo que dispongan las leyes anuales del Presupuesto, por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos, aprobado por el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, así como por las normas aplicables de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Octavo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 17.3 de la Orden de 20 de abril de 2009, la presente orden se publicará a los efectos de notificación, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, debiendo estar asimismo expuesta en los tablones de anuncio de la Consejería de Vivienda y Ordenación del territorio y de sus Delegaciones Provinciales, y en el apartado de cartografía de la página web de dicha Consejería.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante el órgano judicial competente de este orden, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del presente acto, todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 44 de este último cuerpo legislativo.
Sevilla, 18 de diciembre de 2009
JUAN ESPADAS CEJAS
Consejero de Vivienda y Ordenación del Territorio
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