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Intentada la notificación sobre extinción y cantidad indebidamente percibida de pensión no contributiva y de ayuda social de carácter extraordinario a las personas que se relacionan, sin haber podido efectuar la misma en el último domicilio conocido, y de conformidad con lo previsto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre (BOE del 27), se publica el presente edicto para que sirva de notificación; significándole que contra dicha resolución pueden interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional laboral ante esta Delegación Provincial, en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de esta publicación, en virtud de lo establecido en el art. 71 del R.D. Legislativo 2/95, de 7 de abril (BOE de 11 de abril).
Doña María Luisa Carmona Moreno.
DNI 74373947C.
Plz. Vicario Andrés Pérez Molina, 2, 9 D.
04004 Almería.
Expte. 04/0000225-J/2004.
Percibido indebidamente en concepto de pensión: 2.060,74 euros.
Percibido indebidamente con concepto de ayuda extraordinaria: 102,96 euros.
Almería, 3 de febrero de 2010.- El Delegado, P.A. (Dto. 21/1985, de 5.2), el Secretario General, Cesare Luigi Carini Martínez.
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