Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 44 de 05/03/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 28 de enero de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1025/2007. (PD. 507/2010).

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NIG: 2906742C20070020842.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1025/2007. Negociado: MH.

Sobre: Declaración de dominio y rectificación registral.

De: Don Diego Domínguez Jiménez y doña Joaquina Rosa Teixeira da Costa.

Procurador: Sr. Francisco José Martínez del Campo.

Letrado: Sr. Martín Gámez, Salvador.

Contra: Doña María Sáez Fernández.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1025/2007 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Málaga a instancia de don Diego Domínguez Jiménez y doña Joaquina Rosa Teixeira da Costa contra doña María Sáez Fernández sobre Declaración de dominio y rectificación registral, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA nÚM. 222/2009

En la ciudad de Málaga, a 9 de octubre de 2009.

Don Ramón Jiménez León, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Doce de los de esta ciudad, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario número 1025/07, seguidos como demandante por don Diego Domínguez Jiménez y doña Joaquina Rosa Teixeira da Costa, representados por el Procurador Sr. Martínez del Campo y asistidos por el Letrado Sr. Martín Gámez contra doña María Sáez Fernández, en situación de rebeldía procesal, sobre acción declarativa de dominio y rectificación registral del artículo 40 de la Ley Hipotecaria.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por don Diego Domínguez Jiménez y doña Joaquina Rosa Teixeira da Costa, representados por el Procurador Sr. Martínez del Campo contra doña María Sáez Fernández, en situación de rebeldía procesal, debo acordar y acuerdo:

Declarar: A) Que don Diego Domínguez Jiménez y doña Joaquina Rosa Teixeira da Costa son dueños en pleno dominio, con carácter ganancial, de la finca registral siguiente: finca número diecinueve. Vivienda número cuatro, tipo S, situado en la 4.ª planta del edificio conocido por casa número uno del Barrio de las Delicias, con fachada a calle Crucero Canarias, de esta ciudad de Málaga, hoy calle Manuel Altolaguirre, número 36. Tiene una superficie de 60 metros y 63 decímetros cuadrados. Linda: por el frente, con rellano, caja de escaleras y patio interior de luces; fondo, con terreno propiedad de Ideco, S.A., por la derecha, entrando, con la casa número dos propiedad de la misma sociedad y patio interior de luces; y por su izquierda, entrando, con vivienda número tres de esta planta, tipo R. Le pertenece una participación en los elementos comunes del edificio de 2,43 por ciento. Referencia catastral 1124312UF7612S0019BA. Cargas: Sin cargas. La citada finca se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad de Málaga número Uno, al tomo 675, folio 38, finca número 7846-B.

B) Ordenar la inscripción de la citada finca a nombre de los demandantes en el Registro de la Propiedad Uno de Málaga, con las rectificaciones a las que se ha hecho referencia, y cancelación de las inscripciones contradictorias que en cuanto a la misma aparezcan, todo ello con expedición del oportuno mandamiento y sin declaración expresa en cuanto a las costas causadas.

Contra este sentencia cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña María Sáez Fernández, extiendo y firmo la presente en Málaga a veintiocho de enero de dos mil diez.- El/La Secretario.

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