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Con esta fecha, el Diputado Delegado de Recursos Humanos y Parque Móvil, en virtud de la Delegación conferida por Resolución de la Presidencia de 6 de julio de 2007, ha dictado la siguiente:
RESOLUCIÓN
Mediante Resolución de fecha 5 de marzo de 2007 fue aprobada la Oferta de Empleo Público para tal año, siendo publicada en el Boletín Oficial del Estado número 77, de 30 marzo de 2007, y modificada por Resolución de 3 de abril de 2009 (BOP de 4 de mayo de 2009) del Diputado Delegado de Recursos Humanos y Parque Móvil.
Visto el informe emitido por el Servicio de Selección y Gestión de Personal de la Delegación de Recursos Humanos y Parque Móvil.
Por la presente, en uso de las atribuciones que me están conferidas por el artículo 34.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO
Primero. Aprobar las siguientes Bases que han de regir la convocatoria para la provisión de las plazas que se detallan, incluidas en la Oferta de Empleo Público de esta Corporación Provincial para 2007:
Bases que han de regir la convocatoria para la provisión de dos plazas de Psicólogo/a de la plantilla de funcionarios de carrera de la Diputación de Granada, incluidas en su Oferta de Empleo Público del año 2007, por el sistema de concurso-oposición, una de ellas por turno libre, en el marco del proceso de Consolidación de Empleo Temporal, y la otra reservada a promoción interna
1. Naturaleza y características de la plaza a cubrir y sistema selectivo elegido.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición, de dos plazas de Psicólogo/a de la plantilla de funcionarios de carrera de la Excma. Diputación Provincial de Granada, de las que una será por turno libre, en el marco del proceso de Consolidación de Empleo Temporal, y la otra reservada a promoción interna. Estas plazas están encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnicos Superiores, y dotadas con el sueldo correspondiente al Grupo A, Subgrupo A1, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente.
2. Condiciones y requisitos que deben reunir o cumplir los/las aspirantes.
2.1. Para ser admitidas a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a las plazas convocadas, las personas aspirantes deben reunir los siguientes requisitos:
A) Plaza de turno libre (consolidación de empleo temporal).
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a las plazas convocadas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) Estar en posesión del título de Licenciado/a en Psicología o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos por su expedición.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
B) Plaza reservada a promoción interna.
a) Ser personal funcionario/a de carrera de la Excma. Diputación Provincial de Granada en plaza de Educador (Subgrupo A2) o de Trabajador Social.
b) Tener una antigüedad de al menos dos años de servicio activo en la categoría profesional de pertenencia y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Licenciado/a en Psicología o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos por su expedición.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes a la plaza convocada.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.2. Los requisitos establecidos en esta Base, deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.
3. Instancias y documentación a presentar.
3.1. Las personas aspirantes presentarán instancia, ajustada al modelo que se publica en el Anexo II, en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial, sita en C/ Periodista Barrios Talavera, 1, planta 0, 18014 Granada, de lunes a viernes de 9 a 14 horas, donde será debidamente registrada. El plazo de presentación es de 20 días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.2. La citada instancia deberá dirigirse al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, bastando que el/la aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la Base 2.ª de la presente convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
3.3. También podrán presentarse las instancias en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De presentarse la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia que se remita sea fechada y sellada por la oficina de Correos antes de ser certificada. De no ser así no podrá estimarse como presentada en fecha.
3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
3.5. Los derechos de examen serán de 28 euros que se ingresarán en la cuenta de esta Diputación número 2031/0295/68/0115170804, o bien mediante giro postal o telegráfico o mediante transferencia dirigida a la misma, de conformidad con el art. 38.7 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
A la instancia habrá de adjuntarse justificante del ingreso indicado expedido por el órgano competente.
Procederá la devolución del importe de los derechos de examen cuando, por causas no imputables al sujeto pasivo, no se realice la actividad técnica y/o administrativa, a que se refiere el art. 2.1 de la correspondiente ordenanza fiscal.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por derechos de examen, están exentos del pago de la tasa:
- Los sujetos pasivos que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Los sujetos pasivos que acrediten, mediante el correspondiente título, su condición de miembros de familias numerosas.
3.6. Quienes pretendan puntuar en la fase de concurso presentarán, junto a la instancia antes señalada, los documentos que justifiquen los méritos y servicios a tener en cuenta de acuerdo con el baremo contenido en el apartado 6 de las bases de la presente convocatoria. La justificación documental relativa a méritos formativos consistirá en la aportación de fotocopia por su anverso y reverso bajo el texto «es copia del original» suscrito por la persona solicitante, que se responsabiliza de su veracidad. Asimismo, en la instancia deberán enumerarse los documentos aportados.
3.7. Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.
3.8. Sólo se podrá optar a una de las plazas convocadas, bien a la de turno libre o bien a la reservada a promoción interna.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias el Diputado Delegado de Recursos Humanos y Parque Móvil dictará Resolución declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia y exponiéndose en el tablón de anuncios y página web de la Diputación.
4.2. En dicha Resolución se indicará el plazo de subsanación que se concede a quienes se excluya que, en los términos del art. 71 de la Ley 30/92, será de diez días hábiles, y se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo del primer ejercicio.
La publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
4.3. Subsanados, en su caso, los defectos que hubiesen sido apreciados, la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as se expondrá en el tablón de anuncios y página web de la Diputación.
5. Tribunal.
5.1. El Tribunal de selección será designado por Resolución del Diputado Delegado de Recursos Humanos y Parque Móvil, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, y se compondrá de presidente/a, 4 vocales y secretario/a. Se designará el mismo número de miembros titulares y suplentes para los supuestos de ausencia, enfermedad, abstención o recusación por la concurrencia de alguno de los casos previstos en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Los vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización igual o superior a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
Tal Resolución será publicada en el tablón de anuncios de Diputación de Granada, C/ Periodista Barrios Talavera, 1, así como en la página web de la Diputación.
5.2. Le corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas a que hace referencia la Base 6.ª de la presente convocatoria.
5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la Presidencia, Secretaría y la mitad al menos de los vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca el titular o bien su suplente.
5.4. El Tribunal podrá acordar la incorporación a las sesiones de especialistas que le asesoren en los ejercicios de la oposición, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz pero sin voto.
5.5. Quienes componen el Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la función pública, relacionadas o que presenten una relación de vinculación con esta convocatoria, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
5.6. Las personas interesadas podrán promover recusación en cualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.
5.7. Las personas que componen el Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.
5.8. La Presidencia del Tribunal exigirá a sus integrantes declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias anteriormente previstas.
5.9. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho. No obstante lo anterior, se estará a lo dispuesto en el art. 61.8, último párrafo, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5.10. Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el art. 102 y siguientes de la Ley 30/92.
5.11. El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas cuestiones se susciten referentes a la interpretación de las presentes Bases y su desarrollo.
6. Procedimiento de selección.
6.1. El procedimiento de selección de los/las aspirantes constará de las siguientes fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
6.2. Previamente a la fase de oposición se realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.
6.3. El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio, para valorar los méritos y servicios de la fase de concurso. La valoración resultante ha de contener para cada aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso, con indicación, además, de la puntuación por méritos profesionales, cursos, seminarios, congresos y jornadas, no debiendo, en ningún caso, sobrepasar los límites que se expresan en el apartado de la Base 6.10 «aplicación del concurso». Dicha valoración ha de publicarse en el Tablón de Anuncios de la Diputación (C/ Periodista Barrios Talavera, núm. 1), así como en su página web, con al menos una antelación de 48 horas a la realización del primer ejercicio.
6.4. La realización del primer ejercicio de la oposición se llevará a efecto en la fecha, lugar y hora que indique la Resolución a la que hace referencia la Base 4.ª
6.5. La fecha, lugar y hora de realización de los sucesivos ejercicios se anunciarán con una antelación mínima de 48 horas en el Tablón de Anuncios de Diputación, en C/ Periodista Barrios Talavera, 1, de Granada, así como en su página web. Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días.
6.6. La actuación de las personas aspirantes se iniciará por orden alfabético, a partir de la primera persona de la letra «W», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, de 27 de enero de 2009.
6.7. Las personas aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único excluyéndose de la oposición a quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.
6.8. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los/las opositores/as para que acrediten su personalidad.
6.9. Los/las candidatos/as deberán acudir provistos del DNI, o en su defecto, pasaporte o carnet de conducir.
6.10. Valoración de méritos. Fase de concurso:
A) Plaza de turno libre (consolidación empleo temporal).
Méritos profesionales:
Por cada mes completo de servicios prestados en plaza o puesto de igual categoría y funciones que la plaza objeto de la presente convocatoria:
a) En la Diputación de Granada: 0,07 puntos.
b) En otras Administraciones Públicas: 0,02 puntos.
Los servicios prestados se acreditarán mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
Se valorarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial. Sin embargo, en los casos establecidos en el artículo 56 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (régimen de excedencias, reducciones de jornada, permisos u otros beneficios con el fin de proteger la maternidad y facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como el permiso de paternidad), se computará en todo caso como jornada completa.
Cursos y seminarios, congresos y jornadas:
Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta.
a) Por la participación como asistente:
Hasta 14 horas o 2 días: 0,05 puntos.
De 15 a 40 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.
De 41 a 70 horas de duración o de 8 a 12 días: 0,20 puntos.
De 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días: 0,25 puntos.
De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.
De 201 horas en adelante o más de 40 días: 1,00 punto.
Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.
b) Por la participación como Director/a, Coordinador/a o Ponente: 0,20 puntos.
La participación en una misma actividad docente como Director/a o Coordinador/a y como Ponente o como Ponente en varias materias solo será objeto de una única puntuación.
Aplicación del concurso:
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a efectos de establecer el orden definitivo de personas aprobadas. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
El número máximo de puntos que se otorguen en la fase de concurso será el siguiente:
Méritos profesionales: 7 puntos.
Cursos, seminarios, congresos y jornadas: 1 punto.
B) Plaza reservada a promoción interna.
Méritos profesionales:
Por cada mes completo de servicios prestados en plaza o puesto de igual categoría y funciones que la plaza objeto de la presente convocatoria:
a) En Diputaciones Provinciales: 0,10 puntos.
b) En otras Administraciones Públicas: 0,05 puntos.
Los servicios prestados se acreditarán mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
Se valorarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial. Sin embargo, en los casos establecidos en el artículo 56 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (régimen de excedencias, reducciones de jornada, permisos u otros beneficios con el fin de proteger la maternidad y facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como el permiso de paternidad), se computará en todo caso como jornada completa.
Cursos y seminarios, congresos y jornadas:
Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta y sean impartidos u homologados por entidades, instituciones o centros públicos, incluidas todas las acciones formativas realizadas al amparo de los Acuerdos de Formación Continua de las Administraciones Públicas, cuyo contenido guarde relación directa con las funciones propias de la plaza a la que se opta.
a) Por la participación como asistente:
Hasta 14 horas o 2 días: 0,05 puntos.
De 15 a 40 horas de duración o de 3 a 7 días: 0,10 puntos.
De 41 a 70 horas de duración o de 8 a 12 días: 0,20 puntos.
De 71 a 100 horas de duración o de 13 a 20 días: 0,25 puntos.
De 101 a 200 horas de duración o de 21 a 40 días: 0,50 puntos.
De 201 horas en adelante o más de 40 días: 1,00 punto.
Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.
b) Por la participación como Director/a, Coordinador/a o Ponente: 0,20 puntos.
La participación en una misma actividad docente como Director/a o Coordinador/a y como Ponente o como Ponente en varias materias solo será objeto de una única puntuación.
Aplicación del concurso.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a efectos de establecer el orden definitivo de personas aprobadas. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
El número máximo de puntos que se otorguen en la fase de concurso será el siguiente:
Méritos profesionales: 5 puntos.
Cursos, seminarios, congresos y jornadas: 2 puntos.
6.11. Fase de oposición:
A) Plaza de turno libre (consolidación de empleo temporal).
Constará de los siguientes ejercicios, eliminatorios y obligatorios para todas las personas aspirantes:
Ejercicio primero: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 150 preguntas tipo test, de las que 30 serán sobre los temas comunes, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de 150 minutos, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización en relación con el temario de esta convocatoria, debiendo consignarse un número de preguntas proporcional al número de temas. El criterio de corrección será el siguiente: por cada pregunta contestada erróneamente se penalizará con 0,5 pregunta contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.
Ejercicio segundo: Se desarrollará durante un periodo máximo de 4 horas, y consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos, fijados por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, sobre materias objeto de las plazas que se convocan. El Tribunal podrá acordar que presenten el resultado motivado de sus análisis, propuestas, indicaciones, alternativas, etc. mediante copia en ordenador (Microsoft Office), facilitando los medios necesarios para ello.
B) Plaza reservada a promoción interna.
Constará de los siguientes ejercicios, eliminatorios y obligatorios para todas las personas aspirantes:
Ejercicio primero: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 150 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de 150 minutos, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización en relación con el temario de esta convocatoria, excluidos los temas que se indican, debiendo consignarse un número de preguntas proporcional al número de temas. El criterio de corrección será el siguiente: por cada pregunta contestada erróneamente se penalizará con 0,5 pregunta contestada correctamente. Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las erróneas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio.
Ejercicio segundo: Se desarrollará durante un periodo máximo de 4 horas, y consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos, fijados por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, sobre materias objeto de la plaza que se convoca. El Tribunal podrá acordar que presenten el resultado motivado de sus análisis, propuestas, indicaciones, alternativas, etc. mediante copia en ordenador (Microsoft Office), facilitando los medios necesarios para ello.
Las personas aspirantes a la plaza reservada a promoción interna están dispensadas de examinarse de los 18 temas del Bloque I y de los temas 61 a 72, ambos inclusive, del Bloque II.
6.12. La puntuación máxima que se podrá otorgar para cada ejercicio será de 10 puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 5 puntos.
6.13. El cómputo de la puntuación del ejercicio segundo se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y más baja.
6.14. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de la Fase de oposición y de la del Concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de oposición y, si persistiera el empate, se estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio.
6.15. En el supuesto de que ninguna de las personas aspirantes a la plaza reservada a promoción interna superase el concurso-oposición, tal plaza se acumulará al turno libre.
7. Listas de personas aprobadas.
7.1. Una vez finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios y página web de la Diputación las relaciones de aspirantes (una para aspirantes del turno libre y otra, en su caso, para aspirantes del turno de promoción interna) que hubiesen superado el concurso-oposición por orden de puntuación total obtenida, en las que constarán las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y en la fase de concurso.
7.2. Las relaciones definitivas de las personas aprobadas (en los turnos libre y de promoción interna, en su caso) serán elevadas al Diputado Delegado de Recursos Humanos y Parque Móvil, con propuesta de nombramiento de funcionario/a de carrera.
8. Presentación de documentos.
8.1. Los/las aspirantes aprobados/as dispondrán de un plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados/as para presentar en el Servicio de Selección y Gestión de Personal de la Delegación de Recursos Humanos y Parque Móvil de esta Corporación los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas Bases.
8.2. A quienes ostenten la condición de funcionarios/as públicos/as, se les dispensará de aportar aquellos documentos que justifiquen las condiciones necesarias para su nombramiento, siendo para ello válida la presentación de la certificación del organismo o entidad de la que dependen acreditando la condición y demás circunstancias que constan en su expediente personal.
8.3. Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las Bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
9. Nombramiento de funcionarios de carrera y toma de posesión.
9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Diputado Delegado de Recursos Humanos y Parque Móvil nombrará funcionarios/as de carrera a las personas aprobadas en el proceso selectivo.
9.2. El plazo para tomar posesión será de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de nombramiento.
9.3. De no tomarse posesión en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá como renuncia a la plaza obtenida.
10. Base final.
10.1. Al presente proceso selectivo le será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, las Bases de la presente convocatoria junto con los Anexos que la acompañan, y supletoriamente el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
10.2. Contra la Convocatoria y sus Bases contenidas en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer las personas interesadas Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo que corresponda, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
No obstante, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el propio órgano que ha dictado el acto administrativo, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la indicada publicación o cualquier otro recurso que estime procedente.
ANEXO I
BLOQUE I
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Características y estructura.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de leyes.
Tema 5. El acto administrativo: Concepto y clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez de los actos administrativos.
Tema 6. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
Tema 7. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Especial referencia al procedimiento administrativo local.
Tema 8. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.
Tema 9. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.
Tema 10. Organización y competencias municipales/provinciales.
Tema 11. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales: Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
Tema 12. El Servicio Público Local: Concepto. Los modos de gestión de los servicios públicos locales.
Tema 13. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.
Tema 14. Personal al servicio de las Entidades Locales. La función pública local: organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.
Tema 15. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El Sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.
Tema 16. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.
Tema 17. El presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y fiscalización.
Tema 18. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía: Objeto de la ley, conceptos básicos, principios generales y políticas públicas para la promoción de la igualdad de género. Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género: Objeto de la ley, concepto y tipos de violencia de género. Principios rectores y derechos de las mujeres. El Plan Transversal de la Diputación de Granada 2008-2010.
BLOQUE II
Tema 1. Los Servicios Sociales en España. Referencia Constitucional. Competencia de las diferentes Administraciones Públicas en materia de Servicios Sociales.
Tema 2. El sistema público de Servicios Sociales, el Plan Concertado para las Prestaciones Básicas de Servicios Sociales. Concepto y desarrollo.
Tema 3. Los Servicios Sociales en la Comunidad Autónoma de Andalucía. La Ley de Servicios Sociales de Andalucía. El Plan Andaluz de Servicios Sociales.
Tema 4. Los Servicios Sociales en la Administración Local. Competencias. Organización de los Servicios Sociales en la Diputación Provincial de Granada.
Tema 5. Organización del Área de Bienestar Social y Derechos de la Ciudadanía.
Tema 6. El proceso de concertación con los Ayuntamientos «Granada en Red». Programas del Área de Bienestar y Derechos de la Ciudadanía.
Tema 7. Los Servicios Sociales Comunitarios y la atención al menor. Ley de los derechos y la atención al menor. Plan Integral de Atención a la Infancia de Andalucía. Programas y actuaciones desde la Diputación de Granada con la infancia.
Tema 8. Los Servicios Sociales Comunitarios y la atención a las personas con discapacidad en Andalucía. Ley de atención a las personas con discapacidad en Andalucía. Actuaciones desde la Diputación de Granada con este colectivo.
Tema 9. Los Servicios Sociales Comunitarios y la atención a las personas mayores. Ley de Atención y Protección a las Personas Mayores. Actuaciones desde la Diputación de Granada con personas mayores.
Tema 10. La atención a la dependencia. Marco conceptual. Demanda potencial, principales colectivos e impactos de la dependencia. La Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de Dependencia.
Tema 11. Los Servicios Sociales Comunitarios y la atención a las personas en desventaja social. IV Plan Nacional de Acción para la Inclusión Social del Reino de España. Plan Andaluz para la Inclusión Social. Actuaciones desde la Diputación de Granada.
Tema 12. Evaluación de programas en los servicios sociales comunitarios. Datos Provinciales. Objetivos de la evaluación. Tipos de evaluación. Instrumentos de evaluación. Evaluación de la eficacia y eficiencia. Evaluación de la cobertura y eficacia en la cobertura.
Tema 13. Las necesidades sociales en la Provincia de Granada: Dependencia, maltrato infantil, pobreza y exclusión social. Concepto y Métodos de evaluación de necesidades.
Tema 14. La participación ciudadana en los Centros de Servicios Sociales Comunitarios. Análisis Funcional de la Conducta participativa. Ley 7/2001, de 12 de julio, del Voluntariado. El II Plan Andaluz del Voluntariado en Andalucía (2006-2009). Actuaciones desde la Diputación de Granada.
Tema 15. El Programa de Información, valoración, Orientación y asesoramiento. Objetivos y funciones. Evaluación de la cobertura.
Tema 16. La prestación de Ayuda a Domicilio en Andalucía. Definición y objetivos. Modelos de gestión. Orden de 15 de noviembre de 2007 por la que se regula el servicio de ayuda a domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía. El Reglamento del Servicio de Ayuda a Domicilio de la Diputación de Granada.
Tema 17. Participación de los Servicios sociales comunitarios en el desarrollo de la Ley de dependencia. Decreto 168/2007, de 12 de junio, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia, así como los órganos competentes de valoración.
Tema 18. La atención a las personas en situación de dependencia en el entorno familiar. Actuaciones desde la Diputación de Granada.
Tema 19. El Programa Provincial de Teleasistencia Domiciliaria. Definición y objetivos. Procedimiento técnico-administrativo. Instrumentos de evaluación y seguimiento. Evaluación y evolución de la cobertura en la Provincia de Granada versus nivel nacional.
Tema 20. Los Programas de Intervención Comunitaria con Mayores y promoción de la autonomía personal en la Diputación de Granada. Tipos de programas. Definición y objetivos. La participación y adherencia a los mismos.
Tema 21. La coordinación sociosanitaria. Referencias Legislativas. Protocolo de coordinación en la provincia de Granada.
Tema 22. El Programa Provincial de Emergencia Social. Definición y objetivos. Procedimiento técnico-administrativo. Evaluación de la implantación y desarrollo del Programa.
Tema 23. El Programa de Rentas Mínimas en la Provincia de Granada. Definición y objetivos. Procedimiento técnico-administrativo. Evaluación de la implantación y desarrollo del Programa.
Tema 24. La ética profesional. Ética de la administración, los profesionales, las empresas y de las organizaciones que prestan servicios sociales. El secreto profesional. Conflictos éticos en la práctica profesional.
Tema 25. El maltrato infantil. Definición y concepto. Incidencia y prevalencia. Programas de prevención. Instrumentos de evaluación de maltrato infantil. Los equipos de tratamiento familiar. Protocolo de derivación.
Tema 26. Pobreza y exclusión social. Conceptos. Abordaje desde la psicología social.
Tema 27. El rol del Psicólogo en los Servicios Sociales Comunitarios. La intervención del Psicólogo en los Programas de Servicios Sociales de la Diputación de Granada. Funciones del Psicólogo.
Tema 28. El Psicólogo y la evaluación de programas y servicios en los Servicios Sociales Comunitarios. Tipos, instrumentos y características de la evaluación.
Tema 29. La exploración en psicología. La entrevista psicológica.
Tema 30. El diagnóstico psicológico: Proceso, criterios y dificultades.
Tema 31. Técnicas cognitivas, fundamentos y aplicaciones.
Tema 32. Entrenamiento en habilidades sociales: Definición, evaluación, procedimientos de entrenamiento y áreas de aplicación.
Tema 33. Técnicas operantes. Procedimientos operantes básicos.
Tema 34. Trastornos de personalidad. Funcionamiento inadaptado de la personalidad y procesos de cambio.
Tema 35. Prevención de la violencia de género en la pareja. Mecanismos psicológicos de la violencia en el hogar.
Tema 36. Institucionalización del adulto mayor. La residencia: Protocolos de intervención.
Tema 37. Funcionamiento intelectual en la vejez. Valoración e intervención. Funcionamiento cognitivo. Memoria: Valoración e intervención. Funcionamiento afectivo. Depresión: Valoración e intervención.
Tema 38. El apoyo social en la vejez. Importancia y concepto de redes de apoyo informal.
Tema 39. Modelos de adquisición y mantenimiento de conductas.
Tema 40. Alcoholismo. aspectos culturales, sociales, laborales y familiares.
Tema 41. Salud comunitaria.
Tema 42. Salud mental comunitaria.
Tema 43. Atención primaria de salud.
Tema 44. Las drogas: Aspectos generales. Definición. Clasificaciones. Conceptos básicos: dependencia, tolerancia, síndrome de abstinencia. Aspectos sociales y jurídico-legales.
Tema 45. Modelos explicativos de las drogodependencias. Factores de riesgo y factores de protección en el consumo de drogas.
Tema 46. La deshabituación psicológica.
Tema 47. Programas de reducción de daños en drogodependencias.
Tema 48. La intervención con familias. Modelos de intervención. La mediación familiar.
Tema 49. Calidad de vida en el contexto de los servicios sociales comunitarios.
Tema 50. Minorías étnicas. Concepto de etnia. Intervención desde el derecho a la diversidad. Evaluación y abordaje.
Tema 51. Movimientos migratorios. La población inmigrante con necesidad de intervención social. Evaluación y abordaje. La problemática de los menores no acompañados.
Tema 52. La residencia y su adecuación a las necesidades de las personas mayores dependientes.
Tema 53. Programas de incorporación social en drogodependencias: Específicos y generales.
Tema 54. Ética y residencias de ancianos.
Tema 55. Malos tratos a los ancianos.
Tema 56. Biología, fisiología y psicología del envejecimiento humano.
Tema 57. Envejecimiento, salud y funciones cognitivas.
Tema 58. Tratamiento de las conductas adictivas en mayores.
Tema 59. Anamnesis y exploración psicológica con mayores. Valoración gerontológica integral.
Tema 60. Ingresos involuntarios. Incapacitación y tutela de personas mayores dependientes.
Tema 61. El trabajo interdisciplinar y el trabajo en equipo en los Centros de Servicios Sociales Comunitarios. Dificultades en el abordaje interdisciplinar de las intervenciones sociales. La importancia del equipo interdisciplinar: composición y funciones.
Tema 62. El Programa Provincial de Intervención Familiar. Definición y objetivos. Modelo de gestión. Acceso al Programa y procedimiento técnico-administrativo. Evaluación y evolución de la cobertura en la Provincia de Granada.
Tema 63. Violencia de género. Ley Orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género. Teleasistencia móvil para víctimas de la violencia de género. La intervención desde los Servicios Sociales ante la violencia de género.
Tema 64. Modelo de competencia. Aplicación psicoterapéutica.
Tema 65. Procedimiento de modelado. Bases teóricas y experimentales.
Tema 66. La adolescencia: El desarrollo cognitivo, biosocial y psicosocial.
Tema 67. Psicología comunitaria. prevención primaria y secundaria.
Tema 68. Los programas de educación para la salud: prevención de la adicción a sustancias perjudiciales. Factores de riesgo y epidemiología de las adicciones. Prevención específica versus prevención inespecífica.
Tema 69. El Plan Nacional y el Plan Andaluz sobre Drogas: recursos. El Centro Provincial de Drogas: Competencias, organización y funcionamiento. Enfoques o modelos interpretativos de la problemática de las drogodependencias.
Tema 70. Programas de prevención específicos en drogodependencias: Programas de prevención indicados. Programas de prevención comunitaria: Estrategias y metodología.
Tema 71. Trastornos mentales en personas mayores.
Tema 72. Derechos y deberes del usuario del centro residencial. Normativa y régimen interno de los Centros Residenciales.
Segundo. Ordenar la publicación de esta convocatoria de pruebas selectivas y de sus correspondientes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con el artículo 6 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio.
Granada, 29 de enero de 2010.- El Diputado Delegado de Recursos Humanos y Parque Móvil, Francisco Javier Torices Pino.
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