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Con fecha 25 de febrero de 2010, la Comisión Provincial de Medidas de Protección ha resuelto constituir con carácter definitivo el Acogimiento Familiar Preadoptivo del menor N.B. (Expte. 352-2008-00008055-01, EQM 2) con los acogedores seleccionados por la entidad pública.
Por la presente, se ordena la notificación del presente acto a doña Andrea Ionela Brichisala, al hallarse en ignorado paradero en el expediente incoado, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Para la formalización del Acogimiento es imprescindible comunicarle la medida al efecto de conocer si quiere prestar su aceptación, de conformidad con el artículo 44 del Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, de Acogimiento Familiar y Adopción (BOJA núm. 135, de 19 de noviembre), para lo que se dispone un plazo de diez días hábiles.
Contra esta Resolución cabe formular oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Almería, en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a los trámites establecidos al respecto en los artículos 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional.
Dado que la publicación íntegra del acto lesionaría los derechos inherentes al menor, podrá comparecer en el plazo de diez días en el Servicio de Protección de Menores, sito en la localidad de Almería, C/ Real, núm. 5, para su completo conocimiento.
Almería, 2 de marzo de 2010.- El Delegado, Luis López Jiménez.
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