Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 30/04/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

Resolución de 20 de abril de 2010, de la Dirección General de Planificación y Ordenación Turística, por la que se acuerda la ampliación del plazo de resolución en la concesión de subvenciones en materia de Turismo, Modalidad 4 (FTE) Fortalecimiento del tejido empresarial turístico andaluz.

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El artículo 7.5 de la Orden de 12 de noviembre de 2009 (BOJA núm. 233), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de Turismo, estableció que el plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre el 4 y el 31 de enero de cada año. Posteriormente, mediante la Orden de 29 de enero de 2010 (BOJA núm. 27), dicho plazo fue ampliado hasta el día 15 de febrero inclusive.

El artículo 13.4 de la referida Orden de 12 de noviembre de 2009 determina que el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de las solicitudes será, para la modalidad 4 (FTE) Fortalecimiento del Tejido Empresarial, de tres meses, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

El Decreto 137/2010, de 13 de abril, por el que se aprueba la Estructura Orgánica de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, suprime la Dirección General de Promoción y Comercialización Turística, órgano competente para resolver por delegación del titular de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, según establece el artículo 16.2 de la Orden de 12 de noviembre de 2009, la concesión de subvenciones en materia de Turismo cuando se trate de la Modalidad 4 (FTE), asumiendo dicha competencia la Dirección General de Planificación y Ordenación Turística.

El traspaso de responsabilidades desde la desaparecida Dirección General de Promoción y Comercialización Turística a la Dirección General de Planificación y Ordenación Turística, así como la necesaria formación del personal adscrito a este Centro Directivo en el uso de una novedosa aplicación creada para la agilización de los procedimientos administrativos y su tramitación telemática, han supuesto un moderado retraso en el procedimiento de concesión de las subvenciones correspondientes a la modalidad 4 (FTE). Es por ello que, una vez agotados todos los medios a disposición posibles, el estado de tramitación del procedimiento de concesión incoado hace presumir que no será posible dictar y notificar la correspondiente resolución del procedimiento antes de la finalización del plazo máximo, que es el 15 de mayo de 2010.

Con base a lo expuesto, y en virtud de lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en uso de las competencias asumidas de acuerdo con lo establecido en el Decreto 137/2010, de 13 de abril, así como en la Orden de 12 de noviembre de 2009, por delegación del Consejero de Turismo, Comercio y Deporte, y a propuesta del Jefe de Servicio de Incentivos y Gestión Turística,

ACUERDO

Ampliar el plazo para resolver y notificar la concesión de subvenciones en materia de Turismo en la Modalidad 4 (FTE) Fortalecimiento del tejido empresarial turístico andaluz, reguladas por la Orden de 12 de noviembre de 2009, por el plazo de tres meses, a contar desde la finalización del plazo inicialmente establecido por el artículo 7.5 de la citada Orden.

Contra el presente acuerdo, que resuelve la ampliación del plazo máximo de resolución y notificación, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, no cabe recurso alguno.

Sevilla, 20 de abril de 2010.- El Director General, Antonio Muñoz Martínez.

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