Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el recurso contencioso-administrativo procedimiento abreviado núm. 126/2009, interpuesto por doña Pilar Cano Marín, contra la desestimación presunta del recurso de reposición formulado frente a la propuesta de nombramiento efectuada por la Delegación Provincial de Málaga a favor de doña Adoración Rico Guzmán para cubrir provisionalmente la vacante correspondiente al negociado actas, estatutos y convenios con código 509310 al amparo del artículo 30 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Seis de Málaga, con fecha 19 de enero de 2010, y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«FALLO
Que debiendo estimar y estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Pilar Cano Marín frente al acto administrativo citado en los antecedentes de hecho de la presente Resolución, debo declarar y declaro la nulidad del mismo con todas las consecuencias legalmente inherentes, debiendo retrotraerse el procedimiento de selección al momento de efectuar la propuesta de nombramiento, para que la misma se motive de forma suficiente, expresando cuáles son las razones por las que la Administración propone a la Sra. Rico Guzmán en detrimento de la recurrente para la cobertura provisional de la plaza “Ng. Actas Estatutos y Convenios” con código 509310.»
Según lo establecido en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 19 de abril de 2010.- La Secretaria General Técnica, Lourdes Medina Varo.
Descargar PDF