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Expte. núm. 006/2010/SIM.
El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Álora (Málaga) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su marca institucional y de su logotipo municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.
Emitido en sentido favorable el informe preceptivo a que alude el artículo 13 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, el máximo órgano colegiado de gobierno de la Entidad Local aprobó, en sesión de fecha 25 de marzo de 2010, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su marca institucional y su logotipo municipal, que quedarían compuestos de la siguiente forma:
- Marca institucional: Representación más sintetizada de la que es capaz el escudo original, sin perder su identidad y formas originales. Una representación mínima con el máximo significado. Al tratarse de un ejercicio de simplificación y limpieza de elementos vendrá representado en un solo color.
- Logotipo: Grafía de trazo libre «Álora», a la que se superpone una interpretación sintética del arco, junto con el eslogan «Llena de vida».
Mediante escrito de fecha 29 de marzo de 2010, se solicita por dicha Entidad Local la inscripción de su marca institucional y su logotipo municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, según el cual el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.
En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, y del apartado k) de artículo 8.2 del Decreto 132/2010, de 13 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia,
RESUELVE
Primero Admitir la inscripción de la marca institucional y del logotipo del municipio de Álora (Málaga) en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.
Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 16 de abril de 2010.- El Director General, Domingo Sánchez Rizo.
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