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Doña Isabel Colomina Ribas, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Ronda, hago saber:
Que en mi Notaría, sita en Ronda, calle Molino, número veintidós, bajo, se tramita venta extrajudicial, conforme al art. 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:
Urbana. Parcela M-11. Parcela de terreno en el término municipal de Arriate, paraje de «Los Picachos», partido de «Los Espartales», que provienen del Plan Parcial del sector UR-6, y linda: al Norte, con el vial núm. 1; al Sur, con la parcela ST-7 del Plan Parcial; al Este, con la finca denominada «La Plata», parcela catastral ochenta y cinco de Ronda; al Oeste, con vial núm. 4 de la urbanización. Superficie: 2.829,78 metros cuadrados (dos mil ochocientos veintinueve metros con setenta y ocho decímetros cuadrados). Datos urbanísticos: Calificada como unifamiliar adosada, coeficiente de edificabilidad 0,5689 m2t/m2s; densidad 14 viviendas. Coeficiente de homogeneización: 0,71.
Inscripción. En el Registro de la Propiedad de Ronda, al tomo 997, libro 67, folio 73, finca número 3.706, inscripción 2.ª
Procediendo la subasta de la finca se hace saber sus condiciones:
Tendrá lugar en mi Notaría. La 1.ª subasta el 8 de junio de 2010, a las 12 horas, siendo el tipo base el de setecientos dieciséis mil euros (716.000 euros); de no haber postor o si resultare fallida, la 2.ª subasta, el 6 de julio de 2010, a las 12 horas, cuyo tipo será el 75 por 100 de la primera; en los mismos casos, la 3.ª subasta el 3 de agosto de 2010, a las 12 horas sin sujeción a tipo; y si hubiere pluralidad de mejoras en la tercera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor el 5 de agosto de 2010 a las 12 horas.
La documentación y certificación del Registro a que se refieren el artículo 236.a) y b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecute continuarán subsistentes. Los lidiadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría una cantidad equivalente al 30 por 100 del tipo que corresponda en la 1.ª y 2.ª subastas y en la 3.ª un 20 por 100 del tipo de la segunda, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escritos en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.
Ronda, 6 de mayo de 2010.- La Notario, Isabel Colomina Ribas.
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