Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 24/05/2011

1. Disposiciones generales

Consejería de Cultura

Resolución de 13 de mayo de 2011, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la selección de candidaturas para el Programa de Estancias de Trabajo durante el año 2011, en la Casa Residencia de la Fundación Rodríguez Acosta (Granada).

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El Plan Estratégico para la Cultura en Andalucía (PECA), aprobado mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de noviembre de 2007, recoge entre sus objetivos específicos el de promover la creación y difusión del arte contemporáneo, estableciendo como líneas de acción para ello el desarrollo de la formación de los agentes implicados en la creación artística.

La Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, como entidad de derecho público adscrita a la Consejería de Cultura, tiene encomendadas, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.º, letra a), del artículo 6 de sus Estatutos, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril, entre otras funciones, las de investigación, gestión, producción, fomento y divulgación de las artes plásticas. Asimismo, el apartado c), de este mismo artículo recoge como función del la Agencia la de establecer mecanismos de cooperación con otros entes públicos y privados para el impulso y promoción de la cultura.

La Fundación Rodríguez-Acosta abre en 1960 una residencia para artistas, edificio independiente que se encuentra situado anexado a la propia sede de la Fundación. Esta Residencia cumple el fin específico de acoger a los alumnos de las Facultades de Bellas Artes de toda España. Los alumnos/as residentes desarrollarán un importante trabajo, pintando y estudiando el paisaje granadino, o realizando trabajos de libre creación. También se les proporcionará un permiso del Patronato de la Alhambra y el Generalife, para que puedan pintar en el Recinto del Monumento, durante el período de estancia.

Consciente de que la formación continua y permanente es una exigencia para el desarrollo de la actividad artística, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales ha suscrito un acuerdo con la Fundación Rodríguez Acosta, cuyo objeto es regular las condiciones en que se desarrollará la estancia de trabajo de los candidatos que resulten seleccionados para 2011, en el procedimiento de selección que se realiza mediante la presente resolución.

Por los motivos expuestos, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el articulo 15 de los Estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, aprobado mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril,

RESUELVO

Primero. Objeto.

Esta resolución tiene por objeto la selección de candidaturas para seis estancias de trabajo en la residencia de la Fundación Rodríguez Acosta de Granada de un mes de duración, de las cuales, tres tendrán lugar en el mes de julio y tres en el mes de agosto de 2011.

Las personas seleccionadas contarán con el apoyo de una tutoría que recaerá en un artista de reconocido prestigio, para su orientación en los estudios y tareas creativas llevadas a cabo durante las estancias.

Al finalizar el período de la estancia, la obra creada podrá ser solicitada para exposición colectiva por parte de la organización.

Segundo. Participantes.

Podrán presentar solicitudes aquellas personas interesadas que, en el momento de formular la solicitud, sean estudiantes de segundo o tercer ciclo en cualquier Facultad de Bellas Artes de Andalucía, y que tengan su domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. Solicitud, lugar y plazo de presentación.

1. La solicitud, suscrita por la persona interesada y dirigida a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, se presentarán preferentemente en la Unidad de Programas de Cooperación de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales sita en el Edificio Estadio Olímpico, Puerta M, Isla de la Cartuja, s/n, 41092 Sevilla, y deberá cumplimentarse conforme al modelo que figura en el Anexo de la presente resolución.

Podrán también presentarse mediante correo certificado o cualquiera de las vías establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso, deberán comunicarlo a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales por correo electrónico (programas.cooperación.aaiicc@juntadeandalucia.es), fax (955 929 218) o telegrama dentro de los plazos establecidos.

2. El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3. Además del formulario debidamente cumplimentado (Anexo), las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:

1. Documento Nacional de Identidad de la persona solicitante o documento equivalente.

2. Certificado de empadronamiento o, en su caso, tarjeta de residencia.

3. Fotocopia del pago de la matrícula universitaria del curso 2010/2011.

4. Currículo del solicitante (incluir: expediente académico, diploma de estudios, cursos, formación, exposiciones, becas, premios, distinciones, y demás méritos que se consideren pertinentes).

5. Dossier gráfico de obras realizadas, compuesta por un máximo de 10 fotografías de los trabajos de los últimos dos años, detallando en centímetros las dimensiones de cada una de las obras.

6. Carta de motivación (en castellano).

7. Memoria del proyecto a desarrollar en la institución de acogida. Máximo 5 folios (en castellano). Dicha memoria además debe contener un informe técnico, un cronograma de trabajo, y dossier gráfico del proyecto pudiendo ser presentado este último en formato digital (en CD o DVD).

Cuarto. Trámite de subsanación.

Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañara de la documentación preceptiva, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución.

Quinto. Procedimiento de selección.

Las solicitudes presentadas serán objeto de evaluación por parte de una Comisión de Valoración que, designada de común acuerdo con la Fundación Rodríguez Acosta, estará constituida mediante resolución de la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales formada por los siguientes miembros:

- Un miembro de la de la Fundación Rodríguez Acosta.

- El Decano de la Facultad de Granada o persona en quien delegue.

- Un crítico especialista en arte.

La Comisión actuará asistida de al menos dos responsables de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales con voz pero sin voto, siendo uno de ellos licenciado en Derecho que actuará como secretario/a.

Dicha Comisión estará presidida por el Presidente de la Fundación Rodríguez Acosta y por la persona titular de la Dirección General de Museos y Promoción del Arte de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

La composición de la Comisión deberá respetar una representación equilibrada de hombres y mujeres en los términos previstos en el apartado 2 del artículo 18 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

La Comisión actuará con pleno respeto de los criterios de igualdad, transparencia y no discriminación. Sus miembros declararán no tener relación alguna con los solicitantes.

Las Comisiones se regirán, en lo no previsto en esta resolución, por los establecido en los artículos 22 y siguientes del la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de RJAP y PAC, así como las normas aplicables de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y las que se dicten en su desarrollo.

Para la evaluación de las solicitudes, la Comisión de Valoración tomará en consideración los siguientes criterios, con una valoración máxima de 70 puntos, y según la puntuación que se indica:

- Interés cultural y artístico del proyecto. Hasta 40 puntos.

- Curriculum vitae, dossier o historial de los trabajos y actividades realizadas. Hasta 25 puntos.

- Que el proyecto integre aspectos relativos a igualdad de género. Hasta 5 puntos.

Sobre la base de la valoración realizada por la Comisión, se elaborará un orden de prelación entre todas las solicitudes presentadas. Este orden servirá de base para la selección de los seis artistas que participarán en el programa de estancias asi como de las tres candidaturas suplentes. Esta selección constituirá la propuesta de resolución, que la Comisión elevará a la dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

Séptimo. Resolución.

La selección final de los artistas que participarán en el programa de estancias de trabajo en la Residencia Fundación Rodríguez Acosta para el año 2011 se realizará mediante resolución de la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales por la que se pondrá fin al procedimiento.

Esta resolución será notificada a los interesados mediante correo certificado en el domicilio consignado en la solicitud.

Los solicitantes seleccionados deberán confirmar su participación en el programa de estancias de trabajo dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la resolución, mediante escrito dirigido al Director de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, fechado y firmado por el interesado y presentado preferentemente en la Unidad de Programas de Cooperación de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales sita en el Edificio Estadio Olímpico, Puerta M,Isla de la Cartuja, s/n, 41092 Sevilla. Asimismo, los interesados podrán confirmar su participación mediante correo certificado o cualquiera de las vías establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Junto a dicho escrito, las personas seleccionadas deberán presentar la documentación acreditativa de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como con la tesorería de la Seguridad Social.

La participación en el programa de estancias estará condicionada por la presentación en tiempo y forma de la citada documentación, por lo que la falta de presentación o la presentación defectuosa de la misma podrá suponer la exclusión del programa.

Octavo. Obligaciones de los artistas seleccionados.

- Insertar en todo tipo de publicidad que realice, sobre cualquier soporte o formato, la leyenda «Es un proyecto en colaboración con la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales» debiendo figurar el logotipo ajustado al Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y Administración de la Junta de Andalucía.

- Autorizar a la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, la fijación y reproducción, sobre cualquier soporte técnico o formato parcial, de la obra realizada, así como su comunicación pública de forma gratuita con los siguientes fines:

• Documentación y archivo.

• Docente y de investigación.

• Ediciones especiales no venales.

• Divulgación del objeto del programa y realización de cualquier publicación.

La persona seleccionada se obliga a realizar su trabajo de acuerdo con su formación y personalidad, bajo cualquier criterio estético y libremente, pero atendiendo a la práctica pictórica que implica una interpretación referencial, visual o anímica de la imagen que ofrece el natural.

Noveno. Dotación económica.

Como aportación económica para el correcto desarrollo y aprovechamiento de las estancias de trabajo, la Fundación Rodríguez Acosta correrá con los siguientes gastos:

- Setecientos cincuenta euros (750,00 €) para cada seleccionado en concepto de gastos de manutención y viaje.

- Estancia gratuita, durante el período asignado, en la casa-residencia de artistas, dentro del recinto de museos y jardines de la Casa Residencia de la Fundación Rodríguez-Acosta en la colina de la Alhambra de Granada.

Los costes referidos al transporte del material personal y material de trabajo de los artistas seleccionados correrán por cuenta de los mismos.

Décimo. Devolución de solicitudes originales.

1. La documentación de las propuestas no seleccionadas quedarán a disposición de los interesados durante el plazo de un mes a contar desde la notificación de la resolución, en la oficina de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, Unidad de Programas de Cooperación sita en el Estadio Olímpico.

2. La documentación no retirada en esta fecha pasará a formar parte de los fondos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, con fines de documentación y archivo, conforme a lo que establezca la normativa aplicable en materia de Patrimonio Documental Andaluz.

Sevilla, 13 de mayo de 2011.- El Director, Luis MiguelJiménez Gómez.

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