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Resultando infructuosas las averiguaciones pertinentes, se desconoce el actual domicilio de doña Vanesa Pradas Jiménez, cuyo último domicilio conocido estuvo en Puente Genil (Córdoba).
Mediante el presente anuncio, de conformidad con lo establecido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica que en expediente de subrogación de contrato de arrendamiento de vivienda de promoción pública sobre la vivienda perteneciente al grupo CO-0958, finca 29765, sita en calle Francisco de Quevedo, núm. 3, 2.º, 1, de Puente Genil (Córdoba), se ha dictado Resolución de 8 de marzo de 2011, del Gerente Provincial de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, en la que se acuerda desestimar la subrogación contractual y se requiere de desalojo y entrega voluntaria de llaves.
La Resolución se encuentra a disposición del interesado en la Gerencia Provincial de Córdoba, sita en Avda. Ronda de los Tejares, núm. 32, Acc. 1, 1.ª planta, así como la totalidad del expediente administrativo.
Esta Resolución no es firme, y contra la misma podrá formular recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Vivienda, conforme a los arts. 114 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Córdoba, 10 de mayo de 2011.- El Gerente, Rodrigo Barbudo Garijo.
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