Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Intentada infructuosamente la notificación, en dos ocasiones, del siguiente requerimiento de pago, esta Delegación de Salud ha acordado la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento correspondiente, del presente anuncio:
Vista la Sentencia núm. 104/2011, de fecha 14 de febrero de 2011, dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, en el recurso de apelación seguido a instancia de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, dimanante del procedimiento abreviado núm. 335/05, seguido ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo número Uno de los de Almería, por la mercantil Construcciones López Acosta, S.L., frente al expediente sancionador en materia de consumo núm. 125/04, y dado que en la mencionada sentencia –que es firme– se acuerda: Estimar «el recurso de apelación interpuesto por la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía,... confirmando la resolución de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía de 30 de marzo de 2005, por la que se acuerda no admitir el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución del Delegado del Gobierno Andaluz en Almería de 11 de enero de 2005 por ser extemporáneo el recurso interpuesto».
Se requeriere de pago a la entidad Construcciones López Acosta, S.L. que habrá de ingresar el importe de la sanción impuesta en su día: Veintidós mil euros (22.000 €).
Y de conformidad con lo previsto en el artículo 22 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, el ingreso de dicha sanción deberá hacerla efectiva en el plazo siguiente:
- Si la presente notificación es publicada entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o inmediato hábil posterior.
- Si la presente notificación es publicada entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.
Dicho pago se realizará en cualquiera de las cuentas abiertas en las entidades colaboradoras de la Comunidad Autónoma de Andalucía a nombre de «Tesorería General de la Junta de Andalucía», debiendo remitir justificante o fotocopia del mismo a esta Delegación Provincial, ya que, hasta la «toma de razón» de su pago, le constará en descubierto. De no realizarse así, se procederá a su exacción por la vía ejecutiva de apremio, siguiendo el procedimiento del Reglamento General de Recaudación.
Expediente: 125/04.
Empresa imputada: Construcciones López Acosta, S.L..; CIF: B04191029.
Último domicilio conocido: C/ Almería, núm. 27, de Purchena (Almería).
Trámite que se le notifica: Requerimiento de pago de sanción por infracción en materia de consumo.
Total de sanción: Veintidós mil euros (22.000 €).
Almería, 12 de mayo de 2011.- El Delegado, Manuel Lucas Matheu.
Descargar PDF