Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 02/06/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 23 de febrero de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Siete), dimanante de procedimiento ordinario núm. 504/2007. (PP. 1077/2011).

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NIG: 2905442C20070000463.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 504/2007.

Negociado: V.

De: Don Virender Bhandari.

Procurador: Sr. Ernesto del Moral Chaneta.

Letrado: Sr. Antonio Jesús Manzanares Macías.

Contra: Parque Miraflores, S.A.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario núm. 504/2007 seguido a instancia de Virender Bhandari frente a Parque Miraflores, S.A., se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA núm.

En la ciudad de Fuengirola a dos de febrero de dos mil diez.

Vistos por doña Silvia Coll Carreño, Magistrada-Juez Sustituta de Primera Instancia núm. Cuatro de la ciudad de Fuengirola (Málaga) y su partido judicial, los autos de Juicio Ordinario núm. 504/07 seguidos en este Juzgado a instancia de don Virender Bhandari, representado por el Procurador Sr. del Moral Chaneta, y asistido del Letrado Sr. Manzanares Macías, contra la mercantil Parque Miraflores, S.A., en situación de rebeldía procesal, y,

FALLO

Que, estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador Sr. del Moral Chaneta, en nombre y representación de don Virender Bhandari, contra la mercantil Parque Miraflores, S.A., en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la expresada demandada al otorgamiento de escritura pública de compraventa respecto de la Finca Registral núm. 24.634 del Registro de la Propiedad núm. 2 de Mijas, vivienda, apartamento tipo F, en Jardín Miraflores, Sección C, situado en bloque núm. IX, puerta 20, urbanización Riviera del Sol, en Mijas; con la prevención de que, de no llevarse a cabo el otorgamiento de dicha escritura por la misma, se procederá a otorgarse de oficio y a su costa. Todo ello con expresa imposición de costas a la demandada.

Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe recurso de apelación que se preparará en el plazo de cinco días ante este Juzgado y se sustanciará en su caso ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a la causa de su razón, la pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicha demandada, Parque Miraflores, S.A., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Fuengirola, a veintitrés de febrero de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.

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