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La Reserva Natural Peñón de Zaframagón, fue declarada por la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía, y se establecen medidas adicionales para su protección.
Mediante Acuerdo de 20 de febrero de 1996 de Consejo de Gobierno, se establece que la Consejería de Medio Ambiente procederá a la formulación de los Planes de Ordenación de Recursos Naturales de las Reservas y Parajes Naturales incluidos en el Inventario.
El Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Reserva Natural fue aprobado por Decreto 461/2000, de 26 de diciembre, estableciendo en su artículo 2 que el citado Plan tendrá una vigencia de ocho años, susceptible de ser prorrogada por un plazo no superior a cuatro años mediante Orden de la Consejería de Medio Ambiente.
Ejerciendo esta competencia se aprobó una primera prórroga, a través de la Orden de 8 de mayo de 2009 (BOJA núm. 106, de 4 de junio de 2009), fijándose un plazo máximo de dos años.
Estando próximo a concluir dicho plazo, se procede a través de la presente Orden a prorrogar la vigencia del citado Plan.
En su virtud, de conformidad con la legislación vigente,
DISPONGO
Artículo único. Objeto.
Se prorroga la vigencia del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Reserva Natural Peñón de Zaframagón, aprobado por Decreto 461/2000, de 26 de diciembre, hasta la entrada en vigor del Decreto de aprobación del nuevo Plan, fijándose un plazo máximo de prórroga de dos años.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de mayo de 2011
José Juan Díaz Trillo
Consejero de Medio Ambiente
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