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El Decreto 371/2010, de 14 de septiembre (BOJA núm. 192, de 30 de septiembre), aprueba el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Andalucía y modifica el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales, aprobado por Decreto 247/2001, de 13 de noviembre (BOJA núm. 44, de 15 de diciembre).
El Plan de Emergencias por Incendios Forestales de Andalucía (Plan Infoca) contempla, entre sus órganos de carácter provincial, la Dirección Técnica de Emergencias (DTE), integrado con personal adscrito a las respectivas Delegaciones del Gobierno de cada provincia.
Circunstancias derivadas de la vacante, ausencia o enfermedad de los titulares, así como la previsible prolongación de los incendios más allá de la jornada de trabajo, simultaneidad de los mismos u otras que pudieran ocurrir, hacen aconsejable prever una adecuada cobertura en el ejercicio de sus funciones, mediante la previsión de fórmulas de sustitución o suplencia de aquellos empleados públicos que tienen atribuidas responsabilidades específicas en el Plan.
A la vista de lo anterior, se hace necesario establecer el régimen de suplencia o sustitución de dicho personal.
De conformidad con las atribuciones previstas en el artículo 9 del Decreto 512/1996, de 10 de diciembre (BOJA núm. 144, de 14 de diciembre), por el que se crean y regulan las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, en relación con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 109 de la Ley 9/2007, sobre la Administración de la Junta de Andalucía,
RESUELVO
Único. El representante de la Delegación del Gobierno, en la provincia de Jaén, en la Dirección Técnica de Emergencias, en los supuestos de: vacante, ausencia, permisos y/o licencias reglamentarias, circunstancias derivadas de la prolongación de los incendios fuera de la jornada de trabajo, simultaneidad con otras actividades encomendadas en relación con el puesto desempeñado en la Delegación del Gobierno y que condicionen el ejercicio por sus titulares de las funciones que les corresponden, será sustituido por el personal con la categoría Asesor Técnico de Gestión de Emergencias, según el orden de preferencia determinado en el cuadrante anual de turnos establecido para la organización interna del servicio y rubricado por las partes implicadas.
Jaén, 18 de mayo de 2011.- El Delegado del Gobierno, Felipe López García.
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