Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 15/06/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 31 de mayo de 2011, del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de autos núm. 725/2009.

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Procedimiento: Social Ordinario 725/2009. Negociado: 3.

Sobre: Reclamación de Cantidad.

NIG: 4109144S20090007859.

De: Don Antonio Cívico de la Rosa.

Contra: Belmezana del Plástico, S.L.

EDICTO

Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 725/2009 a instancia de la parte actora don Antonio Cívico de la Rosa contra Belmezana del Plástico, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 25.3.2011 del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Antonio Cívico de la Rosa contra Belmazana del Plástico, S.L., en cuya virtud, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de cinco mil seiscientos veintinueve euros (5.629 euros).

Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma cabe Recurso de Suplicación, ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de cinco días hábiles siguientes a tal notificación, por escrito, comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente ante este Juzgado de lo Social.

De hacerse uso de este derecho por la parte condenada, deberá acreditar al anunciar el recurso haber ingresado el importe de la condena en la cuenta de Depósitos y Consignaciones Judiciales de este Juzgado en el Banesto, Oficina 4325, sita en C/ José Recuerda Rubio, 4 (Urbana Avda. Buhaira-Viapol) de esta capital, abierta con el núm. 4023000065, utilizando para ello el modelo oficial y citando en el mismo el núm. de autos y año del procedimiento; tal consignación podrá sustituirla por aval bancario, en el que deberá constar la responsabilidad solidaria del avalista, quedando el documento presentado en poder del Sr. Secretario Juzgado.

Igualmente y al formalizar el recurso, deberá efectuar el depósito de 150,25 € en la cuenta 4023000065, que tiene abierta este Juzgado en la misma entidad bancaria, haciéndose dicho depósito de la misma manera arriba indicada.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada la anterior resolución por la Sra. Juez que la dictó, en legal forma, y el mismo día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Belmezana del Plástico, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a treinta y uno de mayo de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.

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