Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 16/06/2011

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación

Corrección de errores de la Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género (BOJA núm. 108, de 3.6.2011).

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Advertidos errores en la Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género (BOJA núm. 108, de 3 de junio de 2011), procede subsanar los mismos en los siguientes términos:

1. En la página 8, primera columna, párrafo e) del art. 5.

Donde dice:

«e) El personal funcionario interino o aspirante a interinidad integrante de las bolsas de trabajo de los distintos cuerpos y especialidades docentes.»

Debe decir:

«e) El personal funcionario interino integrante de las bolsas de trabajo de los distintos cuerpos y especialidades docentes.»

2. En la página 10, segunda columna.

Donde dice:

«4. El personal funcionario interino o aspirante a interinidad que no participe en una convocatoria para la adjudicación de puestos de trabajo docentes con carácter provisional permanecerá en la bolsa de trabajo a la que pertenezca, pero no podrá obtener destino ni realizar sustituciones mientras no participe en una nueva convocatoria.

En el supuesto de que no participe en la siguiente convocatoria quedará excluido de la bolsa del cuerpo y especialidad en la que figure. También quedará excluido de la referida bolsa el personal funcionario interino o aspirante a interinidad que no participe, para la obtención de un puesto provisional, en las convocatorias de dos cursos académicos alternos.»

Debe decir:

«4. El personal funcionario interino que no participe en una convocatoria para la adjudicación de puestos de trabajo docentes con carácter provisional permanecerá en la bolsa de trabajo a la que pertenezca, pero no podrá obtener destino ni realizar sustituciones mientras no participe en una nueva convocatoria.

En el supuesto de que no participe en la siguiente convocatoria quedará excluido de la bolsa del cuerpo y especialidad en la que figure. También quedará excluido de la referida bolsa el personal funcionario interino que no participe, para la obtención de un puesto provisional, en las convocatorias de dos cursos académicos alternos.»

Sevilla, 6 de junio de 2011

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