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El Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes, establece en los capítulos IV y V los procedimientos de provisión de puestos de trabajo docentes con carácter provisional, el ámbito personal de los mismos y la adjudicación de los destinos.
Por otra parte, la Orden de 24 de mayo de 2011 (BOJA de 3 de junio) regula los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género.
El artículo 4 de la mencionada Orden establece que para cada curso académico se realizará una convocatoria, por Resolución de la Dirección General competente en materia de profesorado, para la cobertura, con carácter provisional, de puestos vacantes de la plantilla de funcionamiento por personal funcionario de carrera, en prácticas o interino, al objeto de atender las necesidades de los centros, zonas y servicios educativos.
Asimismo, se establece en dicho artículo que serán objeto de adjudicación en la referida convocatoria todos los puestos de trabajo previstos en las plantillas de funcionamiento de los centros docentes, zonas o servicios educativos que no se hallen ocupados efectivamente por sus titulares definitivos ni sean objeto de convocatorias específicas acogidas al procedimiento regulado en el capítulo III de la referida Orden.
Todo ello ha de articularse de forma que el servicio educativo se preste con la mayor eficacia, de acuerdo con las necesidades que para los distintos centros docentes públicos de Andalucía establezca la oportuna planificación escolar.
En su virtud, de acuerdo con las facultades conferidas por la Orden de 24 de mayo de 2011, esta Dirección General ha resuelto dictar las siguientes bases en orden a la adjudicación de destinos provisionales, para el curso 2011/2012, para el personal funcionario docente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, perteneciente o asimilado a los cuerpos de maestros, catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas; de profesores de música y artes escénicas y de catedráticos, profesores y maestros de taller de artes plásticas y diseño.
Primera. Participantes y ordenación de los colectivos.
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género, el personal participante que deberá participar en el presente procedimiento se ordenará del siguiente modo:
1.1. Personal funcionario de carrera titular de un puesto de trabajo suprimido.
1.2. Personal funcionario de carrera desplazado de su centro de destino por insuficiencia total de horario.
1.3. Personal funcionario de carrera que se acoja a la opción de cambio de centro al finalizar el mandato en el ejercicio de la dirección.
1.4. Personal funcionario de carrera en el último año de adscripción en el extranjero.
1.5. Personal funcionario de carrera que reingresa sin reserva de puesto de trabajo.
1.6. Personal funcionario de carrera sin destino definitivo.
1.7. Personal funcionario de carrera que haya obtenido una comisión de servicio.
1.8. Personal funcionario en prácticas.
1.9. Personal funcionario interino integrante de las bolsas de trabajo de los distintos cuerpos y especialidades docentes.
2. Podrá participar el personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes que, no perteneciendo a ninguno de los colectivos a que se refiere el apartado anterior, solicite expresamente puestos de los recogidos en el Anexo VI. A los efectos de su participación en este procedimiento, este personal tendrá la consideración de beneficiario de una comisión de servicio, ordenándose, por tanto, dentro del colectivo 1.7, en la forma que se establece en la base séptima.
3. El personal participante presentará solicitud en este procedimiento de acuerdo con lo establecido, para cada colectivo, en las bases correspondientes.
Segunda. Solicitudes, plazos y formas de presentación.
1. Solicitudes.
En aplicación de lo establecido en la disposición adicional quinta del Decreto 302/2010, de 1 de junio, y en el artículo 6 de la Orden de 24 de mayo de 2011, quienes participen en este procedimiento cumplimentarán la solicitud correspondiente mediante un formulario asociado a la misma que se facilitará a través del portal web de la Consejería de Educación. Dicho formulario se cumplimentará a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyan, y se podrá imprimir a continuación. La cumplimentación de la solicitud mediante este sistema generará un número de identificación para cada solicitud. La telecumplimentación no eximirá de su efectiva presentación, en los términos establecidos en el apartado 3.
2. Plazos de presentación de solicitudes.
2.1. El personal participante de los colectivos a que se refiere el apartado 1 de la base primera presentará la solicitud en los diez días siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de lo que se indique para el personal desplazado en la correspondiente acta de propuesta de desplazamiento.
2.2. El personal funcionario con destino definitivo solicitante de alguno de los puestos relacionados en el Anexo VI a que se refiere el apartado 2 de la misma base, que no participe en este procedimiento por ninguno de los colectivos del apartado 1, habrá de presentar la solicitud, asimismo, en los diez días siguientes a la publicación de la presente convocatoria.
3. Formas de presentación de solicitudes.
De conformidad con lo establecido en el artículo 6.2 de la Orden de 24 de mayo de 2011, una vez cumplimentadas las solicitudes en la forma a que se refiere el apartado 1, se habrán de imprimir presentarse por una de las siguientes vías:
a) En los registros de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
b) Asimismo, las solicitudes podrán teletramitarse, mediante el correspondiente certificado digital.
Tercera. Petición de destino y prioridad en su adjudicación.
1. Petición de destino.
1.1. El personal que participe en este procedimiento podrá solicitar hasta un máximo de 100 peticiones a centros, servicios educativos o localidades.
1.2. La petición de localidad o provincia incluye todos los centros de las mismas y la adjudicación se realizará por el orden alfabético de las localidades, de solicitarse provincia, o según el código numérico de los centros, ordenados de menor a mayor, en el caso de las localidades. No obstante, para todos los puestos de los centros relacionados en el Anexo V no regirá el principio anterior, debiendo solicitarse expresamente tales códigos de centros en la solicitud correspondiente.
Los códigos de las provincias son los siguientes: Almería: 04; Cádiz: 11; Córdoba: 14; Granada: 18; Huelva: 21; Jaén: 23; Málaga: 29; Sevilla: 41.
De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de 24 de mayo de 2011, los códigos de los puestos que se consignen serán determinantes. Cuando éstos se consignen sin atender las instrucciones de la solicitud o el formulario asociado a la misma a que se refiere el apartado 1 de la base segunda de forma que resulten ilegibles, estén incompletos o los datos no figuren en las casillas correspondientes, se considerarán no incluidos en la petición.
1.3. La petición de destino tendrá validez exclusivamente para el curso académico 2011/2012, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 17.2 de la Orden de 24 de mayo de 2011.
2. Prioridad en la adjudicación.
2.1. La prioridad en la adjudicación de destino vendrá dada según el orden en que va relacionado el personal participante en la base primera, por el orden de las peticiones y de acuerdo con los criterios establecidos para cada colectivo.
2.2. No obstante, en los supuestos de comisiones de servicio catalogadas como muy graves por razones de salud del profesorado, y de conformidad con el artículo 8.5 de la Orden de 24 de mayo de 2011, el orden de adjudicación de destinos del personal que haya obtenido una comisión de servicio de dichas características y así catalogada será el inmediatamente anterior al establecido para el personal funcionario del colectivo 1.6.
3. Preferencia.
3.1. Para la adjudicación de los destinos tiene preferencia el centro, servicio educativo o localidad solicitados sobre la especialidad o, en su caso, habilitación, salvo que en la base correspondiente se indique otro extremo para determinados colectivos.
3.2. Asimismo, para la adjudicación de puestos con requisitos específicos relacionados en el Anexo VI, cualquiera que sea el colectivo por el que se participa, tendrá preferencia el puesto específico sobre otros puestos, en cada centro, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.2 de la Orden de 24 de mayo de 2011.
Cuarta. Personal funcionario de carrera titular de un puesto de trabajo suprimido o desplazado de su centro de destino por insuficiencia total de horario.
1. Petición de destino (Anexo I) y prioridad en la adjudicación.
1.1. El personal funcionario de carrera en situación de supresión o desplazado por insuficiencia total de horario en su centro de destino deberá presentar solicitud de participación en este procedimiento, para lo que solicitará puestos de trabajo en cualquier centro, servicio educativo, localidad o provincia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por la especialidad o especialidades de que sea titular o para las que esté habilitado, en el caso del cuerpo de maestros. Asimismo, podrá solicitar puestos específicos de los relacionados en el Anexo VI, de reunir los requisitos para su desempeño.
1.2. El referido personal deberá consignar, por orden de preferencia, los códigos de todas las especialidades para las que esté habilitado. En caso contrario serán incluidas de oficio por la Administración educativa.
De no participar en este procedimiento, o no obtener destino en el mismo, la Administración educativa adjudicará de oficio un destino provisional al personal en situación de supresión y desplazado por falta de horario, respetando el ámbito de la localidad donde se ubica el centro desde el que fue suprimido o desplazado. De no ser ello posible, y en virtud de lo establecido en el artículo 10.3 de la Orden de 24 de mayo de 2011, se le adjudicará, de oficio, un puesto provisional en otra localidad cercana, hasta un límite de 50 km.
1.3. Con anterioridad a la resolución definitiva de este procedimiento, se retornará a sus centros de destino al personal suprimido o desplazado si, con posterioridad al acto de desplazamiento, surgiera una vacante en el mismo de su especialidad o de las especialidades para las que estuviera habilitado, siempre que lo haya solicitado en primer lugar en el Anexo I. Para ello, gozará de prioridad respecto de otro personal desplazado de la misma localidad y distinto centro de destino.
1.4. Tendrá prioridad el personal de la localidad de destino sobre el procedente de otras localidades. La obtención de una localidad por derecho preferente no supone la obtención de un puesto concreto, de existir varios, pues el procedimiento se lleva a cabo en concurrencia con otro personal peticionario que, no teniendo dicha preferencia, alcanza, sin embargo, mayor puntuación por aplicación de los criterios del apartado 2.
En su caso, y con las salvedades del subapartado 1.2, la Administración respetará el ámbito geográfico de localidad.
2. Criterios para la adjudicación de destinos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.2 y 3 de la Orden de 24 de mayo de 2011, la prioridad en la adjudicación de destinos, por cuerpos, se regirá por los siguientes criterios:
2.1. Cuerpo de maestros.
a) Mayor antigüedad en el centro en el que se encuentra en situación de supresión o desde el que se produjo el desplazamiento por insuficiencia total de horario.
b) Mayor tiempo de servicios como personal funcionario del cuerpo de maestros.
c) Año más antiguo de ingreso en el cuerpo de maestros.
d) Orden o escalafón en la promoción de ingreso en el cuerpo de maestros.
2.2. Resto de cuerpos docentes.
a) Mayor tiempo de servicio como personal funcionario de carrera en cualquiera de los cuerpos del subgrupo a que esté adscrito el puesto a que se aspira.
b) Mayor antigüedad en el centro en el que se encuentra en situación de supresión o desde el que se produjo el desplazamiento por insuficiencia total de horario.
c) Año más antiguo de ingreso en alguno de los cuerpos del subgrupo a que esté adscrito el puesto solicitado.
d) Dentro de cada cuerpo, en su caso, orden o escalafón en que figuró en el procedimiento selectivo de ingreso.
e) En su caso, pertenencia al correspondiente cuerpo de catedráticos.
Quinta. Personal funcionario de carrera que se acoja a la opción de cambio de centro al finalizar el mandato en el ejercicio de la dirección.
1. Petición de destino (Anexo I).
El personal funcionario de carrera que se acoja a la opción de cambio de centro al finalizar el mandato en el ejercicio de la dirección, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 134.6 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, podrá participar en este procedimiento, para lo que deberá solicitar puestos de trabajo en cualquier centro, servicio educativo o localidad, por la especialidad del puesto de destino. Asimismo, podrá solicitar puestos específicos de los relacionados en el Anexo VI, de reunir los requisitos para su desempeño.
De no consignar ninguna especialidad o indicar otra distinta a la del puesto de destino, la Administración consignará de oficio la relativa a dicho puesto.
2. Criterios para la adjudicación de destinos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.4 de la Orden de 24 de mayo de 2011, la prioridad en la adjudicación de destinos se regirá por los siguientes criterios:
a) Mayor antigüedad en el cuerpo correspondiente o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto a que se aspira.
b) Año más antiguo de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
c) Orden o escalafón en la promoción de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
d) En su caso, pertenencia al correspondiente cuerpo de catedráticos.
Sexta. Personal funcionario de carrera que reingrese o no tenga destino definitivo.
1. Petición de destino (Anexo I).
1.1. El personal de los colectivos 1.4, 1.5 y 1.6 habrá de presentar solicitud, si no ha obtenido destino definitivo en el concurso de traslados convocado por la Orden de 12 de noviembre de 2010 y se da alguna de las siguientes circunstancias:
a) Hallarse en el último año de adscripción en el extranjero.
b) Haber reingresado durante el curso 2010/2011 tras el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales.
c) Reingresar por el presente procedimiento de adjudicación de destinos provisionales.
d) No haber obtenido aún su primer destino definitivo o haber pasado a la situación de provisional durante el curso 2010/2011, por cualquier circunstancia.
e) Pasar a la condición de personal funcionario de carrera a 1 de septiembre de 2011 (personal en prácticas en el curso 2010/2011).
1.2. El personal de los colectivos 1.4 y 1.5 podrá solicitar puestos de trabajo de su especialidad o de las especialidades de que sea titular o, en el caso del cuerpo de maestros, para las que estuviera habilitado en cualquier centro, servicio educativo o localidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Asimismo, podrá solicitar puestos específicos de los relacionados en el Anexo VI, de reunir los requisitos para su desempeño.
1.3. El personal integrante del colectivo 1.4 tendrá derecho preferente en la localidad de su último destino, de solicitarlo y con ocasión de vacante.
1.4. El personal del colectivo 1.6 que nunca haya obtenido un destino definitivo tendrá que solicitar puestos de trabajo sólo por la especialidad de ingreso o acceso en cualquier centro, servicio educativo o localidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Asimismo, podrá solicitar puestos específicos de los relacionados en el Anexo VI, de reunir los requisitos para su desempeño y referidos asimismo a la especialidad de ingreso o acceso.
1.5. El personal funcionario de carrera a que se refiere la presente base deberá indicar, por orden de preferencia, las ocho provincias de Andalucía. De no hacerlo así, podrá ser destinado a cualquier centro o servicio educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Criterios para la adjudicación de destinos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.4 de la Orden de 24 de mayo de 2011, la prioridad en la adjudicación de destinos se regirá por los siguientes criterios:
a) Mayor antigüedad en el cuerpo correspondiente o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto a que se aspira.
b) Año más antiguo de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
c) Orden o escalafón en la promoción de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
d) En su caso, pertenencia al correspondiente cuerpo de catedráticos.
Séptima. Personal funcionario de carrera que haya obtenido una comisión de servicio.
1. Petición de destino (Anexo I).
El personal funcionario de carrera al que se haya concedido una comisión de servicios para el curso académico 2011/2012 deberá participar en este procedimiento, para lo que deberá solicitar puestos de trabajo en cualquier centro, servicio educativo o localidad de la provincia para la que se le conceda comisión de servicios, por la especialidad del puesto de destino. Asimismo, podrá solicitar puestos específicos de los relacionados en el Anexo VI, de reunir los requisitos para su desempeño.
De no consignar ninguna especialidad o indicar otra distinta a la del puesto de destino desde el que solicita la participación en este procedimiento, la Administración consignará de oficio la relativa a dicho puesto.
No obstante lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.2 de la Orden de 24 de mayo de 2011, el personal funcionario de carrera al que se haya concedido una comisión de servicio para el curso académico 2011/2012 por enfermedad propia podrá solicitar puestos de trabajo en cualquier localidad, centro, zona o servicio educativo de la provincia para la que se le haya concedido comisión de servicio, por la especialidad o especialidades de que sea titular o, en el caso del cuerpo de maestros, para las que esté habilitado.
2. Orden en la adjudicación de destino.
2.1. Se adjudicará destino, con ocasión de vacante, en primer lugar al personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Consejería de Educación que haya obtenido comisión de servicio por los siguientes motivos, por este orden:
a) Por razones de salud propia del personal funcionario de carrera.
b) Por concurrir en el personal funcionario de carrera la condición de cargo electo en corporaciones locales.
c) Por razones de salud de cónyuges o parejas de hecho y de familiares convivientes en primer grado de consanguinidad o afinidad del personal funcionario de carrera.
d) Por concurrir en el personal funcionario de carrera la circunstancia de ser cónyuge o pareja de hecho de altos cargos o titulares de puestos de libre designación en las Administraciones públicas.
e) Por formar parte del personal a que se refiere el apartado 2 de la base primera.
2.2. A continuación se adjudicará destino, en su caso y con ocasión de vacante, al personal funcionario procedente de otras Administraciones educativas.
3. Criterios para la adjudicación de destinos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.4 de la Orden de 24 de mayo de 2011, la prioridad en la adjudicación de destinos se regirá por los siguientes criterios:
a) Mayor antigüedad en el cuerpo correspondiente o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto a que se aspira.
b) Año más antiguo de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
c) Orden o escalafón en la promoción de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
d) En su caso, pertenencia al correspondiente cuerpo de catedráticos.
Octava. Personal funcionario en prácticas.
1. Ámbito personal.
Forma parte del ámbito personal de esta base el siguiente personal:
a) Personal que resulte seleccionado en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 14 de marzo de 2011.
b) Personal seleccionado en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 25 de marzo de 2010, autorizado a aplazamiento de la fase de prácticas.
2. Petición de destino.
El personal participante en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 14 de marzo de 2011 no habrá de participar en esta convocatoria por haberlo hecho en el plazo establecido en la referida Orden, mediante la cumplimentación del Anexo III de la misma, sin perjuicio de lo establecido en la base decimoséptima.
El personal a que se refiere el párrafo b) del apartado 1 deberá solicitar puestos de trabajo (Anexo I) sólo por la especialidad de ingreso en cualquier centro, servicio educativo o localidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Asimismo, podrá solicitar puestos específicos de los relacionados en el Anexo VI, de reunir los requisitos para su desempeño y referidos asimismo a la especialidad de ingreso. También deberá indicar en el apartado correspondiente de la solicitud, por orden de preferencia, las ocho provincias de Andalucía. De no hacerlo así, será destinado de oficio a cualquier centro o servicio educativo de la Comunidad Autónoma.
3. Criterios para la adjudicación de destinos.
En virtud de lo establecido en el artículo 8.6 de la Orden de 24 de mayo de 2011, se adjudicará destino en función de las peticiones presentadas, preferentemente por la especialidad de ingreso, por el orden en que figure en la relación del personal seleccionado en el correspondiente procedimiento selectivo.
Novena. Personal funcionario de carrera que solicite puestos con requisitos específicos.
1. Solicitantes (Anexo I).
Con independencia de lo establecido en las bases anteriores para los colectivos de los párrafos 1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 1.5, 1.6, 1.7 y 1.8 de la base primera, el personal funcionario con destino definitivo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que no participe en este procedimiento por ninguno de dichos colectivos, podrá solicitar puestos específicos de los relacionados en el Anexo VI, de reunir los requisitos para su desempeño.
No obstante, quienes hayan obtenido con carácter definitivo un puesto bilingüe a través de los concursos de traslados convocados por Órdenes de 4 de diciembre de 2008, de 10 de noviembre de 2009 y de 12 de noviembre de 2010 decaerán en el derecho a su participación en el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales para la obtención de otro puesto bilingüe, por este apartado.
2. Criterios para la adjudicación de destinos.
2.1. Al personal que participe por cada uno de los colectivos 1.1, 1.2, 1.3, 1.4, 1.5, 1.6, 1.7 y 1.8 se le adjudicará un puesto de estas características, en su caso, de acuerdo con los criterios establecidos para cada colectivo en la correspondiente base.
2.2. Para el resto del personal funcionario de carrera solicitante, y de conformidad con lo establecido en el artículo 8.4 de la Orden de 24 de mayo de 2011, la prioridad en la adjudicación de destinos se regirá por los siguientes criterios:
a) Mayor antigüedad en el cuerpo correspondiente o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto a que se aspira.
b) Año más antiguo de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
c) Orden o escalafón en la promoción de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
d) En su caso, pertenencia al correspondiente cuerpo de catedráticos.
Décima. Personal funcionario interino.
1. Petición de destino (Anexo II).
1.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Orden de 24 de mayo de 2011, el personal funcionario interino integrante de las bolsas de trabajo docentes deberá participar en el presente procedimiento, en el plazo y forma a que se refiere la base segunda, para lo que deberá consignar en la solicitud, por orden de preferencia, centros, servicios educativos o localidades, así como, al menos, cuatro provincias de Andalucía, también por orden de preferencia para la obtención de vacantes. De no consignar al menos las referidas cuatro provincias, se incluirán de oficio las ocho provincias por orden alfabético.
Las peticiones se referirán a puestos de la especialidad y cuerpo en cuya bolsa de trabajo figure dicho personal, así como, en su caso y con carácter voluntario, a puestos específicos de los relacionados en el Anexo VI, de reunir los requisitos para su desempeño.
Para la participación en la adjudicación de los puestos con requisitos específicos, el personal funcionario interino ha de formar parte de la bolsa correspondiente al perfil del puesto solicitado. En el caso de puestos bilingües, el personal solicitante habrá de pertenecer a la correspondiente bolsa bilingüe, sin perjuicio de lo establecido en la Orden de 14 de marzo de 2011, para el personal del cuerpo de maestros.
En el supuesto del personal funcionario interino integrante de las bolsas de trabajo asociadas al cuerpo de maestros, no habrá de cumplimentar ningún Anexo para este procedimiento por haber participado en el mismo de acuerdo con lo establecido en la base undécima de la Orden de 14 de marzo de 2011, mediante la cumplimentación del Anexo III de la misma, salvo, en su caso, el personal mayor de 55 años a que se refiere la disposición transitoria primera del Decreto 302/2010, de 1 de junio, que no haya concurrido al mencionado procedimiento selectivo y sin perjuicio de lo establecido en la base decimoséptima.
A los efectos de lo establecido en esta base, se entiende por personal funcionario interino el integrante de las bolsas de trabajo, con tiempo de servicio prestado en la Administración educativa andaluza a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
1.2. No obstante lo anterior, el personal funcionario interino mayor de 55 años a que se refiere la disposición transitoria primera del Decreto 302/2010, de 1 de junio, deberá consignar todas las provincias de la Comunidad Autónoma, si desea hacer efectiva la estabilidad laboral garantizada en la mencionada disposición transitoria. De no consignar las ocho provincias, la adjudicación se referirá sólo a las provincias solicitadas, al menos cuatro, de forma que, de no obtener vacante en el procedimiento, decaerá en el derecho a dicha estabilidad para el curso académico correspondiente, pasando a la situación de disponible en la correspondiente bolsa de trabajo, para la cobertura de posibles vacantes o sustituciones.
1.3. Asimismo, el personal funcionario interino deberá consignar en la solicitud que corresponda al menos una provincia, y potestativamente hasta las ocho de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la cobertura de puestos de sustitución. De no consignarse provincia alguna para este fin, la Administración incluirá de oficio la primera provincia consignada para vacantes, en el supuesto del personal funcionario interino.
1.4. El personal funcionario interino en quien se dé la circunstancia de enfermedad grave propia que dificulte llevar a cabo su labor docente, de su cónyuge o pareja de hecho o de familiares convivientes en primer grado de consanguinidad, podrá participar en el procedimiento de provisión de puestos, con carácter provisional, a una sola provincia, consignando tal dato en la solicitud. De no indicarse expresamente en la solicitud, o no aportarse la documentación que se establezca, se tendrá por decaído el derecho solicitado.
De no estimarse dicha circunstancia, se tendrán en cuenta las provincias consignadas de acuerdo con lo establecido en el subapartado 1.1.
De estimarse la circunstancia y no resultar adjudicatario de un destino provisional, pasará a ocupar el lugar que le corresponda en la bolsa de trabajo.
1.5. El personal funcionario interino que no participe en la convocatoria para la adjudicación de puestos de trabajo docentes con carácter provisional permanecerá en la bolsa de trabajo a la que pertenezca, pero no podrá obtener destino en el curso 2011/2012 ni realizar sustituciones mientras no participe en una nueva convocatoria.
2. Opción de cambio de bolsa.
De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Orden de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal, el personal funcionario interino podrá utilizar el apartado correspondiente del Anexo II para optar por una de las bolsas de trabajo en que figure, con las consecuencias que en dicha disposición se establece.
3. Criterios para la adjudicación de destino.
3.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 8.7 de la Orden de 24 de mayo de 2011, la prioridad en la adjudicación de destinos vendrá dada por el orden en que figure en la correspondiente bolsa de trabajo.
La obtención de un destino provisional por parte del personal funcionario interino mayor de cincuenta y cinco años a que se refiere la disposición transitoria primera del Decreto 302/2010, de 1 de junio, se llevará a cabo en concurrencia con otro personal interino que, no siendo beneficiario de la garantía de estabilidad laboral recogida en dicha disposición, tenga, sin embargo, mayor derecho en aplicación de los criterios de adjudicación de destinos.
3.2. El proceso informatizado recorrerá, en primer lugar, las peticiones del personal funcionario interino, hasta encontrar vacante, en la especialidad a que se pertenezca. De no adjudicarse destino por esta vía, el proceso recorrerá, una a una, las provincias reseñadas en la solicitud, por el orden en que figuran.
De no resultar adjudicatario de un destino, dicho personal pasará a la situación de disponible en su bolsa de trabajo, para la cobertura de posibles vacantes o sustituciones.
Undécima. Personal aspirante a interinidad integrante de las bolsas de trabajo.
1. Ámbito personal.
A los efectos de lo establecido en esta base, se entiende por personal aspirante a interinidad el integrante de las bolsas de trabajo sin tiempo de servicio a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
2. Participación.
El personal aspirante a interinidad no está obligado a participar en esta convocatoria, salvo que desee modificar las peticiones a provincia, para sustituciones, para lo que cumplimentará el Anexo III, salvo el personal de bolsas asociadas al cuerpo de maestros.
Duodécima. Puestos objeto de adjudicación.
1. Serán objeto de adjudicación, con carácter general, todos los puestos de trabajo previstos para el curso académico 2011/2012 en las correspondientes plantillas presupuestarias que no se hallen ocupados efectivamente por sus titulares definitivos, ni sean objeto de convocatorias especiales por resultar afectados por la existencia de requisitos específicos.
Los códigos de los puestos, por especialidades, son, para el cuerpo de maestros, los establecidos en los apartados 4.6.1 y 4.6.2 de la Orden de 12 de noviembre de 2010, y para el resto de los cuerpos, en los Anexos VII, VIII, IX, X , XI, XII y XIII de la misma disposición.
Los centros y localidades que se relacionan en los Anexos III-a y III-b, IV, V-a y V-b, VI, XIV-a y XIV-b de la Orden de 12 de noviembre de 2010 (BOJA del 19), por la que se convoca procedimiento de provisión de vacantes para los distintos cuerpos docentes, con las modificaciones que se relacionan en el Anexo IV.
2. No obstante lo anterior, la cobertura de todos los puestos de los centros que se relacionan en el Anexo V se llevará a cabo de forma voluntaria, por lo que sólo serán objeto de adjudicación si se solicitan expresamente.
En el supuesto de solicitarse localidades o provincias, no se adjudicarán de oficio los puestos de los centros referenciados en el párrafo anterior.
3. Puestos específicos y requisitos para su desempeño.
3.1. En el Anexo VI figuran los códigos de los puestos específicos objeto de cobertura a través de esta convocatoria, así como los requisitos establecidos para su provisión y las especialidades que permiten acceder a los mismos. Asimismo figuran los puestos para cuya cobertura se precisa la expresa solicitud de los mismos.
3.2. En el Anexo VII figuran los requisitos de titulación para la provisión de puestos específicos bilingües.
En los casos en que la cobertura de los puestos esté asociada al cumplimiento de requisitos de titulación, estos han de poseerse en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes y las fotocopias aportadas estarán firmadas, haciendo constar en ellas la leyenda «Es copia fiel del original» (sólo en los casos de presentación en un registro no telemático), con lo que se responsabilizan expresamente de la veracidad de la documentación aportada. En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la participación en la convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiera lugar.
3.3. En los casos en que la cobertura de los puestos esté asociada al cumplimiento de requisitos de experiencia en puestos de iguales o similares características, dichos requisitos se comprobarán de oficio por la Administración educativa, por lo que la persona interesada en su cobertura sólo tendrá que señalar en la solicitud que cumple el requisito correspondiente.
Decimotercera. Publicación de adjudicación de destinos y efectos.
1. Mediante Resolución de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, se adjudicarán provisionalmente los destinos, concediéndose un plazo de cinco días naturales a partir de su exposición en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, para reclamaciones, y se elevarán a definitivas los listados con los destinos adjudicados, que se publicarán, asimismo, por Resolución de dicha Dirección General, en los tablones de anuncios de las citadas Delegaciones Provinciales, con los efectos previstos en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La adjudicación de destinos se publicará en la página web de la Consejería de Educación, a efectos meramente informativos.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables y tendrán efectos económicos y administrativos de 1 de septiembre de 2011.
Decimocuarta. Renuncias para el personal funcionario interino.
No obstante lo establecido en la base decimotercera, el personal funcionario interino adjudicatario de un destino a través del procedimiento a que se refiere la presente convocatoria podrá solicitar renuncia al puesto adjudicado, en el plazo, con los requisitos y mediante el procedimiento a que se refiere el artículo 23 de la Orden de 8 de junio de 2011.
Decimoquinta. Permanencia en centros acogidos al programa de calidad y mejora de los rendimientos escolares.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.9 de la Orden de 24 de mayo de 2011, el personal participante en el programa de calidad y mejora de los rendimientos escolares en los centros docentes públicos que solicite el centro en el que presta servicio, acogido a dicho programa, tendrá prioridad en la adjudicación del destino respecto del resto del profesorado del colectivo al que pertenezca. Para ello habrá de consignar el código del centro donde desea permanecer en primer lugar en el apartado de petición de centros y localidades de dicha solicitud. De no consignar la prioridad del centro, se entiende que no desea acogerse a la citada permanencia.
En el caso de que hubiera más de un profesor o profesora pertenecientes al mismo colectivo en el mismo centro, se aplicarán los criterios de prioridad establecidos en la base correspondiente al referido colectivo.
La permanencia en los referidos centros estará supeditada al mejor derecho de quienes participen por colectivos anteriores y a la ocupación, en su caso, por la persona titular de dicho puesto.
Decimosexta. Permanencia en puestos de carácter bilingüe u otros puestos específicos.
De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria única de la Orden de 24 de mayo de 2011, los puestos específicos ocupados en el curso 2010/2011 por el personal funcionario de carrera o interino, tras su participación en una convocatoria pública, podrán prorrogarse para el curso académico 2011/2012 si figuran en la correspondiente plantilla de funcionamiento, no han sido ocupados por sus titulares, no exista informe desfavorable de la dirección del centro y se soliciten en primer lugar.
A tal efecto, se habrá de rellenar el apartado correspondiente de la solicitud, indicando además los códigos de centro y puesto objeto de la prórroga. En el caso de que el puesto solicitado penda de una Delegación Provincial, se indicará el código de la misma.
De concederse la prórroga en el puesto de carácter específico, no se aplicará el procedimiento general a que se refiere esta Resolución, de participar por otros colectivos.
Decimoséptima. puestos específicos para el personal participante en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 14 de marzo de 2011.
En el supuesto de que el personal participante en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 14 de marzo de 2011 desee solicitar, en el plazo a que se refiere la base segunda, puestos específicos de los relacionados en el Anexo VI, de reunir los requisitos para su desempeño y referidos a la bolsa de la especialidad en que figure o, en su caso, a la especialidad por la que participe en el referido procedimiento, mediante la cumplimentación del Anexo II.
La cumplimentación, en este supuesto, del Anexo II por parte del referido personal conllevará la anulación del Anexo III de la citada Orden de 14 de marzo de 2011, presentado en su día, por lo que habrán de consignarse en él no sólo los datos de puestos específicos, sino también los solicitados en el referido Anexo III.
Recursos procedentes.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la persona titular de la Consejería de Educación, de conformidad con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 8 de junio de 2011.- El Director General, Manuel Gutiérrez Encina.
ANEXO IV
MODIFICACIONES AL LISTADO DE LOCALIDADES Y CENTROS DE LOS ANEXOS III-a y XIV-a DE LA ORDEN DE 12 DE NOVIEMBRE DE 2010 (BOJA DEL 19)
1. SUPRESIONES DE CENTRO
LOCALIDAD | CÓDIGO DE LOCALIDAD | NOMBRE DEL CENTRO |
CÓDIGO DEL CENTRO |
BAÚL (BAZA) | 180230002 | C.E.PR. «LA TORRE» | 18601710C |
BARRANCO DEL SOL (ALMOGÍA) | 290110005 | E.I. «JOSÉ Mª MORENO MUÑOZ» | 29000645C |
SEVILLA | 410910002 | E.I. «JUAN DE ARGUIJO» | 41008799C |
2. ADICIONES DE NUEVOS CENTROS
LOCALIDAD | CÓDIGO DE LOCALIDAD | NOMBRE DEL CENTRO |
CÓDIGO DEL CENTRO |
VENTA GUTIÉRREZ-CABAÑUELAS (VÍCAR) | 041020008 | C.E.I.P. NUEVO | 04008388C |
CÁDIZ | 110120001 | INST. PROV. FERNANDO QUIÑONES | 11001749C |
ESTEPONA | 290510006 | I.E.S. NUEVO | 29009119C |
PALOMARES DEL RÍO | 410700001 | I.E.S. NUEVO | 41017673C |
SANTIPONCE | 410890001 | C.E.I.P. NUEVO | 41012043C |
SEVILLA | 410910002 | I.E.S. NUEVO | 41014003C |
SEVILLA | 410910002 | C.C. VIRGEN DE LA ESPERANZA | 41005270C |
SEVILLA | 410910002 | I.E.S. «HÍSPALIS» | 41007114C |
SEVILLA | 410910002 |
I.E.S. «VIRGEN DE LOS REYES» |
41004113C |
ANEXO V
CENTROS DOCENTES CON CARÁCTER VOLUNTARIO
1. CENTROS DE EDUCACIÓN PERMANENTE EN CENTROS PENITENCIARIOS
Código del Centro |
Denominación del centro | Localidad y provincia |
04500775 | CEPER RETAMAR | ALMERÍA |
11500420 | CEPER P.STM. I LA MURALLA | EL PUERTO DE STA MARÍA (CÁDIZ) |
11500432 | CEPER P.STM. II LAS LAGUNAS | EL PUERTO DE STA MARÍA (CÁDIZ) |
11500444 | SEPER EL ALBERO | JEREZ DE LA FRONTERA (CÁDIZ) |
11099530 | CEPER P.STM. III | EL PUERTO DE STA MARÍA (CÁDIZ) |
11500456 | CEPER RÍO DE LA MIEL | ALGECIRAS (CÁDIZ) |
14500753 | CEPER ELOY VAQUERO | CÓRDOBA |
18004082 | CEPER CONCEPCIÓN ARENAL | GRANADA (ALBOLOTE) |
21500641 | CEPER MIGUEL HERNÁNDEZ GILABERT | TRIGUEROS (HUELVA) |
23003661 | CEPER ANTONIO MUÑOZ MOLINA | JAÉN |
29500423 | CEPER VICTORIA KENT | ALHAURÍN DE LA TORRE (MÁLAGA) |
41015846 | CEPER MORÓN | MORON DE LA FRA. (SEVILLA) |
41501236 | CEPER ALFONSO MURIEL | MAIRENA ALCOR (SEVILLA) |
41007497 | SEPER ILUSTRACIÓN | ALCALÁ DE GUADAÍRA (SEVILLA) |
41007503 | SEPER ALAMBIQUE | SEVILLA |
2. COLEGIOS PÚBLICOS RURALES
Código del centro | Denominación del centro | Localidad y provincia | Puestos disponibles en plantilla de funcionamiento |
04003366 | C.P.R. Historiador Padre Tapia | El Viso (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04003691 | C.P.R. Campo de Níjar Norte | Puebloblanco (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04008686 | C.P.R. Azahar | Alboloduy (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04601932 | C.P.R. Los Vélez | Vélez-Blanco (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04601968 | C.P.R. Alto Almanzora | Armuña de Almanzora (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04601971 | C.P.R. Estancias | Huércal-Overa (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04601981 | C.P.R. Filabres | Albánchez (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04601993 | C.P.R. Medio Almanzora II | Albox (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602006 | C.P.R. Sierra Almagrera | Villaricos (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602018 | C.P.R. San Miguel | El Convoy (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602031 | C.P.R. Alhfil | Lucainena de las Torres (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602043 | C.P.R. Valle de Andarax | Instinción (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602080 | C.P.R. Alboraida | Berja (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602092 | C.P.R. Alcolea-Fondón | Alcolea (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602122 | C.P.R. San Marcos | Suflí (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602161 | C.P.R. Alpujarra Alta | Bayárcal (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602183 | C.P.R. Tres Villas-Nacimiento | Nacimiento (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602225 | C.P.R. Lusor | Sorbas (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11004601 | C.P.R. Almenara | Zahora (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11603142 | C.P.R. C.R.I.P.E.R | Algodonales (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11603154 | C.P.R. Campiña de Tarifa | Tahivilla (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11603294 | C.P.R. Poeta Julio Mariscal | El Guijo (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11603385 | C.P.R. Salado-Breña | La Muela (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11603491 | C.P.R. Campos de Conil | Barrio Nuevo (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11603506 | C.P.R. Laguna de Medina | Las Pachecas (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11603518 | C.P.R. La Florida | José Antonio (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11603567 | C.P.R. Antonio Machado | Medina-Sidonia (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14600826 | C.P.R. Iznájar Sur | Ventorros de Balerma (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14600838 | C.P.R. Iznájar Norte | El Higueral (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14600841 | C.P.R. Bembézar | Bembézar del Caudillo (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14600851 | C.P.R. Guadiato | Fuente Obejuna (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14600863 | C.P.R. Ágora | Valsequillo (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14600917 | C.P.R. Ana de Charpentier | Quintana (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14600929 | C.P.R. Tiñosa | Priego de Córdoba (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14600991 | C.P.R. Quercus | Azuel (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14601031 | C.P.R. Vía Augusta | Obejo (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14601090 | C.P.R. Maestro Rafael Chacón Villafranca | Palomar (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14601107 | C.P.R. Blas Infante | Llanos de Don Juan (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18000246 | C.P.R. Sened | Jerez del Marquesado (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18000258 | C.P.R. Avda. Hubert Meersmans, s/n | Alquife (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18000337 | C.P.R. Bellasierra | La Calahorra (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18013435 | C.P.R. C/ Escuelas, 1 y 3 | Gor (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601278 | C.P.R. Parapanda | Escoznar (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601311 | C.P.R. Campo del Rey | Almontaras (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601321 | C.P.R. La Contraviesa | Sorvilán (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601333 | C.P.R. Los Pinares | Peñuelas (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601345 | C.P.R. Las Ramblas | El Pozuelo (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601357 | C.P.R. La Hinojora | El Margen (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601369 | C.P.R. El Azahar | Talará (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601370 | C.P.R. Los Ríos | Arenas del Rey (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601382 | C.P.R. Sánchez Mariscal | La Mamola (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601394 | C.P.R. Alpujarra | Bérchules (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601412 | C.P.R. Monte Hacho | La Palma (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601709 | C.P.R. Los Castaños | Ventas de Zafarraya (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601746 | C.P.R. Federico García Lorca | Graena (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601758 | C.P.R. Sierra Blanca | Beas de Guadix (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601761 | C.P.R. Villamena | Cozvíjar (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601825 | C.P.R. Monte Chullo | Huéneja (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601849 | C.P.R. Nevada | Laroles (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601850 | C.P.R. El Pinar | Pinos del Valle (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601886 | C.P.R. La Inmaculada | Fornes (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601898 | C.P.R. Al-Dehecun | Dehesas de Guadix (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601904 | C.P.R. Barranco de Poqueira | Capileira (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601916 | C.P.R. Fuente de la Reina | El Jau (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601928 | C.P.R. Las Acequias | Mecina Bombaron (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601931 | C.P.R. Taxara | Venta Nueva (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601941 | C.P.R. El Puntal | Huélago (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601953 | C.P.R. Gibalto | Riofrío (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602015 | C.P.R. El Temple | Ventas de Huelma (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602027 | C.P.R. Ruiz Carvajal | Moraleda de Zafayona (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602039 | C.P.R. Valle del Guadalfeo | Torvizcón (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602040 | C.P.R. La Santa Cruz | Moreda (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602052 | C.P.R. Las Atalayas | Puerto Lope (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602064 | C.P.R. Murtas-Turón | Murtas (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602076 | C.P.R. Sánchez Velayos | Ugíjar (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602088 | C.P.R. Los Guajares | Guajar Faragüit (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602091 | C.P.R. Besana | Ventorros de San José (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602106 | C.P.R. Ribera de Aguas Blancas | Quéntar (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602121 | C.P.R. El Alféizar | Los Tablones (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602143 | C.P.R. Los Castaños | Pitres (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602222 | C.P.R. Valle Verde | Otívar (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602234 | C.P.R. Negratín | Freila (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600908 | C.P.R. Adersa 6 | La Granada de Río-Tinto (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600911 | C.P.R. Tresfuentes | Alájar (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600921 | C.P.R. Adersa 4 | Cañaveral de León (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600933 | C.P.R. Adersa 2 | Los Marines (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600945 | C.P.R. Aderán 3 | San Silvestre de Guzmán (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600957 | C.P.R. Aderán 1 | Cabezas Rubias (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600969 | C.P.R. Aderán 2 | El Granado (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600970 | C.P.R. Valdelamusa-San Telmo | Valdelamusa (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600982 | C.P.R. Berrocal-El Madroño | Berrocal (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21601123 | C.P.R. Adersa 1 | Fuenteheridos (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23002334 | C.P.R. Zumeta-Segura | Santiago de la Espada (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601102 | C.P.R. Sierra Sur | Santa Ana (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601114 | C.P.R. Atalaya | La Iruela (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601126 | C.P.R. El Collao | Torres de Albánchez (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601138 | C.P.R. Alto Guadalquivir | Coto Ríos (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601151 | C.P.R. Guadalquivir | Llanos del Sotillo (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601199 | C.P.R. La Vega | Solana de Torralba (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601230 | C.P.R. El Olivo | Alcalá la Real (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601242 | C.P.R. Valle de San Juan | Ventas del Carrizal (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601254 | C.P.R. Los Valles | Collejares (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601266 | C.P.R. Camilo José Cela | Agrupación de Mogón (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601278 | C.P.R. La Paz | Torrequebradilla (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601281 | C.P.R. Santa María de la Peña | Orcera (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601291 | C.P.R. Sierra de Segura | Cortijos Nuevos (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601382 | C.P.R. C/ Carmen, 1 | Puente del Obispo (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29601963 | C.P.R. Alto Genal | Parauta (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29601975 | C.P.R. Atalaya | Antequera (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29601987 | C.P.R. Torrejaral | Vélez-Málaga (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29601999 | C.P.R. Serranía | Atajate (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602001 | C.P.R. Valle del Guadiaro | La Cañada del Real Tesoro (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602013 | C.P.R. Almazara | Jubrique (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602025 | C.P.R. Sierra del Espino | Algatocín (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602037 | C.P.R. Alcalde Juan García | Viñuelas (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602426 | C.P.R. La Peña | Cartaojal (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602441 | C.P.R. Mariana Pineda | Cerralba (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602451 | C.P.R. Almijara | Sayalonga (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602505 | C.P.R. Salvador Rueda | Macharaviaya (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602530 | C.P.R. Las Palomas | Alfarnatejo (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602542 | C.P.R. San Hilario de Poitiers | Comares (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
41000508 | C.P.R. Los Girasoles | Utrera (Sevilla) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
3. CENTROS DE DIFÍCIL DESEMPEÑO
Código del centro |
Denominación del centro | Localidad (PROVINCIA) |
04700511 | I.E.S. Rio Andarax | Almería (ALMERÍA) |
04700326 | I.E.S. Galileo | Almería (ALMERÍA) |
04000900 | C.E.I.P. Los Almendros | Almería (ALMERÍA) |
04005697 | C.E.I.P. Josefina Baró | Almería (ALMERÍA) |
04001308 | C.E.I.P. El Puche | Almería (ALMERÍA) |
04005119 | C.E.I.P. Punta Entinas | El Ejido (ALMERÍA) |
04002362 | C.E.I.P. Artero Pérez | Tarambana - El Ejido (ALMERÍA) |
04002349 | C.E.I.P. Solymar | Matagorda - El Ejido (ALMERÍA) |
04005211 | C.E.I.P. La Canal | Congo - Canal – Vícar (ALMERÍA) |
04700478 | I.E.S. Las Norias | Las Norias - El Ejido (ALMERÍA) |
04700685 | I.E.S. Santa María del Águila |
Sta María del Aguila - El Ejido (ALMERÍA) |
04700430 | I.E.S. Virgen del Mar | Adra (ALMERÍA) |
14001517 | C.E.I.P. Duque de Rivas | Córdoba (CÓRDOBA) |
14001712 | C.E.I.P. Albolafia | Córdoba (CÓRDOBA) |
14700705 | I.E.S. Guadalquivir | Córdoba (CÓRDOBA) |
14600693 | C.E.I.P. Gloria Fuertes | Córdoba (CÓRDOBA) |
14008071 | C.E.I.P. Federico García Lorca | Córdoba (CÓRDOBA) |
14008093 | C.E.I.P. Antonio Gala | Córdoba (CÓRDOBA) |
14001578 | C.E.I.P. Obispo Osio | Córdoba (CÓRDOBA) |
18700566 | I.E.S. La Paz | Granada (GRANADA) |
18600985 | C.E.I.P. Maria Zambrano | Granada (GRANADA) |
18601023 | C.E.I.P. Arrayanes | Granada (GRANADA) |
18601217 | C.E.I.P. Andalucía | Granada (GRANADA) |
18700611 | I.E.S. Fernando de los Ríos | Fuente Vaqueros (GRANADA) |
18002486 | C.E.I.P. Federico García Lorca | Fuente Vaqueros (GRANADA) |
18009432 | I.E.S. Cerro de los Infantes | Pinos Puente (GRANADA) |
18602179 | E.I. Media Luna | Pinos Puente (GRANADA) |
18008889 | C.E.PR San Pascual Bailón | Pinos Puente (GRANADA) |
18009501 | C.E.I.P. Juan Ramón Jiménez | Granada (GRANADA) |
18009523 | C.E.I.P. Miguel Hernández | Granada (GRANADA) |
18700542 | I.E.S. Veleta | Granada (GRANADA) |
18006960 | C.E.I.P. San Antonio | Motril (GRANADA) |
18009717 | C.E.I.P. Los Álamos | Motril (GRANADA) |
21700575 | I.E.S. Galeón | Isla Cristina (HUELVA) |
21700307 | I.E.S. Saltés | Punta Umbría (HUELVA) |
21600647 | C.E.I.P. C/ Alférez Manuel Romero, 33 | Los Romeros (HUELVA) |
21003499 | C.E.I.P. Avda. Sagrado Corazón, s/n | Las Cefiñas (HUELVA) |
21002446 | C.E.I.P. Miguel Lobo | La Nava (HUELVA) |
21000462 | C.E.I.P. Virgen de los Remedios | Arroyomolinos de León (HUELVA) |
21000759 | C.E.I.P. San Roque | Cala (HUELVA) |
21001090 | C.E.I.P. Carmen Antón | Cumbres de San Bartolomé (HUELVA) |
21000814 | C.E.I.P. La Rábida | El Campillo (HUELVA) |
21002677 | C.E.I.P. Emilio Pérez Molina | Paymogo (HUELVA) |
21002859 | C.E.I.P. San Sebastián | Santa Bárbara de Casa (HUELVA) |
21600684 | C.E.I.P. V Centenario | Huelva (HUELVA) |
21500598 | CEPER Los Esteros | Huelva (HUELVA) |
23002164 | C.E.I.P. Ruiz Jiménez | Jaén (JAÉN) |
23004951 | C.E.I.P. Muñoz Garnica | Jaén (JAÉN) |
23005189 | C.E.I.P. Los Arrayanes | Linares (JAÉN) |
29002836 | SESO C/ Periodista Federico Alba, 1 | Torremolinos (MÁLAGA) |
29003695 | C.E.I.P. Ntra. Sra. de Gracia | Málaga (MÁLAGA) |
29003877 | C.E.I.P. Dr. Gálvez Moll | Málaga (MÁLAGA) |
29004699 | C.E.I.P. Cerro Coronado | Málaga (MÁLAGA) |
29006131 | C.E.I.P. Manuel Altolaguirre | Málaga (MÁLAGA) |
29009739 | C.E.I.P. Severo Ochoa | Málaga (MÁLAGA) |
29011801 | C.E.I.P. Las Albarizas | Marbella (MÁLAGA) |
29500472 | SEPER Los Asperones | Málaga (MÁLAGA) |
29701091 | I.E.S. Guadalmedina | Málaga (MÁLAGA) |
29701118 | I.E.S. Carlinda | Málaga (MÁLAGA) |
29601941 | C.E.I.P. María de la O | Málaga (MÁLAGA) |
41003844 | C.E.I.P. Esperanza Aponte | San Juan de Aznalfarache (Sevilla) |
41001768 | C.E.I.P. Fernán Caballero | Dos Hermanas (Sevilla) |
41010629 | C.E.I.P. Los Montecillos | Dos Hermanas (Sevilla) |
41700361 | I.E.S. Torre de los Herberos | Dos Hermanas (Sevilla) |
41009238 | C.E.I.P. Blas Infante | Sevilla |
41004939 | C.E.I.P. San José Obrero | Sevilla |
41004563 | C.E.I.P. Victoria Díez | Sevilla |
41004617 | C.E.I.P. Paulo Orosio | Sevilla |
41701444 | I.E.S. Siglo XXI | Sevilla |
41007540 | C.E.I.P. Menéndez Pidal | Sevilla |
41602296 | C.E.I.P. Orippo | Dos Hermanas (Sevilla) |
41701390 | I.E.S. San Juan | San Juan de Aznalfarache (Sevilla) |
ANEXO VI
PUESTOS ESPECÍFICOS
1. PUESTOS BILINGÜES
Cuerpo |
Código del puesto |
Denominación del puesto |
Especialidades/ Bolsas de acceso |
Requisitos |
597 | 10597031 | EDUCACIÓN INFANTIL - BILINGÜE FRANCÉS |
00597031 10597031 |
Anexo VII |
597 | 11597031 | EDUCACIÓN INFANTIL - BILINGÜE INGLÉS |
00597031 11597031 |
Anexo VII |
597 | 12597031 | EDUCACIÓN INFANTIL - BILINGÜE ALEMÁN |
00597031 12597031 |
Anexo VII |
597 | 10597034 | EDUCACIÓN FÍSICA - BILINGÜE FRANCÉS |
00597034 10597034 |
Anexo VII |
597 | 11597034 | EDUCACIÓN FÍSICA - BILINGÜE INGLÉS |
00597034 11597034 |
Anexo VII |
597 | 12597034 | EDUCACIÓN FÍSICA - BILINGÜE ALEMÁN |
00597034 12597034 |
Anexo VII |
597 | 10597035 | EDUCACIÓN MÚSICA - BILINGÜE FRANCÉS |
00597035 10597035 |
Anexo VII |
597 | 11597035 | EDUCACIÓN MÚSICA - BILINGÜE INGLÉS |
00597035 11597035 |
Anexo VII |
597 | 12597035 | EDUCACIÓN MÚSICA - BILINGÜE ALEMÁN |
00597035 12597035 |
Anexo VII |
597 | 10597038 | EDUCACIÓN PRIMARIA - BILINGÜE FRANCÉS |
00597038 10597038 |
Anexo VII |
597 | 11597038 | EDUCACIÓN PRIMARIA - BILINGÜE INGLÉS |
00597038 11597038 |
Anexo VII |
597 | 12597038 | EDUCACIÓN PRIMARIA - BILINGÜE ALEMÁN |
00597038 12597038 |
Anexo VII |
590 | 10590001 | FILOSOFÍA (FRANCÉS) P.E.S. |
00590001 10590001 |
Anexo VII |
590 | 11590001 | FILOSOFÍA (INGLÉS) P.E.S. |
00590001 11590001 |
Anexo VII |
590 | 12590001 | FILOSOFÍA (ALEMÁN) P.E.S. |
00590001 12590001 |
Anexo VII |
590 | 10590005 | GEOGRAFÍA E HISTORIA (FRANCÉS) P.E.S. |
00590005 10590005 |
Anexo VII |
590 | 11590005 | GEOGRAFÍA E HISTORIA (INGLÉS) P.E.S. |
00590005 11590005 |
Anexo VII |
590 | 12590005 | GEOGRAFÍA E HISTORIA (ALEMÁN) P.E.S. |
00590005 12590005 |
Anexo VII |
590 | 10590006 | MATEMÁTICAS (FRANCÉS) P.E.S. |
00590006 10590006 |
Anexo VII |
590 | 11590006 | MATEMÁTICAS (INGLÉS) P.E.S. |
00590006 11590006 |
Anexo VII |
590 | 12590006 | MATEMÁTICAS (ALEMÁN) P.E.S. |
00590006 12590006 |
Anexo VII |
590 | 10590007 |
FÍSICA Y QUÍMICA (FRANCÉS) P.E.S. |
00590007 10590007 |
Anexo VII |
590 | 11590007 |
FÍSICA Y QUÍMICA (INGLÉS) P.E.S. |
00590007 11590007 |
Anexo VII |
590 | 12590007 |
FÍSICA Y QUÍMICA (ALEMÁN) P.E.S. |
00590007 12590007 |
Anexo VII |
590 | 10590008 | BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA (FRANCÉS) P.E.S. |
00590008 10590008 |
Anexo VII |
590 | 11590008 | BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA (INGLÉS) P.E.S. |
00590008 11590008 |
Anexo VII |
590 | 12590008 | BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA (ALEMÁN) P.E.S. |
00590008 12590008 |
Anexo VII |
590 | 10590009 | DIBUJO (FRANCÉS) P.E.S. |
00590009 10590009 |
Anexo VII |
590 | 11590009 | DIBUJO (INGLÉS) P.E.S. |
00590009 11590009 |
Anexo VII |
590 | 12590009 | DIBUJO (ALEMÁN) P.E.S. |
00590009 12590009 |
Anexo VII |
590 | 10590016 | MÚSICA (FRANCÉS) P.E.S. |
00590016 10590016 |
Anexo VII |
590 | 11590016 | MÚSICA (INGLÉS) P.E.S. |
00590016 11590016 |
Anexo VII |
590 | 12590016 | MÚSICA (ALEMÁN) P.E.S. |
00590016 12590016 |
Anexo VII |
590 | 10590017 | EDUCACIÓN FÍSICA (FRANCÉS) P.E.S. |
00590017 10590017 |
Anexo VII |
590 | 11590017 | EDUCACIÓN FÍSICA (INGLÉS) P.E.S. |
00590017 11590017 |
Anexo VII |
590 | 12590017 | EDUCACIÓN FÍSICA (ALEMÁN) P.E.S. |
00590017 12590017 |
Anexo VII |
590 | 10590019 | TECNOLOGÍA (FRANCÉS) P.E.S. |
00590019 10590019 |
Anexo VII |
590 | 11590019 | TECNOLOGÍA (INGLÉS) P.E.S. |
00590019 11590019 |
Anexo VII |
590 | 12590019 | TECNOLOGÍA (ALEMÁN) P.E.S. |
00590019 12590019 |
Anexo VII |
590 | 11590101 |
ADMINISTRACIÓN EMPRESAS (INGLÉS) P.E.S. |
00590101 11590101 |
Anexo VII |
590 | 10590106 | HOSTELERÍA Y TURISMO (FRANCÉS) P.E.S. |
00590106 10590106 |
Anexo VII |
590 | 11590106 | HOSTELERÍA Y TURISMO (INGLÉS) P.E.S. |
00590106 11590106 |
Anexo VII |
590 | 11590107 | INFORMÁTICA (INGLÉS) P.E.S. |
00590107 11590107 |
Anexo VII |
590 | 10590110 | ORG.Y GESTIÓN COMERCIAL (FRANCÉS) P.E.S. |
00590110 10590110 |
Anexo VII |
590 | 11590110 | ORG. Y GESTIÓN COMERCIAL (INGLÉS) P.E.S |
00590110 11590110 |
Anexo VII |
590 | 11590117 | P. DIAG. CLÍN. Y PROD. ORTOPR. (INGLÉS) P.E.S |
00590117 11590117 |
Anexo VII |
590 | 11590124 | SIST. ELECTRÓNICOS (INGLÉS) P.E.S. |
00590124 11590124 |
Anexo VII |
591 | 11591201 | COCINA Y PASTELERÍA (INGLÉS) P.T.F.P. |
00591201 11591201 |
Anexo VII |
591 | 10591221 | PROCESOS COMERCIALES (FRANCÉS) P.T.F.P. |
00591221 10591221 |
Anexo VII |
591 | 11591221 | PROCESOS COMERCIALES (INGLÉS) P.T.F.P. |
00591221 11591221 |
Anexo VII |
591 | 11591222 | PROC. GESTIÓN ADMTVA. (INGLÉS) P.T.F.P. |
00591222 11591222 |
Anexo VII |
591 | 11591226 | SERVICIOS RESTAURACIÓN (INGLÉS) P.T.F.P |
00591226 11591226 |
Anexo VII |
591 | 11591227 | SIST. Y APLIC. INFORMÁT. (INGLÉS) P.T.F.P. |
00591227 11591227 |
Anexo VII |
2. RESTO DE PUESTOS ESPECÍFICOS
Cuerpo | Código puesto | Denominación del puesto |
Especialidades / Bolsas de acceso |
Requisitos |
597 |
00597APO |
APOYO COMPENSACIÓN | Cualquiera del cuerpo de maestros | Sin requisitos |
590 | 00590058 | APOYO AL ÁREA DE LENGUA Y CIENCIAS SOCIALES |
00590001 00590002 00590003 00590004 00590005 00590010 00590011 00590012 00590013 |
Sin requisitos |
590 | 00590059 |
APOYO AL ÁREA CIENTÍFICA O TECNOLÓGICA |
00590006 00590007 00590008 00590019 |
Sin requisitos |
597 |
00597PTV |
PROGRAMA TRANSICIÓN VIDA ADULTA Y LABORAL |
00597038 00597036 00597037 |
Sin requisitos |
591 | 00591PTV | PROGRAMA TRANSICIÓN VIDA ADULTA Y LABORAL | Cualquier especialidad del cuerpo 591 | Sin requisitos |
597 | 00597041 | PROGRAMAS CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL | 00597038 | Sin requisitos |
591 | PI591201 | COCINA Y PASTELERÍA P.T.F.P. (PCPI) | 00591201 | Sin requisitos |
591 | PI591202 | EQUIPOS ELECTRÓNICOS P.T.F.P. (PCPI) | 00591202 | Sin requisitos |
591 | PI591203 | ESTÉTICA P.T.F.P. (PCPI) | 00591203 | Sin requisitos |
591 | PI591204 | FABRIC. E INST. CARPINT. Y MUEBLE P.T.F.P. (PCPI) | 00591204 | Sin requisitos |
591 | PI591205 | INST. Y MTTO. EQUIPOS TÉRMICOS FUIDOS P.T.F.P. (PCPI) | 00591205 | Sin requisitos |
591 | PI591206 | INSTALACIONES ELECTROTÉCNICAS P.T.F.P. (PCPI) | 00591206 | Sin requisitos |
591 | PI591207 | INST. EQUIPOS DE CRÍA Y CULTIVO P.T.F.P. (PCPI) | 00591207 | Sin requisitos |
591 | PI591208 | LABORATORIO P.T.F.P. (PCPI) | 00591208 | Sin requisitos |
591 | PI591209 | MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS P.T.F.P. (PCPI) | 00591209 | Sin requisitos |
591 | PI591212 | OFICINA DE PROYEC. CONSTRUCCIÓN P.T.F.P. (PCPI) | 00591212 | Sin requisitos |
591 | PI591214 | OPERAC. Y EQU. ELAB. PRODUC. ALIMENT. PTFP (PCPI) | 00591214 | Sin requisitos |
591 | PI591216 | OPERAC. Y EQUIPOS PROD. AGRARIA P.T.F.P. (PCPI) | 00591216 | Sin requisitos |
591 | PI591217 | PATRONAJE Y CONFECCIÓN P.T.F.P. (PCPI) | 00591217 | Sin requisitos |
591 | PI591218 | PELUQUERÍA P.T.F.P. (PCPI) | 00591218 | Sin requisitos |
591 | PI591221 | PROCESOS COMERCIALES P.T.F.P. (PCPI) | 00591221 | Sin requisitos |
591 | PI591222 | PROC. GESTIÓN ADMINISTRATIVA P.T.F.P. (PCPI) | 00591222 | Sin requisitos |
591 | PI591223 | PRODUCCIÓN EN ARTES GRÁFICAS P.T.F.P. (PCPI) | 00591223 | Sin requisitos |
591 | PI591226 | SERVICIOS DE RESTAURACIÓN P.T.F.P. (PCPI) | 00591226 | Sin requisitos |
591 | PI591227 | SISTEMAS Y APLIC. INFORMÁTICOS P.T.F.P. (PCPI) | 00591227 | Sin requisitos |
591 | PI591228 | SOLDADURA P.T.F.P. (PCPI) | 00591228 | Sin requisitos |
590 | PI590106 | HOSTELERÍA Y TURISMO P.E.S. (PCPI) | 00590106 | Sin requisitos |
594 |
00594048 |
PIANISTA ACOMPAÑANTE (CANTO) |
00594423 |
Apto en la prueba específica de acceso al puesto o 1 curso académico de experiencia en el mismo puesto |
594 |
CS594048 |
PIANISTA ACOMPAÑANTE (CANTO) EN CONSERVATORIOS SUPERIORES |
00594423 |
Apto en la prueba específica de acceso al puesto o 1curso académico de experiencia en el mismo puesto. Título superior de Música, Licenciatura o equivalente. |
594 |
00594064 |
PIANISTA ACOMPAÑANTE (INSTRUMENTOS) |
00594423 |
Apto en la prueba específica de acceso al puesto o 1 curso académico de experiencia en el mismo puesto. |
594 |
CS594064 |
PIANISTA ACOMPAÑANTE (INSTRUMENTOS) EN CONSERVATORIOS SUPERIORES |
00594423 |
Apto en la prueba específica de acceso al puesto o 1 curso académico de experiencia en el mismo puesto Título superior de Música, Licenciatura o equivalente. |
594 |
00594065 |
PIANISTA ACOMPAÑANTE (DANZA) |
00594423 |
Apto en la prueba específica de acceso al puesto o 1 curso académico de experiencia en el mismo puesto |
594 |
CS594065 |
PIANISTA ACOMPAÑANTE (DANZA) EN CONSERVATORIO SUPERIOR |
00594423 |
Apto en la prueba específica de acceso al puesto o 1 curso académico de experiencia en el mismo puesto. Título superior de Música, Licenciatura o equivalente. |
594 |
00594IAC |
IDIOMA APLICADO AL CANTO P.M.A.E. |
Cualquier especialidad de los cuerpos 590,592,593 y 594 | Apto en la prueba específica de acceso al puesto o 1 curso académico de experiencia en el mismo puesto |
594 |
00593IAC |
IDIOMA APLICADO AL CANTO C.M.A.E. |
Cualquier especialidad de los cuerpos 590, 592, 593 y 594 |
Apto en la prueba específica de acceso al puesto o 1 curso académico de experiencia en el mismo puesto. Título superior de Música, Licenciatura o equivalente. |
590 |
CI590017 |
EDUCACIÓN FÍSICA P.E.S. (Ciclo Nueva Implantación) |
00590017 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad como funcionario de carrera |
591 |
CI590106 |
HOSTELERÍA Y TURISMO P.E.S. (Ciclo Nueva Implantación) |
00590106 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad como funcionario de carrera |
590 |
CI590107 |
INFORMÁTICA P.E.S. (Ciclo Nueva Implantación) |
00590107 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad como funcionario de carrera |
590 |
CI590108 |
INTERVENCIÓN SOCIOCOMUNITARIA P.E.S. (Ciclo Nueva Implantación) |
00590108 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad como funcionario de carrera |
590 |
CI590116 |
PROCESOS INDUSTRIA ALIMENTARIA P.E.S. (Ciclo Nueva Implantación) |
00590116 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad como funcionario de carrera |
590 |
CI590118 |
PROCESOS SANITARIOS P.E.S. (Ciclo Nueva Implantación) |
00590118 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad como funcionario de carrera |
591 |
CI591201 |
COCINA Y PASTELERIA P.T.F.P. (Ciclo Nueva Implantación) |
00591201 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad como funcionario de carrera |
591 |
CI591214 |
OPERAC. Y EQU. ELAB. PROD. ALIMENT. PTFP (Ciclo Nueva Implantación) |
00591214 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad como funcionario de carrera |
591 |
CI591220 |
PROC. SANITARIOS Y ASISTENCIALES P.T.F.P. (Ciclo Nueva Implantación) |
00591220 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad como funcionario de carrera |
591 |
CI591225 |
SERVICIOS A LA COMUNIDAD P.T.F.P. (Ciclo Nueva Implantación) |
00591225 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad como funcionario de carrera |
591 |
CI591227 |
SISTEMAS Y APLIC. INFORMÁTICOS P.T.F.P. (Ciclo Nueva Implantación) |
00591227 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad como funcionario de carrera |
592 |
00592108 |
PEOI bilingüe Inglés/Francés |
00592011 00592008 |
Título superior complementario al de la especialidad o bolsa de pertenencia |
592 |
00592111 |
PEOI bilingüe Inglés/Alemán |
00592011 00592001 |
Título superior complementario al de la especialidad o bolsa de pertenencia |
592 | 00592112 |
PEOI bilingüe Inglés/Italiano |
00592011 00592012 |
Título superior complementario al de la especialidad o bolsa de pertenencia |
592 | 00592801 |
PEOI bilingüe Francés/Alemán |
00592008 00592001 |
Título superior complementario al de la especialidad o bolsa de pertenencia |
592 | 00592802 |
PEOI bilingüe Francés/Italiano |
00592008 00592012 |
Título superior complementario al de la especialidad o bolsa de pertenencia |
592 | 00592121 |
PEOI bilingüe Italiano/Alemán |
00592001 00592012 |
Título superior complementario al de la especialidad o bolsa de pertenencia |
ANEXO VII
REQUISITOS DE TITULACIÓN PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS BILINGÜES
a) Licenciatura en: Filología, Filosofía y Letras (sección Filología), Traducción e Interpretación, en el idioma solicitado.
b) Diplomatura en Traducción e Interpretación en el idioma solicitado.
c) Maestro en la especialidad de Lengua Extranjera en el idioma solicitado (sólo para puestos bilingües del Cuerpo de Maestros).
En el caso de que dichas titulaciones académicas no hagan referencia expresa al idioma que se pretende acreditar, deberá presentarse, además del título, certificación académica personal comprensiva de todas las materias cursadas para la obtención del mismo.
c) Certificado de Aptitud de la Escuela Oficial de Idiomas (cinco cursos) o Certificado de Nivel Avanzado en el idioma solicitado.
d) Otros diplomas y certificaciones acreditativas del conocimiento de idiomas:
FRANCÉS
- Diplôme de Langue Française (DL-Alliance Française).
- Diplôme d'Études en Langue Française (DELF second degré o B2).
- Diplôme Supérieur d'Études Françaises Modernes (DS- Alliance Française).
- Diplôme Appronfondi de Langue Française (DALF, DALF C1 o C2).
- Diplôme de Hautes Études Françaises (DHEF-Alliance Française).
INGLÉS
- First Certificate in English (FCE-Universidad de Cambridge).
- Certificate in Advanced English (CAE-Universidad de Cambridge).
- Certificate of Proficiency in English (CPE- Universidad de Cambridge).
- Integrated Skills in English examinations ISE II B2, ISE III C1 (ISE Trinity College).
- Graded Examinations in Spoken English (GESE), grades 8, 9, 10, 11, 12 (GESE Trinity College).
ALEMÁN
- Goethe-Zertifikat B2.
- Zertifikat Deutsch für den Beruf (ZDfB).
- Prüfung Wirtschaftsdeutsch International (PWD).
- Zentrale Mittelstufenprüfung (ZMP).
- Zentrale Oberstufenprüfung (ZOP).
- Goethe-Zertifikat C1.
- Kleines Deutsches Sprachdiplom (KDS).
- Großes Deutsches Sprachdiplom (GDS).
- TestDaF Nivel 3, 4, 5 (TDN 3, 4, 5).
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