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Publicada en el BOJA núm. 93, de 13 de mayo de 2011, la Orden de 28 de abril de 2011 de la Consejería de Empleo por la que se aprueba el Programa integral de empleo para personas mayores de 45 años en Andalucía y se modifica la Orden que se cita, y habiéndose detectado error en la transcripción de la misma, se procede a subsanar el mismo:
En la página 17, Disposición final undécima, por la que se modifica el apartado 1 del artículo 15 de la Orden de 24 de febrero de 2010, donde dice:
«Asimismo, se establece como objetivo de referencia que el 30% de la dotación presupuestaria con cargo a la correspondiente convocatoria se destine preferentemente a atender las solicitudes de establecimiento y mantenimiento realizadas por trabajadores autónomos mayores de 45», debería decir:
«Asimismo, se establece como objetivo de referencia que el 30% de la dotación presupuestaria con cargo a la correspondiente convocatoria se destine preferentemente a atender las solicitudes de incentivos a las primeras contrataciones con carácter indefinido que realice el trabajador o trabajadora autónomo mayor de 45.»
Sevilla, 19 de mayo de 2011
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