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Vista la propuesta de implantación de tarifas formulada por la Delegación Provincial de Hacienda y Administración Pública de Málaga, en virtud del artículo 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, y en relación con el artículo 13 del Decreto 133/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,
RESUELVO
Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
ConceptoIVA incluido
- Precio mínimo por recorrido urbano en
tarifa 1 (laborables diurnos, en horario
de 06,00 a 22,00 horas)5 euros
- Precio mínimo por recorrido urbano en
tarifa 2 (sábados, domingos y festivos
de 00,00 a 24,00 horas y laborables
de 22,00 a 06,00 horas)5 euros
- Precio por kilómetro efectivo recorrido
con carácter urbano, en tarifa 10,51 euros
- Precio por kilómetro efectivo recorrido
con carácter urbano, en tarifa 20,61 euros
- Hora de espera12,92 euros
Esta Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de mayo de 2011.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.
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