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De conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que ha sido intentada la notificación del acto a la entidad que se relaciona, no habiendo sido posible practicarla, se notifica por medio del presente anuncio, haciéndose saber a la Entidad interesada que contra el acuerdo de reintegro, puede interponerse, potestativamente, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución, recurso de reposición ante el Delegado Provincial de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de Sevilla, de acuerdo con lo establecido en el artículo 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, e igualmente en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la presente notificación recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo establecido los artículos 25, 45, 46 y concordantes en la Ley 29/98, de 3 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Expediente: PCO2010SE0123.
Entidad: San Roque Balompié.
CIF: G41548199.
Domicilio: C/ Cueva de la Pileta, 1, 3.° C.
Localidad: 41020 Sevilla.
Para el contenido íntegro del acto podrá comparecer el interesado en la Delegación Provincial de Sevilla de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, sito en C/ Trajano, núm. 17, en Sevilla.
Sevilla, 8 de junio de 2011.- El Delegado, P.D. (Decreto 21/1985, de 5.2), José Luis Martínez Valpuesta.
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