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Advertidos errores en el texto de la Orden citada publicada en el BOJA núm. 109, del pasado día 6 de junio de 2011, y en base a lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a continuación se transcribe las oportunas correcciones:
En la página núm. 33, en el artículo 10.1, donde dice: «Si las solicitudes no reunieran los requisitos exigidos, la respectiva Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en cada provincia, requerirá de manera conjunta a las personas interesadas para en el plazo de diez días procedan a la subsanación (...)» debe decir: «Si las solicitudes no reunieran los requisitos exigidos, la respectiva Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en cada provincia, requerirá de manera conjunta a las personas interesadas para en el plazo de diez días naturales procedan a la subsanación (...)».
Asimismo, en la misma página 33, en el artículo 11.2 donde dice: «k) La valoración de actuaciones (...), l) La ponderación del impacto (...), y m) La seguridad laboral (...)» debe decir: «j) La valoración de actuaciones (...), k) La ponderación del impacto (...), y l) La seguridad laboral (...)».
Sevilla, 8 de junio de 2011
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