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NIG: 2906744S20090008260.
Procedimiento: 773/09.
Ejecución de títulos judiciales 281/2010. Negociado: M.
De: Don José Antonio González Vera.
Contra: Ecobolmar, S.L.
EDICTO
DOÑA PATRICIA DE LA FUENTE BUSTILLO, SECRETARIO/A JUDICIAL DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO SEIS DE MÁLAGA
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 281/2010 a instancia de la parte actora don José Antonio González Vera contra Ecobolmar, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto Insolvencia de fecha 31.5.2011, del tenor literal siguiente en su parte dispositiva:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
Declarar al ejecutado Ecomolmar, S.L., en situación de insolvencia provisional por importe de 20.014,53 euros de principal más 4.123,06 presupuestada provisionalmente para intereses y costas, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes y aplicaciones correspondientes.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la Datos de Órgano Judicial en la cuenta de consignaciones y depósitos no 2954000031028110 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá hacerlo en la cuenta 00301846420005001274, concepto: 2954000031 028110 y deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso Social- Revisión». Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así por este Decreto, lo acuerdo y firmo. Patricia de la Fuente Bustillo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga. Doy fe. La Secretaria.
Y para que sirva de notifícación al demandado Ecobol-mar, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a treinta y uno de mayo de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.
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