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Vistos: El expediente núm. AT-E-12381, iniciado a instancia de don José María González Herranz, en nombre y representación de la entidad Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., con CIF núm. B-82.846.817, con domicilio a efectos de notificaciones en Avenida de la Borbolla, núm. 5, C.P. 41004, Sevilla, por el que se solicitaba la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación referenciada, y los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Concedida por Resolución de 24 de julio de 2008 de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la Autorización Administrativa y Aprobación del Proyecto de Ejecución para la instalación de referencia, cuyas características principales son:
- 6, 190 kilómetros de línea aérea doble circuito, conductor D-450, de 454,5 mm² de sección.
- Cable de tierra de acero galvanizado del tipo ARLE 8,71 de 46,44 mm² de sección.
- Cadenas de aisladores constituidos por bastones compuestos formados por una barra o núcleo FPR y recubrimiento elastomérico de silicona.
- Apoyos metálicos de celosía.
Segundo. El día 28 de octubre de 2009 don José María González Herranz, en nombre y representación de la entidad Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., solicitó la declaración, en concreto, de utilidad pública de dicha instalación, a los efectos de expropiación forzosa de bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, acompañando relación de bienes y derechos afectados.
Tercero. Mediante Resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia en Málaga de fecha 25 de junio de 2010 se autoriza la transmisión de la titularidad de la instalación de Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., a Red Eléctrica de España, S.A.U., aunque la tramitación de la instalación la continúe gestionando la primera en nombre y representación de la segunda hasta que concluya su ejecución y puesta en servicio.
Cuarto. Conforme a lo establecido en el art. 53.2 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el art. 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se procedió a someter a información pública la petición de declaración, en concreto, de utilidad pública, junto a la documentación técnica obrante en el expediente, durante el plazo de veinte días, mediante la inserción de anuncio, con la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento, en el Boletín Oficial del Estado (BOE núm. 4, de 5 de enero de 2011), Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 21, de 1 de febrero de 2011), Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOP núm. 10, de 17 de enero de 2011), y Diario Sur, de fecha 12 de enero de 2011.
Asimismo, fue efectuada publicación en: el tablón de anuncios y edictos del Ayuntamiento de Casares (del 21.12.2010 al 27.1.2011), y en el tablón de anuncios y edictos del Ayuntamiento de Estepona (del 7.1.2010 al 1.2.2011).
Quinto. Durante el periodo de información pública se presentaron alegaciones por parte de los siguientes afectados:
1.º Eliseo Mena Uceda, propietario de la finca núm. 12, según proyecto: alega que la escala no es la adecuada para apreciar el trazado correcto de la línea y considerar posibles afecciones; solicita una correcta ubicación de la misma y posibles indemnizaciones por el paso por camino privados y ocupación temporal de la finca, a la vez que la paralización del proceso hasta detallarse el trazado de las líneas y sus apoyos y poder alegar.
Dado traslado de la alegación a «Endesa», contesta por escrito de 16 de marzo de 2011: «Que la instalación para la que actualmente se tramita la declaración de utilidad pública, consiste en la adecuación y conversión a 220 kV de otra línea existente y que, por tanto, el alegante puede apreciar el trazado correcto de la línea». «Que, no obstante, adjuntamos a la presente contestación un plano acotado de la línea al paso por la parcela del alegante, para un mayor esclarecimiento de la afección producida por la línea eléctrica, con los conductores desplazados según marca el Reglamento de Líneas de Alta Tensión». «Que como titular afectado le acoge el derecho a recibir indemnización por las posibles afecciones producidas por la servidumbre de paso de energía eléctrica, para lo que la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa ofrece dos opciones, la del mutuo acuerdo entre ambas partes, para lo cual se están tratando las gestiones oportunas con dicho titular y la de la vía expropiatoria». «Que, en definitiva, rechazamos cualquier tipo de modificación en la instalación tramitada, ya que entendemos se pondría en riesgo el buen fin de un proyecto que afecta al funcionamiento de la red eléctrica con interés a nivel nacional al tratarse de una línea integrante de la red de transporte de energía eléctrica en virtud de lo dispuesto en los artículos 35 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y la Disp. Adicional Primera del R.D. 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica».
2.º Don Ricardo López de Gauna Gil, en nombre y representación de «Promociones Oreci, S.L.», «Promociones Ursabes, S.L.», «Edificio Los Fueros, S.L.», «Construcciones y Obras Industriales Cobal, S.L.», «Casares Golf Gardens, S.L.», y don José Javier Guevara Saleta, propietarios de las fincas según proyecto, núm. 43, 44(sl), 44b, 45, 46, 47, 47b, 48, 48b, 49, 49b, 50(sl), 51(sl), 52, 53, 54, 55, 56, 56b, 57 y 65, alega que dichas fincas se encuentran enclavadas en el actual sector urbanístico y unidad de ejecución UR-14 de las Normas Subsidiarias de Casares, aprobadas definitivamente en 1986 por la Junta de Andalucía, y, por tanto, clasificadas como suelo urbanizable, En su apartado 5.2.5, se determina en estas Normas Subsidiarias que en los núcleos urbanos y urbanizaciones, las líneas de alta y baja tensión, así como las de alumbrado público serán subterráneas; con lo que el modo previsto para la nueva línea proyectada, no respeta, ni a tenido en cuenta, la previsión de posibles expansiones de población.
Dado traslado de la alegación a «Endesa», contesta por escrito de 16 de marzo de 2011: Primero: Que esta instalación es una adecuación y conversión a 220 kV de una línea ya existente, anterior a la normativa urbanística referida y sin variación en el trazado ni en la ubicación de apoyos. Segundo: La línea ya cuenta con un circuito en servicio en 220 kV, pretendiéndose ahora instalar un segundo circuito, utilizando para ello los apoyos ya existentes. Tercero: La instalación cuenta, por resolución de 24 de julio de 2008 de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, órgano competente en su momento, de autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución. Cuarto: Se han requerido (y reiterado) del Ayuntamiento de Casares los preceptivos informes –arts. 127 y 131 del R.D. 1955/2000–, no recibiendo respuesta por parte de dicho Ayuntamiento y por tanto, considerando evacuado el informe favorable, tal y como queda recogido en el expositivo de la resolución de autorización administrativa. Quinto: Posteriormente, tras una modificación del proyecto inicial (alimentar a 220 kV, con carácter temporal, la Subestación de Nueva Casares, manteniendo la alimentación a la Subestación Casares. se volvió a solicitar nuevo informe al Ayuntamiento de Casares, evacuando, en esta ocasión, informe favorable. Sexto: «Que, en definitiva, rechazamos cualquier tipo de modificación en la instalación tramitada, ya que entendemos se pondría en riesgo el buen fin de un proyecto que afecta al funcionamiento de la red eléctrica con interés a nivel nacional al tratarse de una línea integrante de la red de transporte de energía eléctrica en virtud de lo dispuesto en los artículos 35 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y la Disp. Adicional Primera del R.D. 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica».
3.º Doña Antonia Morera Rojas, Alcaldesa Presidente del Ayuntamiento de Casares, propietario de las fincas según proyecto núm. 6 y 59, solicita modificación del proyecto de la línea eléctrica en los suelos de su propiedad, así como por los terrenos de suelos totalmente urbanizados y urbanizable susceptible de desarrollo, así como la firma del correspondiente Convenio, en su caso, para la mutación demanial, con fijación de la indemnización correspondiente. Alega para ello, que los bienes de dominio público no pueden ser objeto de expropiación, ya que son inalienables, inembargables e imprescriptibles. Para la expropiación de un bien de dominio público, es necesario como requisito previo la desafectación al uso o servicio público, con consentimiento del titular. Por otra parte, dice que determinados apoyos de la línea afectan a zona verde pública, zona de equipamiento público, parcelas urbanas y la línea aérea vuela zona urbana donde debería discurrir de forma soterrada por vsiales públicos, al igual que el resto de líneas existentes, alegando el apartado 5.2.5 de las Normas Subsidiarias de Casares: En los núcleos urbanos y urbanizaciones, las líneas de alta y baja tensión, así como las de alumbrado público serán subterráneas ... No se ubicarán en suelo calificado de zona verde pública.
Dado traslado de la alegación a «Endesa», contesta por escrito de 16 de marzo de 2011: Primero: Que esta instalación es una adecuación y conversión a 220 kV de una línea ya existente, anterior a la normativa urbanística referida y sin variación en el trazado ni en la ubicación de apoyos. Segundo: La línea ya cuenta con un circuito en servicio en 220 kV, pretendiéndose ahora instalar un segundo circuito, utilizando para ello los apoyos ya existentes. Tercero: La instalación cuenta, por resolución de 24 de julio de 2008 de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, órgano competente en su momento, de autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución. Cuarto: Se han requerido (y reiterado) del Ayuntamiento de Casares los preceptivos informes –arts. 127 y 131 del R.D. 1955/2000–, no recibiendo respuesta por parte de dicho Ayuntamiento y por tanto, considerando evacuado el informe favorable, tal y como queda recogido en el expositivo de la resolución de autorización administrativa. Quinto: Posteriormente, tras una modificación del proyecto inicial (alimentar a 220 kV, con carácter temporal, la Subestación de Nueva Casares, manteniendo la alimentación a la Subestación Casares. se volvió a solicitar nuevo informe al Ayuntamiento de Casares, evacuando, en esta ocasión, informe favorable. Sexto: Que en la relación de bienes y derechos afectados publicada en el trámite de información pública resulta preceptivo el incluir los relativos a terrenos de propiedad particular, así como los terrenos a cargo de Organismos Públicos, no suponiendo ello la presunción ni la pretensión de expropiar éstos últimos. Séptimo: «Que, en definitiva, rechazamos cualquier tipo de modificación en la instalación tramitada, ya que entendemos se pondría en riesgo el buen fin de un proyecto que afecta al funcionamiento de la red eléctrica con interés a nivel nacional al tratarse de una línea integrante de la red de transporte de energía eléctrica en virtud de lo dispuesto en los artículos 35 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y la Disp. Adicional Primera del R.D. 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica».
Sexto. Con fecha 26 de abril de 2011, don David Corrochano Peláez, en nombre y representación de la entidad Endesa Ingeniería, S.L., solicitó que, previo los trámites oportunos, se señalase día y hora para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación, realizar las notificaciones a los interesados y las publicaciones correspondientes, adjuntándose relación de las parcelas para su ocupación.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. En cuanto a las alegaciones aportadas, indicar que estamos en trámite de declaración, en concreto, de utilidad pública; es decir, la instalación cuenta desde el año 2008 con autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución (Resolución de 24 de julio de 2008 de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio).
Por otra parte, el art. 54.2 de la Ley del Sector Eléctrico establece que la declaración de utilidad pública de una línea eléctrica de transporte llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
Segundo. Es competente para la Resolución del presente expediente la Delegación Provincial de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia en Málaga, según lo previsto en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, la Orden de 24 de junio de 2010, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, el Decreto del Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 134/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia.
Tercero. El expediente ha sido tramitado conforme a la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
Cuarto. El art. 52.1 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, declara de utilidad pública «las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso» (art. 140.1 Real Decreto 1955/2000), cuya declaración, al amparo del art. 54.1 «llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa», como «la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica, sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública» (art. 54.2, Ley 54/1997, art. 149.2, Real Decreto 1955/2000), «adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiario en el expediente expropiatorio» (art. 1491, Real Decreto 1955/2000).
Quinto. El art. 150 del Real Decreto 1955/2000 dispone que «Declarada la utilidad pública de la instalación, se iniciarán las actuaciones expropiatorias, conforme al procedimiento de urgencia establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa», añadiendo este último que «Se notificará a los interesados afectados, según los artículos 3 y 4 de esta Ley, el día y hora en que ha de levantarse el acta previa a la ocupación», la cual «se llevará a efecto con una antelación mínima de ocho días y mediante cédula».
Asimismo, dicho art. 52 añade que «Con la misma anticipación se publicarán edictos en los tablones oficiales, y, en resumen, en el «Boletín Oficial del Estado» y en el de la provincia, en un periódico de la localidad y en dos diarios de la capital de la provincia, si los hubiere», como el art. 148 del Real Decreto 1955/2000, respecto a la resolución, que «se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en el Boletín Oficial de la provincia o provincias afectadas», por lo que cabe acumular en este mismo acto tanto la declaración de utilidad pública como la convocatoria para el levantamiento de Actas, al ser ésta última consecuencia necesaria de la resolución, como coincidir determinados boletines en los que deben publicarse.
Por todo ello, vistos los preceptos legales citados, y conforme al art. 52 siguientes de la Ley 54/1997, a los arts. 143 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, así como al art. 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación forzosa,
Esta Delegación Provincial ha resuelto:
1.º Declarar, en concreto, de utilidad pública la instalación eléctrica de transporte, D/C desde apoyo 64 de la línea 220 kv «Algeciras-Los Ramos» hasta la Subestación Nueva Casares, en los términos municipales de Casares y Estepona (Málaga), lo cual lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa Red Electrica España, S.A.U., la condición de Beneficiaria en el expediente expropiatorio.
2.º Convocar a los titulares de bienes y derechos afectados para que comparezcan el día y hora y en el Ayuntamiento que figura en la relación anexa a esta Resolución, en cuyo término municipal radican las fincas afectadas, para de conformidad con el art. 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, llevar a cabo el levantamiento del acta previa a la ocupación y, si procediera, el de ocupación definitiva.
A dicho acto los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad y el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles, pudiendo acompañarse, a su costa, de perito/s y un notario, si lo estiman oportuno.
3.º Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, en el tablón de edictos del Ayuntamiento Casares y en el de Estepona, y mediante anuncio en dos diarios de la capital de la provincia, sirviendo la misma como notificación, conforme al art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, respecto a aquellos interesados que en el procedimiento sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación, o bien, intentada la misma, no se hubiese podido practicar.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia, en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Málaga, 16 de junio de 2011.- La Delegada, Pilar Serrano Boigas.
RELACIÓN DE PROPIETARIOS CON BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR LA LÍNEA ELÉCTRICA AÉREA DESDE APOYO 64 DE LA LINEA A 220 kV «ALGECIRAS-LOS RAMOS» HASTA LA SUBESTACIÓN NUEVA CASARES | |||||||||||||
PARC. PROY. | HORA | PROPIETARIO | TÉRMINO MUNICIPAL | PARAJE | PARC. Nº | POL. Nº |
VUELO LONG. (m) |
VUELO SUPERF. (m²) | APOYO Nº | APOYO SUPERF. (m²) |
OCUP. TEMP. (m²) |
ACCESOS APOYOS (m²) |
CULTIVO |
REF. CATASTRAL | |||||||||||||
DÍA 13 DE JULIO DE 2011 | |||||||||||||
1 | 11:00 | BORCA 2000 | CASARES | EL LENTISCAR | 21 | 9 | 1191 | 23884 |
64 210 211 212 |
320 | 6275 | 2605 | MATORRAL |
3 | 11:00 | BORCA 2000 | CASARES | HAZA DEL PERDIGON | 35 | 6 | 68 | 3504 | - | - | 340 | -- | MATORRAL |
4 | 11:00 | BORCA 2000 | CASARES | EL LORO | 36 | 6 | 164 | 3901 | - | - | 820 | -- | LABOR SECANO |
5 | 11:00 |
GARCIA MERINO, PEDRO RUIZ MARQUEZ, JAVIER VALDIVIA POZO FRANCISCO ANTONIO |
CASARES | EL LORO | 37 | 6 | 36 | 307 | 213 | 50 | 180 | -- | LABOR SECANO |
7 | 11:00 |
GARCIA MERINO, PEDRO RUIZ MARQUEZ, JAVIER VALDIVIA POZO FRANCISCO ANTONIO |
CASARES | EL LORO | 33 | 6 | 2 | 213 | - | - | 10 | -- | LABOR SECANO |
8 | 11:00 | BORCA 2000 | CASARES | HAZA DEL PERDIGÓN | 34 | 6 | 279 | 3929 | - | - | 1395 | 1387 | PASTOS |
9 | 11:45 |
MENA MORA, MARIA MENA MORA, DOMINGO MORENO GARCIA, CATALINA FLORIA MORENO, MARIO FLORIA MORENO, JOSE FLORIA MORENO, ANTONIO FLORIA MORENO, Mª CARMEN FLORIA MORENO, ANGEL FCO. |
CASARES | EL LORO | 31 | 6 | 270 | 3721 | 214 | 50 | 1350 | 646 | LABOR SECANO |
11 | 11:45 |
MORENO GARCÍA, CATALINA FLORIA MORENO, MARIO FLORIA MORENO, JOSÉ FLORIA MORENO ANTONIO FLORIA MORENO, Mª CARMEN FLORIA MORENO, ANGEL FCO. |
CASARES | EL LORO | 20 | 6 | 77 | 761 | 215 | 50 | 585 | 545 | LABOR SECANO |
12 | 11:45 | MENA UCEDA, ELISEO | CASARES | EL LORO | 200 | 6 | 121 | 2501 | - | - | 605 | -- | LABOR SECANO |
13 | 12:30 |
FLORIA MENA, AURELIA VALADEZ JIMÉNEZ, CRISTÓBAL FLORIA MENA, JULIO FLORIA MENA, JOSEFA FLORIA MENA, MANUEL FLORIA MENA, ELVIRA HROS. DE ANTONIO FLORIA MENA FLORIA MENA, JOSÉ |
CASARES | EL LORO | 22 | 6 | 14 | 400 | - | - | 70 | 238 | LABOR SECANO |
14 | 12:30 |
FLORIA MENA, AURELIA VALADEZ JIMÉNEZ, CRISTÓBAL FLORIA MENA, JULIO FLORIA MENA, JOSEFA FLORIA MENA, MANUEL FLORIA MENA, ELVIRA HROS. DE ANTONIO FLORIA MENA FLORIA MENA, JOSÉ |
CASARES | EL LORO | 23 | 6 | 68 | 2041 | - | - | 340 | 413 | MATORRAL. LABOR SECANO |
15 | 12:30 | MENA ROJAS, JULIO | CASARES | EL LORO | 201 | 6 | 6 | 203 | - | - | 30 | -- | MATORRAL |
17 | 13:15 | MARTIN CARAVACA, MARCELO | CASARES | CORTESÍN | 10 | 5 | 525 | 13487 | 216 | 50 | 2825 | 1055 | PASTOS |
19 | 13:15 |
GAVIRA CÓZAR, JOSÉ GAVIRA CÓZAR, Mª CARMEN GAVIRA CÓZAR, ANTONIA |
CASARES | ARROYO VAQUERO | 13 | 5 | 188 | 7013 | - | - | 940 | -- | MATORRAL |
DÍA 14 DE JULIO DE 2011 | |||||||||||||
20 | 11:00 | SAGAMORE REAL ESTATE SL | CASARES |
URBANO. UR. BENEFICIADO UR13 |
0727101UF0302N0001JM | 496 | 7058 |
217 218 |
150 | 2880 | 652 | SUELO URBANIZABLE (UR13) | |
21 | 11:00 |
MORA PARRA, MARÍA MORA PARRA, NAZARIO MORA PARRA, FELICIDAD MORA PARRA, JOSÉ PARRA GÓMEZ, HERMINIA |
CASARES | ARROYO VAQUERO | 31 | 5 | 42 | 756 | - | - | 210 | 103 | URBANIZABLE |
23 | 11:45 |
ARAGON FERRA, ISABEL ARAGON FERRA CARMEN ARAGON FERRA ENCARNACACIÓN ARAGON FERRA PEDRO |
CASARES | ARROYO VAQUERO | 29 | 5 | 129 | 1888 | - | - | 645 | 439 | LABOR SECANO. MATORRAL |
24 | 11:45 | BENITEZ DIAZ, JUAN | CASARES | ARROYO VAQUERO | 30 | 5 | 54 | 531 | 219 | 70 | 470 | -- |
LABOR SECANO (CAMPO DE GOLF) |
DÍA 15 DE JULIO DE 2011 | |||||||||||||
25 | 11:00 | ARROWHEAD DE ESTEPONA SA | ESTEPONA | AR. ESTEPONA GOLF. | 1719401UF0312N0001JR | 54 | 779 | - | - | 270 | -- |
DEPORTIVO. CAMPO DE GOLF. |
|
26 | 12:30 | GRUPO INMOBILIARIO FGR SL | ESTEPONA |
URBANO. UR. TN-SUP08. ARROYO VAQUERO NORTE |
1329811UF0313S0001WY | 179 | 2678 | - | - | 895 | -- | SUELO URBANIZABLE | |
26b | 11:00 | ARROWHEAD GOLF SA | ESTEPONA | UR. ESTEPONA GOLF | - | 16 | 139 | - | - | - | - | CAMINO | |
27 | 12:30 | GRUPO INMOBILIARIO FGR SL | ESTEPONA |
URBANO. UR. TN-SUP08. ARROYO VAQUERO NORTE |
1329810UF0313S0001HY | 88 | 961 | 220 | 45 | 640 | -- | SUELO URBANIZABLE | |
27b | 11:00 | ARROWHEAD GOLF SA | ESTEPONA | UR. ESTEPONA GOLF | - | 67 | 1270 | - | - | - | - | CAMINO | |
28 | 12:30 | GRUPO INMOBILIARIO FGR SL | ESTEPONA | AR. DEPORTIVO. ARROYO VAQUERO | 1626701UF0312N0001AR | 23 | 438 | - | - | 115 | -- | SUELO URBANIZABLE | |
29 | 13:15 | HEREDEROS DE MARIA RUIZ MENDEZ | ESTEPONA | AR. DEPORTIVO. ARROYO VAQUERO | 1825701UF0312N0001DR | 152 | 2558 | - | - | 760 | -- | SUELO URBANIZABLE | |
30 | 13:15 | HEREDEROS DE MARIA RUIZ MENDEZ | ESTEPONA | AR. DEPORTIVO. ARROYO VAQUERO | 1832401UF0313S0001ZY | 51 | 419 | 221 | 115 | 455 | 67 | SUELO URBANIZABLE | |
31 | 13:15 | HEREDEROS DE MARIA RUIZ MENDEZ | ESTEPONA | AR. DEPORTIVO. ARROYO VAQUERO | 1825701UF0312N0001DR | 80 | 757 | - | - | 400 | 597 | SUELO URBANIZABLE | |
31b | 11:00 | ARROWHEAD GOLF SA | ESTEPONA | UR. ESTEPONA GOLF | - | 22 | 213 | - | - | - | - | CAMINO | |
32b | 11:00 | ARROWHEAD GOLF SA | ESTEPONA | UR. ESTEPONA GOLF | - | 21 | 140 | - | - | - | - | CAMINO | |
33 (SL) | 11:45 | COMUNIDAD ENTRESIERRAS SL | ESTEPONA | AR. ESTEPONA GOLF. | 1719402UF0311N | - | 81 | - | - | -- | -- | RESIDENCIAL | |
34 | 11:00 | ARROWHEAD DE ESTEPONA SA | ESTEPONA | AR. ESTEPONA GOLF. | 1719401UF0312N0001JR | 333 | 3018 | 223 | 116 | 1865 | -- | DEPORTIVO. CAMPO DE GOLF | |
35 | 11:00 | ARROWHEAD DE ESTEPONA SA | ESTEPONA | URBANIZ. ESTEPONA GOLF | 1719462UF0312N0001DR | 34 | 167 | - | - | 170 | -- | SUELO URBANIZABLE | |
35b | 11:00 | ARROWHEAD GOLF SA | ESTEPONA | UR. ESTEPONA GOLF | - | 14 | 355 | - | - | - | - | CAMINO | |
36 | 11:45 | ARROYOS DEL GOLF SL | ESTEPONA | URBANIZ. ESTEPONA GOLF | 1719410UF0312N0001WR | 67 | 441 | - | - | 535 | -- | SUELO URBANIZABLE | |
36b | 11:00 | ARROWHEAD GOLF SA | ESTEPONA | UR. ESTEPONA GOLF | - | 39 | 540 | 224 | 43 | - | - | CAMINO | |
37 | 12:30 | TAYLOR WOODROW DE ESPAÑA, SS | ESTEPONA | URBANIZ. ESTEPONA GOLF | 1719424UF0312N0001OR | 68 | 848 | - | - | 340 | -- | SUELO URBANIZABLE | |
38 | 11:00 | ARROWHEAD DE ESTEPONA SA | ESTEPONA | AR. ESTEPONA GOLF | 1719466UF0312N0001ER | 67 | 1384 | - | - | 335 | -- | DEPORTIVO. CAMPO DE GOLF | |
39 | 11:45 | ARROYOS DEL GOLF SL | ESTEPONA | URB. ESTEPONA GOLF | 1719422UF0312N0001FR | 63 | 1262 | - | - | 315 | -- | SUELO URBANIZABLE | |
39b | 11:00 | ARROWHEAD GOLF SA | ESTEPONA | UR. ESTEPONA GOLF | - | 36 | 577 | - | - | - | - | CAMINO | |
40 (SL) | 11:45 | ARROYOS DEL GOLF SL | ESTEPONA | URB. ESTEPONA GOLF | 1719423UF0312N0001MR | - | 62 | - | - | - | -- | SUELO URBANIZABLE | |
41 (SL) | 13:15 | PUERTO ABANTUM SL | ESTEPONA | URB. ESTEPONA GOLF | 1719421UF0312N0001TR | - | 98 | - | - | - | -- | SUELO URBANIZABLE | |
42 (SL) | 13:15 | PUERTO ABANTUM SL | ESTEPONA | URB. ESTEPONA GOLF | 1719418UF0312N0001TR | - | 220 | - | - | - | -- | SUELO URBANIZABLE | |
DÍA 14 DE JULIO DE 2011 | |||||||||||||
43 | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 1312946UF0311S0001OK | 56 | 1027 | - | - | 280 | -- | SUELO URBANIZABLE | |
44 (SL) | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 1312945UF0311S0001MK | - | 27 | - | - | -- | -- | SUELO URBANIZABLE | |
44b | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | - | 12 | 191 | - | - | - | - | CAMINO | |
45 | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 0916205UF0301N0001QY | 44 | 523 | - | - | 220 | -- | SUELO URBANIZABLE | |
46 | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 0916206UF0301N0001PY | 17 | 156 | 225 | 60 | 285 | -- | SUELO URBANIZABLE | |
47 | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 0916213UF0301N0001MY | 73 | 1077 | - | - | 365 | 85 | SUELO URBANIZABLE | |
47b | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | - | 10 | 207 | - | - | - | - | CAMINO | |
48 | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 1312936UF0311S0001GK | 23 | 586 | - | - | 115 | -- | SUELO URBANIZABLE | |
48b | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | - | 7 | 171 | - | - | - | - | CAMINO | |
49 | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 1312934UF0311S0001BK | 73 | 1952 | - | - | 365 | -- | SUELO URBANIZABLE | |
49b | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | - | 25 | 833 | - | - | - | - | CAMINO | |
50 (SL) | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 1312933UF0311S0001AK | - | 315 | - | - | -- | -- | SUELO URBANIZABLE | |
51 (SL) | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 0916218UF0301N0001XY | - | 265 | - | - | -- | 195 | SUELO URBANIZABLE | |
52 | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 0916219UF0301N0001IY | 55 | 1750 | - | - | 275 | 255 | SUELO URBANIZABLE | |
53 | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 0916220UF0301N0001DY | 53 | 1968 | - | - | 265 | 223 | SUELO URBANIZABLE | |
54 | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 0916221UF0301N0001XY | 43 | 1498 | - | - | 215 | 226 | SUELO URBANIZABLE | |
55 | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 0916222UF0301N0001IY | 45 | 1431 | - | - | 225 | 217 | SUELO URBANIZABLE | |
56 | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 0916223UF0301N0001JY | 30 | 824 | - | - | 150 | 53 | SUELO URBANIZABLE | |
56b | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | - | 12 | 294 | - | - | - | - | CAMINO | |
57 | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 0909128UF0300N0001GS | 53 | 1038 | - | - | 265 | 238 | SUELO URBANIZABLE | |
58 | 12:30 | SINGLE HOME S.A. | CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 1312976UF0311S0001FK | 22 | 274 | - | - | 110 | -- | SUELO URBANIZABLE | |
61 | 13:15 | RUIZ UCEDA | CASARES | EL LENTISCAR | 23 | 9 | - | -- | - | - | - | 1652 | MATORRAL |
62 | 13:15 | MARIA MENA RUIZ | CASARES | EL LORO | 21 | 6 | - | -- | - | - | - | 243 |
LABOR SECANO IMPRODUCTIVO |
63 | 11:45 |
ARAGON FERRA, ISABEL ARAGON FERRA CARMEN ARAGON FERRA ENCARNACACIÓN ARAGON FERRA PEDRO |
CASARES | ARROYO BAQUERO | 33 | 5 | - | -- | - | - | - | 46 | LABOR |
65 | 12:30 |
PROMOCIONES ORECI SL EDIFIFCIO LOS FUEROS, S.L. PROMOCIONES USARBES, S.L. CASARES GOLF GARDENS SL CONSTRUCCIONES Y OBRAS IDUSTRIALES COBAL S.L. GUEVARA SALETA, J. JAVIER |
CASARES | URB. MONTES DE CASARES | 0916214UF0301N0001OY | - | -- | - | - | - | 228 | SUELO URBANIZABLE | |
(*) El tiempo para la ocupación temporal será de 2 meses. |