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NIG: 2906744S20110003259.
Procedimiento: 186/11.
Negociado: A2.
De: Don Jorge del Águila Guzmán.
Contra: Fogasa y Elecontona, S.L.
EDICTO
El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.
Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución núm. 186/2011 sobre Despidos/Ceses en general, a instancia de Jorge del Águila Guzmán contra Fogasa y Elecontona, S.L., en la que con fecha se ha dictado auto, que sustancialmente dice lo siguiente
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por don Jorge del Águila Guzmán frente a la entidad Elecontona, S.L., debo declarar y declaro la Improcedencia del Despido.
Se declara extinguida la relación laboral con fecha de 14 de junio de 2011.
Se condena a Elecontona, S.L., al abono al actor de las siguientes cantidades
INDEMNIZACIÓN SALARIOS TRAMITACIÓN
3.537,63 euros 3.066,05 euros
Que debo condenar y condeno a Fogasa a estar y pasar por esta declaración.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss. del TRLPL.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el/la Sr./Sra. Magistrado-Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Málaga.
Y para que sirva de notificación en forma a Elecontona, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el BOJA, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.- El/La Secretaria Judicial.
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