Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 15/07/2011

3. Otras disposiciones

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Resolución de 28 de junio de 2011, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se crea un Registro Auxiliar de Documentos.

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El art. 18.1 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía, ha creado la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía como agencia pública empresarial de las previstas en el art. 68.1.b) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

La disposición adicional primera de la citada Ley 9/2007 establece que «las agencias públicas empresariales y el resto de entidades de Derecho Público que no tengan la consideración de agencia administrativa o de régimen especial dispondrán de oficinas de registro cuando, de acuerdo con su norma reguladora, tengan atribuido el ejercicio de potestades administrativas que requieran la existencia de dichos órganos. En este supuesto, la Consejería o la agencia a la que esté adscrita la agencia pública empresarial ubicará en sus dependencias los registros auxiliares que se estimen necesarios».

Por su parte, el art. 3 de los Estatutos de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, aprobados por el Decreto 101/2011, de 19 de abril, dispone que la misma queda adscrita a la Consejería competente en materia de servicios sociales, atribuyéndole, en su art. 8, el ejercicio de las potestades administrativas necesarias para el cumplimiento de sus fines. Finalmente el art. 48 de los citados Estatutos dispone que «la Consejería a que se adscribe la Agencia ubicará en las dependencias de la misma los registros auxiliares que se estimen necesarios para el adecuado cumplimiento de los fines encomendados».

En este sentido, los artículos 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, establecen el marco legislativo que debe regir los registros administrativos, desarrollados en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos. El art. 10 de este último Decreto establece que «los responsables de los órganos administrativos que dispongan de un Registro General de Documentos podrán establecer los Registros Auxiliares necesarios para facilitar la presentación de escritos y comunicaciones, así como para racionalizar los procedimientos administrativos».

Asimismo, el art. 38.8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el art. 11 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, exigen hacer pública y mantener actualizada la relación de oficinas de registro así como sus horarios de funcionamiento.

A la vista de cuanto antecede y en el uso de las competencias otorgadas en el art. 10 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, y en el art. 39.a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y demás normativa de general aplicación,

R E S U E L V O

Primero. Establecer el Registro Auxiliar de Documentos que se detalla en el Anexo a la presente Resolución, con horario de atención al público de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes laborables.

Segundo. Dar publicidad a la creación de dicho Registro Auxiliar mediante la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y la exposición en los tablones de anuncios de esta Delegación.

Sevilla, 28 de junio de 2011.- El Delegado, Manuel A. Gálvez Rodríguez.

A N E X O

Registro Auxiliar de Documentos: 1.

Centro: Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía en Sevilla.

Dirección: Calle Pagés del Corro, núm. 90 (41010), y calle Federico García Lorca, núm. 3 (41005).

Población: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

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