Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Habida cuenta de que no ha sido posible la notificación en el domicilio conocido, y de conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica para que sirva de notificación la resolución dictada por esta Delegación Provincial, por la que se acuerda la Extinción/Modificación del derecho a la prestación no contributiva a los beneficiarios que se citan en el Anexo adjunto.
Igualmente se declara la obligación de reintegrar las cantidades percibidas indebidamente, indicándoles que contra dicha Resolución podrán interponer Reclamación previa a la vía de la jurisdicción laboral ante esta Delegación Provincial dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recepción de la notificación, según el art. 71 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por R.D.L. 2/1995, de 7 de abril (BOE de 11 de abril).
ANEXO
Doña M.ª del Carmen García Maiquez.
Camino de los Enamorados. Edif. Tetuán, B 8, 4.º A.
11500, Puerto Santa María.
Fecha de la resolución: 23.7.2010.
Doña M.ª Ángeles Barea Andrades.
Calle Arzobispo Bizarrón, 26, bajo C.
11500, Puerto de Santa María.
Fecha de la resolución: 22.10.2010.
Doña Candelaria Gallardo Macías.
C/ Zarza, núm. 50.
11500, Puerto de Santa María.
Fecha de la resolución: 24.9.2010.
Doña Caridad Pérez Cáceres.
C/ Bolsa, 118, Ed. Arena 1 B.
11540, Sanlúcar de Barrameda.
Fecha de la resolución: 23.7.2010.
Don Vicente González Rodríguez.
Pza. de Cuba, 8- 3 A, Río San Pedro.
11510, Puerto Real.
Fecha de la resolución: 24.3.2010.
Cádiz, 28 de diciembre del 2010.- La Delegada, Manuela Guntiñas López.
Descargar PDF