Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 141 de 20/07/2011

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Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 22 de junio de 2011, de la Delegación Provincial de Cádiz, sobre Información Pública del «Pliego de bases de la EDAR de la Aglomeración Urbana de El Palmar-Caños de Meca-Zahora (Cádiz)», cuyas obras se desarrollarán en los términos municipales de Barbate y Vejer de la Frontera (Cádiz), a efectos de trámite medioambiental, expropiación forzosa de terrenos a ocupar, autorización del organismo de cuenca y general conocimiento.

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Se somete a Información Pública el «Pliego de bases de la EDAR de la Aglomeración Urbana de El Palmar-Caños de Meca-Zahora (Cádiz)», Clave: A5.311.939/0411. A los efectos siguientes:

1. Interés general para su publicación y general conocimiento.

2. Trámite de expropiaciones forzosas, ocupaciones y afecciones, según Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

3. Tramitación medioambiental según Ley 7/2007, de 9 de julio, de Protección Ambiental, así como Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

4. Tramitación de la autorización del organismo de Cuenca competente para ejecución de las obras en dominio público hidráulico, conforme al artículo 52.2 del reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Decreto 849/1986, de 11 de abril.

NOTA EXTRACTO

1. Objeto del proyecto.

El objeto del presente proyecto es la definición y valoración de las obras necesarias para la depuración de las aguas residuales generadas en los núcleos de población señalados, antes de su incorporación al cauce receptor.

2. Descripción de las obras.

En líneas generales este sería el esquema de funcionamiento:

La línea de agua residual en la EDAR estará formada por:

- Obra de llegada: compuesta por compuertas de aislamiento y by pass y bombeo de agua bruta a pretratamiento, para el caudal punta.

- Pretratamiento, que consta de tamizado de finos y desarenado - desengrasado en canal aireado, caudal punta.

- Medida y regulación de caudal a tratamiento biológico en tubería. Dotado de vertedero de reparto a líneas de biológico y una compuerta servomotorizada que regula el caudal a tratamiento biológico junto con el medidor de caudal en tubería a dicho tratamiento. Caudal de pretratamiento y el de biológico, son el mismo dado que proviene de red separativa.

- Tratamiento biológico mediante oxidación prolongada en canales de oxidación aireados por soplantes y difusores de burbuja fina, decantación secundaria de gravedad y la recirculación de fangos correspondientes.

- Medida de caudal de agua tratada, la cual pasará posteriormente a una cámara de cloración, y de aquí se verterá al cauce una vez tratada.

Línea de fangos.

Los fangos en exceso se extraerán de los decantadores secundarios y serán llevados al pozo de bombeo desde donde se bombearán a un espesador por gravedad.

Una vez espesados, éstos se bombearán a las centrífugas donde se deshidratarán, y una vez deshidratados se almacenarán en una tolva hasta su recogida para su envío a vertedero autorizado.

La EDAR contará además con las siguientes instalaciones auxiliares:

- Soplantes y difusores de membrana de burbuja fina para aireación de los reactores biológicos.

- Bombeo de recirculación de fangos.

- Instalación de dosificación de poli electrólito catiónico para la deshidratación mecánica.

- Red de agua potable; Red de agua Industrial; Red de aire comprimido.

- Bombeo de flotantes de la decantación secundaria.

- Red y bombeo de drenajes y vaciados.

- Desodorización mediante carbón activo; Sistema de control e instrumentación.

- Instalaciones eléctricas; Elementos de Seguridad.

RELACIÓN DE PROPIETARIOS AFECTADOS

ORDEN

FINCA
MUNICIPIO POLIGONO PARCELA SUBPARCELA TITULAR OCUPACIÓN
DEFINITIVA
(m2)
SERVIDUMBRE
(m2)
OCUPACIÓN
TEMPORAL
(m2)
1 PBBB03 BARBATE 002 00162 b MORILLO ESPARRAGOSA MARIA DOLORES 3,49 0,00 3,49
2 PBBB04, PBBB05 BARBATE 002 00163 a, b AYUNTAMIENTO DE BARBATE 36,00 750,27 750,27
3 PBBB07 BARBATE 002 09002 0 JUNTA DE ANDALUCIA - CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE 0,00 413,85 413,85
4 PBBB08 BARBATE 002 00168 a MORILLO CRESPO ANTONIO 0,00 396,24 396,24
5 PBBB09 BARBATE 002 00202 a ESTUDIOS ALGA SL 36,00 581,98 581,98
6 PBBB10 BARBATE 002 00204 0 ESTUDIOS ALGA SL 82,01 730,45 730,45
7 PBBB11 BARBATE 002 00169 0 GUADALQUIVIR SPORT SL 296,47 280,98 526,58
8 PBBB12 BARBATE 002 09003 0 AYUNTAMIENTO DE BARBATE 30,27 19,90 19,90
9 PBBB13 BARBATE 002 00170 0 GUADALQUIVIR SPORT SL 26.511,69 0,00 0,00
10 PBBB14 BARBATE 002 00167 a MORILLO CRESPO ANTONIO 7,29 0,00 0,00
11 PBBB15 BARBATE 002 00154 a MERA RODRIGUEZ JUAN 7,29 0,00 0,00
12 PBBB16 BARBATE 002 00199 0 RODRIGUEZ PEREZ ROSARIO 7,29 32,44 51,21
13 PBVF01 VEJER DE LA FRA. 032 00061 b AGROHECAMO SL 34,55 1,64 1,64
14 PBVF02 VEJER DE LA FRA. 032 00062 c MORILLO ESPARRAGOSA MARIA DOLORES 1,45 670,12 670,12
15 PBVF06 VEJER DE LA FRA. 032 09004 0 JUNTA DE ANDALUCIA - CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE 0,00 195,78 195,78

Lo que se hace público para general conocimiento, abriéndose un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de la última de las publicaciones que se efectúen en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, para que los interesados puedan presentar reclamaciones y alegaciones sobre la procedencia de la ocupación o disposición de los bienes y su estado material o legal, a través de los registros y oficinas regulados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en los Ayuntamientos de Barbate y Vejer de la Frontera o ante la Delegación Provincial de Cádiz de la Consejería de Medio Ambiente en cuyas oficinas sitas en Recinto Interior Zona Franca, Edificio Melkart, 1.ª planta, y durante los mismos días y en horas hábiles estará expuesto el citado Pliego de Bases, a disposición de los que deseen examinarlo.

En el tablón de anuncios de los Ayuntamientos donde radiquen los bienes objeto de expropiación, se fijará una copia de la relación de los bienes y derechos afectados, a tenor de lo dispuesto en los artículos 18 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y concordantes del Reglamento para su aplicación.

Cádiz, 22 de junio de 2011.- La Delegada, Silvia López Gallardo.

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