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En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 401/2010, de 9 de noviembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público correspondiente a 2010, y conforme a lo dispuesto en el Decreto 2/2002, de 9 enero, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, esta Secretaría General para la Administración Pública, de acuerdo con la delegación de competencias conferida por Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 15 de septiembre de 2010, por la que se delegan competencias en diversas materias en órganos de la Consejería, el Decreto 255/1987, de 28 de octubre, de atribución de competencias en materia de personal, el Decreto 14/2010 de 22 de marzo, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 133/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, acuerda convocar concurso-oposición libre para el ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Sociología (A1.2017).
BASES DE LA CONVOCATORIA
Primera. Normas generales.
1. Se convoca, de conformidad con el artículo 61.6 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, concurso-oposición para cubrir cinco plazas en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Sociología.
2. Esta convocatoria se somete a lo establecido en materia de selección en la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía; la Ley 7/2007, de 12 de abril; la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social; el Decreto 2/2002, de 9 de enero, del Reglamento General de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto 277/2009, de 16 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Andaluz de Administración Pública; el Decreto 299/2002, de 10 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público de la Administración de la Junta de Andalucía de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; el Decreto 93/2006, de 9 de mayo, y las bases de la presente convocatoria.
3. De acuerdo con lo establecido en la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, toda la información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá al público en la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y en sus Delegaciones Provinciales; en el Instituto Andaluz de Administración Pública (y en su página web: www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica); en las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en las distintas provincias, y en la Subdelegación del Gobierno en el Campo de Gibraltar.
4. El contenido de los ejercicios de la oposición versará sobre el programa de materias aprobado por Orden de 24 de febrero de 2011 y que consta como Anexo II.
Segunda. Requisitos para la admisión en las pruebas selectivas
1. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su participación:
1.1. Declaren en su instancia que reúnen todos y cada uno de los siguientes requisitos exigidos para el acceso al Cuerpo Superior Facultativo, opción Sociología, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la misma:
a) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos de la Ley 7/2007, de 12 de abril.
Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Licenciado en Sociología o Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología (sección Sociología).
Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo Superior Facultativo, opción Sociología.
e) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionario, y no poseer la condición de funcionario o funcionaria del Cuerpo y Especialidad convocado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
Todos estos requisitos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 4 de la base octava, deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera.
1.2. Hayan abonado la correspondiente tasa tal como se establece en la base cuarta de esta convocatoria.
Tercera. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de los ejercicios
1. El proceso selectivo se llevará a cabo a través del sistema de concurso-oposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 del Decreto 2/2002, de 9 de enero. La fase de oposición supondrá el 90% del total del sistema selectivo, y la fase de concurso el 10%. La calificación final del proceso selectivo no podrá superar los 200 puntos y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición y en la fase de concurso.
2. Se celebrará en primer lugar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio y se valorará de 0 a 180 puntos. La oposición consistirá en la realización de los dos ejercicios obligatorios que se indican a continuación, que serán eliminatorios:
2.1. Primer ejercicio eliminatorio: constará de dos partes:
2.1.1. La primera parte consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del temario que figura en el Anexo II de esta Resolución.
2.1.2. La segunda parte, de carácter práctico, consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 50 preguntas de tipo test con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta, de acuerdo a las funciones propias del Cuerpo y Especialidad convocado, y relacionado con el temario aprobado.
Cada acierto se valorará con 1 punto y cada contestación errónea se penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.
Para cada participante, su puntuación final será la correspondiente al número de aciertos netos obtenidos en el ejercicio: A-(E/3), siendo A el número de aciertos y E el número de errores.
La Comisión de Selección para un mejor cumplimiento de su cometido, teniendo en cuenta el número de participantes presentados a este primer ejercicio, su dificultad, y el número de plazas ofertadas queda facultada para determinar, con anterioridad a su identificación nominal, el número mínimo de aciertos netos A-(E/3) necesario para aprobar el ejercicio.
El tiempo concedido para la realización de este ejercicio será de 180 minutos.
Será corregido sin que se conozca la identidad de las personas examinadas, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.
Una vez realizado este primer ejercicio, la Comisión de Selección hará pública en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica/), la plantilla de respuestas correctas que servirá para la corrección del mismo. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Las personas que hayan realizado el examen dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma. La resolución de aquellas alegaciones que sean tenidas en cuenta por la Comisión de Selección se hará pública con la lista de personas aprobadas en este ejercicio, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.
Acordada la plantilla definitiva y corregido el ejercicio, la Comisión de Selección hará pública en los mismo lugares previstos en el apartado 3 de la base primera, la lista de personas aprobadas en el mismo, ordenada alfabéticamente.
Ni la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las alegaciones son recurribles de forma independiente a la publicación de la lista definitiva de personas aprobadas en este primer ejercicio.
2.2. Segundo ejercicio eliminatorio: consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 3 horas, dos temas de entre los comprendidos en el Programa del Anexo II de esta Resolución: un tema del temario común de materias elegido por cada aspirante de entre tres extraídos al azar, y un tema del temario específico de materias, elegido por cada aspirante de entre tres extraídos al azar.
Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, obteniéndose la calificación final mediante la suma aritmética de las calificaciones alcanzadas en cada uno de los temas. El tema del temario común de materias se calificará de 0 a 9 puntos, siendo necesario para aprobar obtener como mínimo 4,5 puntos. El del temario específico de materias se calificará de 0 a 21 puntos, siendo necesario para aprobar obtener como mínimo 10,5 puntos. La Comisión lo calificará valorando los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.
El ejercicio será leído por cada aspirante en lectura pública ante la Comisión de Selección. La Comisión de Selección suspenderá el acto de lectura cuando el/la aspirante no hubiese contestado alguno de los temas propuestos. En este caso la calificación de la prueba será de 0 puntos.
3. El orden de actuación de los/as aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «Ñ». En el supuesto de que no exista ningún/a aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ», el orden de actuación se iniciará por quienes su primer apellido comience por la letra «O», y así sucesivamente. Todo ello de conformidad con la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, de 16 de febrero de 2011.
Para todo lo que se dispone en esta convocatoria, en lo que tenga efecto, los apellidos se ordenarán conforme a los criterios recogidos en el Anexo III.
4. La lista de personas aprobadas en cada uno de los ejercicios se publicará en los mismos lugares a que se hace referencia en la base primera, apartado 3 para la exposición de la lista de personas admitidas y excluidas a las pruebas selectivas.
5. La superación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.
6. Adaptaciones: La Comisión de Selección tomará las medidas necesarias para que las personas con discapacidad que lo hayan solicitado puedan realizar los ejercicios contando con las adaptaciones que les permitan gozar de condiciones similares a las del resto de participantes.
7. Los ejercicios se celebrarán en la ciudad de Sevilla y el primer ejercicio de la oposición no se celebrará antes de 25 de septiembre de 2011.
8. Para cada ejercicio se convocará a quienes se vayan a examinar en llamamiento único, y se excluirá del proceso selectivo a quienes no comparezcan.
9. De acuerdo con lo establecido en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, contra la lista de personas aprobadas de cada ejercicio se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública.
10. La fase de concurso consistirá en la valoración por parte de la Comisión de Selección de los méritos que acrediten los/as aspirantes, referidos al día de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente convocatoria, y de acuerdo con el baremo que se detalla en el punto 15 de esta base.
11. Por Resolución de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se abrirá el plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación para que los aspirantes que hayan superado la fase de oposición procedan a la presentación del autobaremo de sus méritos y, en su caso, al aporte de la documentación acreditativa de los mismos, conforme al baremo establecido en el apartado 15 de esta base. El modelo de autobaremo se publicará con la citada Resolución.
12. Los méritos a valorar, a efectos de determinar la puntuación en la fase de concurso, serán los alegados, acreditados documentalmente y autobaremados por los/as aspirantes durante el plazo de presentación de autobaremo, no tomándose en consideración los alegados con posterioridad a la finalización de dicho plazo, ni aquellos méritos no autobaremados por los aspirantes.
13. La documentación acreditativa deberá ir grapada, ordenada y numerada según el orden en que se citen los méritos en el autobaremo, debiendo consistir en fotocopias debidamente compulsadas. Aquellos/as participantes que aleguen méritos que se encuentren inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía quedarán exentos de la justificación documental de estos.
14. En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar la fase de oposición.
15. Baremo aplicable a la fase de concurso, cuya puntuación máxima será de 20 puntos:
15.1. Valoración del trabajo desarrollado, con un máximo de 10 puntos:
a) Por cada mes de experiencia en puestos de trabajo del Cuerpo Superior Facultativo, opción Sociología de la Junta de Andalucía, incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía; así como en puestos de trabajo de Cuerpos y especialidad homólogos en cualquier Administración Pública: 0,046 puntos.
El trabajo desarrollado se deberá justificar mediante certificado de la Administración para la que se prestaron los servicios donde conste el periodo, Cuerpo y especialidad y tipo de nombramiento.
b) Por cada mes de experiencia profesional distinta de la contemplada en el subapartado anterior en actividades o puestos de trabajo que supongan el desarrollo de tareas de contenido equivalente al del Cuerpo Superior Facultativo, opción Sociología de la Junta de Andalucía: 0,032 puntos. Esta experiencia deberá acreditarse con informe de vida laboral y copia de los contratos que detallen la categoría profesional en la que se prestaron los servicios.
En los dos supuestos de este apartado, que son incompatibles entre sí en el mismo periodo de tiempo, no se valorarán las relaciones de colaboración social, contratos civiles, mercantiles o administrativos de prestación de servicios.
15.2. Formación, con un máximo de 8 puntos:
a) Se valorará, hasta un máximo de 2,6 puntos, la titulación académica oficial de igual o superior nivel y distinta a la alegada para el ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, opción Sociología de la Junta de Andalucía, de acuerdo con la siguiente escala:
- Por tener el grado de Doctor: 2,6 puntos.
- Por títulos de Másters oficiales: 1,95 puntos por cada uno.
- Por el título de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 1,3 puntos por cada uno.
Solo se valorarán las titulaciones académicas reconocidas por el Ministerio y Consejería competentes en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
Este mérito se justificará con fotocopia compulsada del título o certificado de haber abonado los derechos de expedición del mismo.
b) Se valorará, hasta un máximo de 1,8 puntos, el expediente académico correspondiente a la titulación alegada para acceder al Cuerpo a que se aspira de acuerdo con la siguiente escala:
- Por nota media de Matrícula de Honor: 1,8 puntos.
- Por nota media de Sobresaliente: 0,9 puntos.
- Por nota media de Notable: 0,45 puntos.
A los efectos de este subapartado y con el fin de homogeneizar las calificaciones, si alguna calificación solo estuviese expresada en términos cuantitativos se trasladará a cualitativa en los siguientes rangos: igual o mayor que 5 y menor que 7, Aprobado; igual o mayor que 7 y menor que 8,5, Notable; igual o mayor que 8,5 y menor que 9,5, Sobresaliente; e igual o mayor que 9,5 y menor o igual que 10, Matrícula de Honor.
Este mérito se acreditará con copia del título o, en su caso, certificación académica del Centro Oficial correspondiente.
c) Se valorarán, hasta un máximo de 2 puntos, los cursos directamente relacionados con el temario de acceso al Cuerpo y Especialidad convocado, como sigue:
- Para cursos organizados, impartidos u homologados por la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local, los Organismos y Entidades de Derecho Público de dichas Administraciones; Universidades y Colegios Profesionales; y las Organizaciones sindicales en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo, por cada 20 horas lectivas 0,25 puntos.
- Para el resto de cursos organizados o impartidos por cualquier otra entidad, no contemplada en el párrafo anterior, por cada 20 horas lectivas 0,10 puntos.
En todos los casos solo se valorarán por una sola vez los cursos relativos a una misma materia, aunque se repita su participación.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se justificarán mediante la aportación de fotocopia del título o certificado del curso donde conste la entidad que lo organiza o imparte, la materia y el número de horas lectivas.
d) Por cada ejercicio superado en pruebas selectivas, hasta un máximo de 1,6 puntos:
- 0,16 puntos si se trata de ejercicios correspondientes a pruebas selectivas para el acceso al Cuerpo Superior Facultativo, opción Sociología de la Junta de Andalucía. El mérito de superación de ejercicios de pruebas selectivas, se acreditará mediante declaración responsable del/de la interesado/a en la que identificará el número de ejercicios superados y a qué convocatoria corresponden. La veracidad de la citada declaración será comprobada por la Administración.
- 0,08 puntos si se trata de ejercicios correspondientes a pruebas selectivas para acceder al Cuerpo y Especialidad homólogos al que se aspira en otras Administraciones Públicas. Se justificará mediante certificado expedido por los organismos competentes en el desarrollo de los procesos selectivos en las correspondientes Administraciones Públicas.
15.3. Otros méritos, hasta un máximo de 2 puntos.
a) Por la participación como ponente en Congresos y/o Jornadas, directamente relacionados con el temario de acceso al Cuerpo Superior Facultativo, opción Sociología de la Junta de Andalucía con 1,50 puntos por cada ponencia.
Este mérito se acreditará con copia del certificado emitido por la organización del Congreso o de la Jornada.
b) Impartición de cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con el temario de acceso al Cuerpo Superior Facultativo, opción Sociología de la Junta de Andalucía: 1 punto por cada 20 horas lectivas.
En todos los casos de participación en docencia solo se valorarán los cursos impartidos por una sola vez, aunque se repita su impartición. Se justificará este mérito con copia del certificado de la entidad que lo organiza o imparte, donde conste la materia y número de horas impartidas por el docente.
c) Por ser funcionario de carrera en cualquier Administración Pública de un Subgrupo inferior al del Cuerpo convocado: 2 puntos
16. A la puntuación obtenida en el concurso, cuya puntuación máxima será de 20 puntos, se sumarán los puntos obtenidos en la fase de oposición, siempre que en ésta se haya superado la puntuación mínima necesaria para aprobar, determinando de esta forma la puntuación final de cada aspirante y el número de aprobados/as, que no podrá ser superior al de plazas convocadas, ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 de la Ley 7/2007.
Cuarta. Solicitudes y plazo de presentación.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, e irán dirigidas a la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública.
2. Quienes deseen participar en el proceso selectivo identificarán esta convocatoria de forma inequívoca, consignando, entre otros extremos, el código correspondiente al Cuerpo Superior Facultativo, opción Sociología (A1.2017).
3. Las personas con discapacidad podrán solicitar las adaptaciones necesarias para la realización de los ejercicios, manifestándolo en el apartado «observaciones» de su solicitud.
4. De conformidad con lo dispuesto en la Sección 1.ª del Capítulo I de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, todos los que deseen participar en el proceso selectivo deberán hacer efectiva una tasa de inscripción de 37,40 euros, cuyo hecho imponible lo constituye la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria. No tendrán que hacer efectiva la tasa de inscripción quienes acrediten su condición de personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33%, mediante original o copia compulsada del certificado que lo acredite emitido por el órgano competente de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social u órganos similares de otras Administraciones Públicas, que entregarán junto con su solicitud de participación.
5. Quienes deseen formar parte de la Bolsa de Selección de Personal Interino prevista en el artículo 28 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, deberán consignarlo en el apartado correspondiente de la solicitud.
6. La presentación de las solicitudes puede seguir dos procedimientos distintos:
6.1. Presentación telemática:
Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro Telemático de la Junta de Andalucía, conforme al procedimiento que se señala en la presente base, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
6.1.1. La presentación electrónica se realizará ante el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública: www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica. En la citada página figurarán recogidas las respuestas a las preguntas más frecuentes formuladas sobre la tramitación, así como el procedimiento para la presentación de la solicitud.
6.1.2. De acuerdo con la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas de la Comunidad Autónoma Andaluza, todas aquellas personas que tramiten la solicitud y el pago de su tasa conjuntamente y de forma telemática (telepago), obtendrán una bonificación de 3 euros sobre el importe de la tasa a ingresar.
6.1.3. La solicitud presentada ante el Registro Telemático único de la Junta de Andalucía no podrá ser modificada en ningún caso, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados por las personas interesadas, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma por las actuaciones o trámites previstos en las presentes bases, por la misma u otra vía distinta.
6.1.4. Las personas afectadas por un grado de discapacidad igual o superior al 33% que habiendo presentado telemáticamente su solicitud deseen quedar exentas del pago de la tasa por esta misma causa, deberán dirigir al Instituto Andaluz de Administración Pública, dentro del plazo de presentación de solicitudes, el certificado que acredite su condición de persona con discapacidad emitido por el órgano y la Administración competentes junto con la fotocopia compulsada del justificante de la recepción de sus solicitud de participación en el proceso selectivo que genera el sistema tras la presentación telemática.
6.2. Presentación manual:
6.2.1. Las solicitudes se ajustarán al modelo oficial publicado como Anexo IV de la presente Resolución, el cual podrá ser fotocopiado por los aspirantes u obtenerse en los lugares indicados en el punto 3 de la base primera.
En la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública, (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica) podrá cumplimentarse la solicitud para su posterior impresión y presentación.
6.2.2. La tasa indicada en el punto 4 de esta base deberá liquidarse utilizando el impreso oficial Modelo 046 de autoliquidación de tasas, del órgano gestor Instituto Andaluz de Administración Pública, aprobado por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 26 de diciembre de 2001, que podrá obtenerse en los mismos lugares que el modelo de solicitud, y abonarse en cualquier sucursal de las entidades financieras reconocidas como colaboradoras de la Junta de Andalucía.
El Modelo 046 específico para el pago de esta tasa contiene los siguientes datos: en el espacio destinado a la Consejería competente: «Consejería de Hacienda y Administración Pública»; en la línea de puntos destinada a señalar el órgano gestor del servicio: «Instituto Andaluz de Administración Pública»; en los recuadros reservados al código territorial del órgano o Consejería competente: el número «IA 00 00»; en la casilla correspondiente al concepto (04 del impreso): el código «0005»; y en la descripción de la liquidación (casilla 36 del modelo): «por inscripción en las convocatorias para selección de personal al servicio de la Junta de Andalucía». De no recogerse alguno de los datos aludidos deberá ser cumplimentado por el/la solicitante. Se podrá acceder a dicho impreso oficial a través de la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública, (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica), en el enlace «Pago de Tasas».
La acreditación del pago de la tasa se realizará adjuntando a la solicitud el «Ejemplar para la Administración» del referido impreso Modelo 046, en el que deberá constar la validación mecánica de la entidad financiera donde se efectúe el ingreso, la sucursal, el importe y la fecha del mismo. La falta de acreditación del pago de la tasa determinará la exclusión del/de la solicitante.
Además, en el espacio reservado a este fin en el modelo de solicitud contenido en el Anexo IV, deberá consignarse el código numérico identificativo del impreso 046 de autoliquidación de la tasa que se recoge en la parte superior del código de barras de cada ejemplar (espacio 01 del impreso).
6.2.3. Cada solicitud presentada de forma manual debe ir acompañada por:
- El «Ejemplar para la Administración» del Modelo 046 de autoliquidación de la tasa, o
- El Certificado Oficial que acredite la discapacidad alegada, en el supuesto previsto en el punto 4 de esta base.
6.2.4. Las solicitudes se presentarán en los Registros Generales del Instituto Andaluz de Administración Pública, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y de sus Delegaciones Provinciales, de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en las diferentes provincias y de la Subdelegación del Gobierno en el Campo de Gibraltar, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/92.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario o funcionaria de Correos, antes de ser certificadas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado anteriormente, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al Instituto Andaluz de Administración Pública.
7. En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación de la solicitud de participación en tiempo y forma, de acuerdo con lo dispuesto en esta convocatoria.
8. Procederá, previa solicitud del interesado o de la interesada, la devolución de la tasa que se hubiese satisfecho cuando no se realice su hecho imponible (presentación de la solicitud) o se constate abono de mayor cuantía a la exigida en la presente base. La exclusión definitiva del proceso selectivo de cualquier aspirante o la no presentación a la realización de alguno de los ejercicios en que consiste la oposición, no dará lugar a la devolución de los derechos de examen.
9. Para determinados trámites que hubieran de llevarse a cabo tras el periodo de entrega de solicitudes ante la Administración convocante de estas pruebas selectivas, será necesario probar documentalmente la presentación de su solicitud:
- Para la presentación manual: Con el original o fotocopia compulsada de la copia de la solicitud presentada en la que conste la fecha y el lugar de presentación de la misma.
- Para la presentación telemática: Con el justificante de la recepción que genera el sistema tras la presentación.
Quinta. Admisión de aspirantes.
1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por delegación de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y las listas se expondrán en los lugares establecidos en la base primera, punto 3.
2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas, los/as aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación de la resolución anteriormente aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.
Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos/as de la participación en el proceso selectivo.
3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, por delegación de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, dictará Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, declarando aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, que se expondrán en los lugares establecidos en la base primera, punto 3. Asimismo, en dicha resolución se harán constar el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la oposición.
En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en las listas provisionales, y la publicación les servirá de notificación.
4. La resolución por la que se declarará aprobada la lista definitiva de personas admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá interponer recurso de reposición ante la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sexta. Comisión de Selección.
1. A la Comisión de Selección le corresponde el desarrollo y la calificación del proceso selectivo.
2. Su composición se contiene en el Anexo I que acompaña a la presente Resolución pudiendo proponer a la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública la incorporación a sus trabajos de asesores o asesoras especialistas, que colaborarán exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
3. La pertenencia a la Comisión de Selección será a título individual, sin que pueda ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie. No podrán formar parte de la Comisión de Selección aquellas personas que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, tampoco podrán formar parte el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. Las personas que formen parte de una Comisión de Selección deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, cuando concurran en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre. La persona que ejerza la presidencia de la Comisión de Selección deberá exigir a quienes compongan la misma declaración expresa de no hallarse incursos/as en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
Asimismo, cualquier persona que participe en el proceso selectivo podrá recusar a los miembros de la Comisión de Selección cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
4. Por resolución de la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, se podrá nombrar personal funcionario que colabore temporalmente en el desarrollo del proceso de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los ejercicios que les atribuya la Comisión de Selección. Este personal estará adscrito a dicha Comisión de Selección y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que ésta les curse al efecto.
5. Las personas que formen parte de una Comisión de Selección son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos legalmente.
6. Para la válida constitución de la Comisión de Selección a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia de quien ostente la Presidencia y la Secretaría de la misma o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.
7. A efectos de comunicaciones y demás incidencias la Comisión de Selección tendrá su sede en el Instituto Andaluz de Administración Pública, sito en Avda. Ramón y Cajal núm. 35, 41080, Sevilla.
8. La Comisión de Selección podrá requerir en cualquier momento a los/las aspirantes para que acrediten su personalidad.
9. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento de la Comisión de Selección que cualquier aspirante no cumple con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, pondrá en conocimiento de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública dicha circunstancia, para que ésta, previa audiencia de la interesada o del interesado, resuelva de forma motivada lo que proceda.
10. La Comisión de Selección no podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, ello sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 7, de la base octava, en relación con lo dispuesto en el último párrafo del articulo 61.8 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.
11. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 157/2007, de 29 de mayo, que modifica el Decreto 54/89, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, la Comisión de Selección del presente proceso selectivo queda clasificada en la categoría E. Por el Instituto Andaluz de Administración Pública se establecerá el número máximo de sesiones presenciales que, en función del número de opositores que accedan al segundo ejercicio, se asigna a la Comisión del Selección.
12. La Comisión de Selección resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como lo que proceda en los casos no previstos.
13. De conformidad con lo establecido en el artículo 90 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se acordará la extinción de la Comisión de Selección por el cumplimiento de su finalidad.
Séptima. Lista de personas aprobadas.
1. Finalizado el plazo previsto en el punto 11 de la base tercera, la Comisión de Selección procederá a la verificación de la autobaremación presentada por aquellos aspirantes que, habiendo superado la fase de oposición y sumada la puntuación resultante del autobaremo practicado por cada uno de ellos a la obtenida en la fase de oposición, tengan opción a superar la convocatoria en función del número de plazas ofertadas.
En dicho proceso de verificación, la Comisión de Selección podrá minorar la puntuación consignada por los aspirantes en el caso de méritos no valorables conforme al baremo de méritos o en el caso de apreciar errores aritméticos. En el supuesto de méritos autobaremados en subapartados erróneos, la Comisión de Selección podrá trasladar los mismos al subapartado correcto, sin que ello pueda implicar aumento de la puntuación total autoasignada por los aspirantes en cada apartado. En ningún caso podrá la Comisión de Selección otorgar una puntuación mayor a la consignada en cada apartado del baremo por los aspirantes.
2. Finalizada la calificación de aspirantes aprobados/as, la Comisión de Selección publicará, en los mismos lugares previstos en el apartado 3 de la base primera, la lista provisional de aprobados/as, con indicación de la puntuación obtenida tanto en la fase de oposición como en la de concurso, desglosada esta última conforme a los apartados del baremo de méritos. Dicha lista irá ordenada por orden alfabético.
Contra esta lista podrán presentarse alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, ante la Comisión, en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma, estas podrán realizarse y tramitarse tanto manual como telemáticamente. Dichas alegaciones serán decididas en la relación definitiva de aprobados.
La vista de expediente se realizará telemáticamente por todos los participantes interesados, precisándose para ello disponer de certificado digital, usuario y clave de acceso a la web del Empleado Público o del número del impreso de Autoliquidación de tasas (Modelo 046).
3. Transcurrido el plazo referido en el punto anterior y resueltas las alegaciones en su caso presentadas, el órgano de Selección hará pública, en los mismos lugares previstos en el apartado 3 de la Base Primera, la relación definitiva de aprobados por orden de puntuación con las calificaciones obtenidas en cada una de las fases del proceso selectivo y la elevará como propuesta a la Secretaría General para la Administración Pública para el nombramiento como personal funcionario. Contra esta lista final de aprobados podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga pública, de conformidad con los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/92.
4. En caso de empate en la puntuación final el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. En caso de persistir el mismo, se atenderá a la puntuación obtenida en la fase de concurso de méritos por el mismo orden en que aparecen regulados en esta convocatoria; y, de persistir la igualdad, se resolverá de acuerdo con el orden alfabético que consta en el Anexo III, comenzándose por la letra «Ñ», según se recoge en el punto 3 de la base tercera.
Octava. Presentación de documentación y solicitud de destino.
1. La Consejería de Hacienda y Administración Pública resolverá, a través de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, de acuerdo con las necesidades de ordenación de efectivos, la oferta de vacantes a los/as aspirantes seleccionados/as en el concurso-oposición. En esta figurará, al menos, el mismo número de plazas que aspirantes hayan sido seleccionados/as. La oferta de vacantes se anunciará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, salvo cuando las circunstancias del proceso selectivo lo permitan, y a fin de favorecer la celeridad en su gestión, el trámite de oferta de vacantes, presentación de la documentación preceptiva y petición de destinos, podrán sustituirse por un acto único mediante comparecencias personales de los/as seleccionados/as en el lugar y fecha que se determine por la Administración. En dicha oferta de vacantes se garantizará el cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Decreto 93/2006, de 22 de mayo.
2. Las personas seleccionadas dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde la publicación de dicha relación, para presentar la petición de destino, a la vista de las vacantes ofertadas, y la documentación que se detalla en el apartado 4 de la presente base, dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública.
3. Las peticiones de destino se presentarán preferentemente en el Registro Telemático de la Junta de Andalucía al que se accederá desde la web del empleado público (www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/empleadopublico), conforme al procedimiento que se detallará en la resolución citada en el apartado 1 de la presente base, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
4. La documentación que habrá de aportarse, será original o copia de la siguiente:
a) Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero. En el supuesto de descendientes de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de su cónyuge, contemplado en el apartado 1.a) de la base segunda, deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo.
b) Título Académico Oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo, o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, y la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas y no poseer la condición de funcionario del Cuerpo y opción a que se aspira. En el caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo y opción (o Especialidad) a que se aspira.
e) Petición de destinos, conforme al modelo que se publicará en la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública citada en el apartado 1 de esta base. Aquellos aspirantes que hayan presentado la solicitud de petición de destinos telemáticamente no tendrán que volver a presentarla.
f) Certificado expedido por los órganos competentes en la materia, de la Junta de Andalucía u otras Administraciones Públicas que acredite la condición de persona con discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33%. Dicha condición deberá mantenerse hasta que los aspirantes adquieran la condición de personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía.
Asimismo, los aspirantes con discapacidad deberán aportar certificado, expedido por la Consejería competente en la materia, de la Junta de Andalucía, en el que conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo y opción a que se aspira.
5. Las personas seleccionadas que tuvieran la condición de funcionarios o funcionarias de carrera y quienes estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos, ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, siempre que hubiesen sido inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía. El personal funcionario de otras Administraciones deberán presentar únicamente certificación del organismo de procedencia, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
6. Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no comparezcan o no presenten la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados funcionarios ni funcionarias y quedarán sin efecto todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
7. Con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas ofertadas, cuando se produzcan renuncias o cuando alguno de las personas propuestas carezca de los requisitos señalados en la base segunda, la Secretaría General para la Administración Pública podrá requerir a la Comisión de Selección relación complementaria, con los/as aspirantes que sigan a los/as propuestos, para su posible nombramiento como personal funcionario de carrera. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 de la Ley 7/2007.
Novena. Nombramientos y asignación de destinos.
1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública, nombrará funcionarios y funcionarias de carrera a las personas que habiendo superado las pruebas selectivas cumplan los requisitos exigidos en esta convocatoria y determinará el plazo para la toma de posesión en los correspondientes destinos. La adjudicación se efectuará de acuerdo con las peticiones de los/as interesados/as, según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo. En la adjudicación de destinos se garantizará que las condiciones de la asignación de las plazas convocadas resulten adecuadas a las circunstancias de las personas con discapacidad que sean determinantes para posibilitar la efectiva ocupación del puesto. Los nombramientos deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. Las personas seleccionadas que ya tengan la condición de personal funcionario de carrera, y que ocupen con carácter definitivo un puesto de doble adscripción, podrán solicitar la adjudicación del mismo con el mismo carácter de ocupación, siempre y cuando cumplan los requisitos de la Relación de Puestos de Trabajo. En tal caso, sus solicitudes quedarán excluidas del sistema de adjudicación de destino por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.
En el caso de optar por continuar en el mismo puesto, se producirá simultáneamente la toma de posesión en dicho puesto como personal funcionario del nuevo Cuerpo y la declaración de la situación de excedencia prevista en el artículo 15 del Real Decreto 365/1995, conforme a la redacción dada por el Real Decreto 255/2006, en el Cuerpo al que pertenecía con anterioridad.
Décima. Impugnaciones.
La presente Resolución y cuantos actos administrativos se deriven de la presente convocatoria, de sus bases y de las actuaciones de la Comisión de Selección, podrán ser impugnados por las/os interesadas/os en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Sevilla, 6 de julio de 2011.- El Secretario General para la Administración Pública, Manuel Alcaide Calderón.
ANEXO I
COMISIÓN DE SELECCIÓN
Presidenta: Doña Catalina Monago Ramiro.
Presidente Suplente: D. Pedro Malpica Soto.
Secretario: Don Horacio Tallón Lobo.
Secretaria Suplente: Doña Ana M.ª Romero Fernández.
Vocales:
Doña Josefina Pereira Lorenzo.
Don Fernando Collado Expósito.
Doña Clementina Rodríguez Legido.
Vocales Suplentes:
Doña M.ª Castillo Pérez Gómez.
Doña Eva Touriño Aguilera.
Doña Blanca Sánchez Cabrero.
ANEXO II
TEMARIO
Publicado por Orden de 24 de febrero de 2011, por la que se modifican los temarios que han de regir los procesos selectivos para ingreso en determinados Cuerpos de Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía. (BOJA núm. 49, de 10 de marzo de 2011.)
TEMARIO COMÚN A TODAS LAS OPCIONES DE LOS CUERPOS SUPERIORES FACULTATIVOS
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Antecedentes. Valores superiores y principios inspiradores. El Estado Social y Democrático de Derecho. Derechos y deberes fundamentales. Los principios rectores de la política social y económica. Garantías y casos de suspensión. El procedimiento de reforma constitucional.
Tema 2. Los órganos constitucionales. La Corona. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado: Composición y funciones. La función legislativa. El Gobierno del Estado. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo.
Tema 3. La representación política en España: Los partidos políticos, bases doctrinales, régimen jurídico y estructura interna. El sistema electoral español. Organización del sufragio y procedimiento electoral.
Tema 4. La organización territorial del Estado en la Constitución española. Las Comunidades Autónomas: Fundamento constitucional. Los Estatutos de Autonomía. Delimitación de las funciones y competencias del Estado y las Comunidades Autónomas. Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas. La organización de las Comunidades Autónomas.
Tema 5. La Administración Local: Regulación constitucional. Tipología de los entes locales. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas sobre Administración Local. La ley de Bases de Régimen Local. La organización territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 6. El municipio: Organización y competencias. La provincia: organización y competencias. Las relaciones entre la Comunidad Autónoma Andaluza y las Diputaciones provinciales.
Tema 7. La Comunidad Autónoma de Andalucía: Antecedentes histórico-culturales. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: proceso de elaboración, fundamento, estructura y contenido básico. Competencias de la Comunidad Autónoma. Reforma del estatuto.
Tema 8. Organización Institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía (I): El Parlamento de Andalucía. Composición, atribuciones y funcionamiento. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. El Defensor del Pueblo de Andalucía. La Cámara de Cuentas de Andalucía.
Tema 9. Organización Institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía (II): El Presidente de la Junta de Andalucía: Elección, estatuto personal y funciones. El Consejo de Gobierno: Composición, carácter, atribuciones y funcionamiento. Las Comisiones Delegadas y la Comisión General de Viceconsejeros y Viceconsejeras. El Consejo Consultivo de Andalucía: Naturaleza, composición y funciones.
Tema 10. La Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Principios de organización, actuación y atención ciudadana. Los Consejeros, Viceconsejeros, Directores Generales, Secretarios Generales Técnicos y órganos análogos. La organización central y territorial de la Administración de la Junta de Andalucía. Entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía
Tema 11. La Unión Europea. Los Tratados originarios y modificativos de las Comunidades Europeas. Las instituciones comunitarias. La representación de la Junta de Andalucía ante la Unión Europea. El Derecho Comunitario y sus distintos tipos de fuentes.
Tema 12. Las libertades básicas del sistema comunitario. Las principales políticas comunes, con especial referencia a la política regional comunitaria: Los fondos estructurales y sus objetivos prioritarios. El presupuesto de las Comunidades Europeas.
Tema 13. La Administración Pública: Concepto, caracteres y clasificación. La Administración y el Derecho: El principio de legalidad y sus manifestaciones. Las potestades administrativas. La actividad discrecional de la Administración: límites y control.
Tema 14. Fuentes del Derecho Administrativo: Clasificación. Jerarquía normativa. La Ley: Concepto y clases. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley. El Reglamento: Concepto y clasificación. La potestad reglamentaria: Fundamento titularidad y límites. Procedimiento de elaboración de los Reglamentos.
Tema 15. Los órganos administrativos: Concepto y clases. La competencia: Clases y criterios de delimitación. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. La forma de los actos: La motivación. La eficacia del acto administrativo: la notificación y la publicación. El silencio administrativo, naturaleza y régimen jurídico. La invalidez y revisión de oficio de los actos administrativos. La inderogabilidad singular del reglamento.
Tema 16. El procedimiento administrativo: Naturaleza y fines. El procedimiento administrativo común en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los principios generales. Abstención y recusación. Los interesados. Derechos de los ciudadanos en el procedimiento. Las fases del procedimiento. Los procedimientos especiales.
Tema 17. La revisión de los actos administrativos. Revisión de oficio. Los recursos administrativos: Concepto, clases y principios generales de su regulación. Actos que agotan la vía administrativa. La jurisdicción contencioso-administrativa: Concepto y naturaleza.
Tema 18. Los contratos de la Administración: objeto y finalidad. Ámbito subjetivo de aplicación. Calificación de los contratos. El órgano de contratación. capacidad y solvencia del empresario. Régimen de invalidez. Preparación de contratos por las Administraciones Públicas. Adjudicación de los contratos. Ejecución, modificación y extinción de los contratos.
Tema 19. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Competencias de la Junta de Andalucía. Procedimiento general y procedimiento abreviado. La responsabilidad de las autoridades y del personal. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas.
Tema 20. El servicio público. Doctrina clásica y evolución. Las diferentes formas de gestión de los servicios públicos. Las concesiones: naturaleza jurídica y clases. El régimen jurídico de las concesiones: modificación, novación, transmisión y extinción de las concesiones.
Tema 21. La expropiación forzosa: regulación constitucional. Competencias de la Junta de Andalucía. Naturaleza y justificación de la potestad expropiatoria. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento general. Peculiaridades del procedimiento de urgencia. Procedimientos especiales. La reversión de los bienes objeto de la expropiación.
Tema 22. Las propiedades administrativas: Clases. El Patrimonio de la Junta de Andalucía: Bienes que lo integran. El dominio público de la Junta. Elementos y régimen jurídico. Prerrogativas. La utilización del dominio público.
Tema 23. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas: Régimen estatutario y laboral. La normativa básica estatal: El Estatuto Básico del Empleado Público. Competencias de las Comunidades Autónomas. La Ley de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.
Tema 24. Clases de personal al servicio de la Junta de Andalucía. Procedimientos para la provisión de puestos adscritos a personal funcionario. Carrera y promoción profesional. Régimen de incompatibilidades. El Convenio Colectivo del personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía. Estructura y contenido general.
Tema 25. La Hacienda Pública y la Constitución. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Contenido y estructura. Los criterios de clasificación de los créditos presupuestarios. El ciclo presupuestario. Las modificaciones presupuestarias. El procedimiento general de ejecución del gasto público: Fases, órganos competentes y documentos contables.
Tema 26. El control de la actividad financiera de la Comunidad Autónoma: Concepto y clases. El control interno: La función interventora y sus modalidades: el control financiero y el control financiero permanente. La Intervención General de la Junta de Andalucía. El control externo: La Cámara de Cuentas de Andalucía y el control parlamentario.
Tema 27. Los ingresos públicos: Concepto, naturaleza y clases. El sistema tributario español: Principios constitucionales y estructura básica del sistema vigente. Imposición directa e indirecta, con especial referencia al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Las tasas y los precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 28. La financiación de las Comunidades Autónomas: Regulación. La financiación de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La cesión de tributos a Andalucía. Fuentes de financiación propia de la Comunidad Autónoma Andaluza
Tema 29. Los sistemas informáticos. Concepto, componentes y funcionamiento general. Tipos de arquitecturas. Los procesos cooperativos y la arquitectura cliente-servidor: Referencia a las arquitecturas de la Junta de Andalucía. Los sistemas operativos. Los sistemas de gestión de bases de datos. Concreción de los sistemas adoptados por la Junta de Andalucía.
Tema 30. La gestión de proyectos de sistemas informáticos en la Administración de la Junta de Andalucía: Normativa aplicable. Metodología y desarrollo de los sistemas de información: Principales fases, objetivos generales y productos finales a obtener en cada fase.
Tema 31. Igualdad de Género, conceptos generales: Conceptos: Género, discriminación, desigualdad, acción positiva, roles y estereotipos. Discriminación por razón de sexo: discriminación directa e indirecta, discriminación salarial. Acoso por razón de sexo. Discriminación en la publicidad y lenguaje sexista. Igualdad entre mujeres y hombres: Igualdad de Derechos, de Trato y de Oportunidades.
Tema 32. Normativa sobre igualdad: La igualdad de género en la Constitución y en el Estatuto de Autonomía para Andalucía. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía. Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.
Tema 33. Transversalidad de género: Concepto de Mainstreaming: Enfoque integrado de Género en las Políticas Públicas. La Unidad de Igualdad y Género: Funciones. Pertinencia e impacto de género en la Normativa: conceptos y objetivos. Comisión de Impacto de Género en los Presupuestos Públicos de la Comunidad Autónoma: objeto y competencias.
Tema 34. Violencia de Género: Concepto y tipos de violencia hacia las mujeres. Prevención y protección integral. Recursos y programas específicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
TEMARIO ESPECÍFICO DEL CUERPO SUPERIOR FACULTATIVO OPCIÓN SOCIOLOGÍA (A1.2017)
Tema 1. La perspectiva sociológica. Historia de la sociología. Los orígenes de la sociología: Factores sociales y políticos.
Tema 2. Perspectivas macro y micro sociológicas I. Grandes paradigmas: El Funcionalismo.
Tema 3. Perspectivas macro y micro sociológicas II. Grandes paradigmas: Sociología del Conflicto.
Tema 4. Perspectivas macro y micro sociológicas III. Grandes paradigmas: Teoría de la Acción Social.
Tema 5. Construcción social de la vida cotidiana. Construir situaciones: normas sociales y habla, comunicación no verbal, el cuerpo y las emociones.
Tema 6. Socialización. La importancia de lo social. Proceso y mecanismos de socialización. Agentes de socialización.
Tema 7. Socialización y ciclo vital: Infancia, adolescencia, edad adulta y vejez. Sucesión de generaciones.
Tema 8. Cultura. Componentes de la cultura. Diversidad cultural. Etnocentrismo y relatividad cultural. Cultura global.
Tema 9. Concepto de desviación social. Desviación, orden y control social. Teorías del delito y la desviación. Instituciones de control social.
Tema 10. Sociedad. Tipos y evolución de las sociedades. Grupos sociales.
Tema 11. Cambio social. Factores del cambio social. Modernidad. Postmodernidad. Sociedad de riesgo.
Tema 12. Globalización. Características y dimensiones. Beneficios y riesgos. El mundo globalizado.
Tema 13. La estadística en la investigación social I. Funciones de la Estadística. Unidades de análisis y variables. Niveles de medida.
Tema 14. La estadística en la investigación social II. Descripción de los datos. Medidas de centralización, de dispersión y de forma.
Tema 15. La estadística en la investigación social III. Contraste de hipótesis. Errores alfa y beta.
Tema 16. La estadística en la investigación social IV. Análisis bivariante: Tablas de contingencia. Correlación y regresión. T de Student. Análisis de la varianza.
Tema 17. La estadística en la investigación social V. Conceptos básicos de análisis multivariante: componentes principales. Correspondencias.
Tema 18. Métodos de investigación social. Selección de técnicas: Pluralismo metodológico. Diseño y fases de una investigación social.
Tema 19. La medición en Sociología. Concepto y tipos de medición. Validez y fiabilidad.
Tema 20. Cálculo de la muestra: concepto de error muestral y nivel de confianza. Tipos de muestreo. Otras formas de selección de unidades de análisis.
Tema 21. La encuesta en las ciencias sociales. Diseño del cuestionario. La formulación de las preguntas. Tipos de preguntas.
Tema 22. Grupos de discusión. Diseño del grupo. Formación del grupo. Funcionamiento del grupo de discusión. Interpretación y análisis del grupo de discusión.
Tema 23. Otras técnicas cualitativas de investigación social: La observación participante y la entrevista en profundidad.
Tema 24. Análisis de contenido: Aplicaciones y componentes. Documentos personales e historias de vida.
Tema 25. Estratificación social: Conceptos básicos. Sistemas de estratificación social: Esclavitud, sistemas de castas, estamental y de clase.
Tema 26. Principales teorías sobre la estratificación social en las sociedades modernas. La teoría de Karl Marx. El enfoque funcionalista de la estratificación social. La teoría de Max Weber.
Tema 27. Las clases en la sociedad contemporánea. Cambios en la estructura de clases. Movilidad Social.
Tema 28. Pobreza y exclusión social. Polarización de la riqueza y la pobreza mundiales. Desigualdad, pobreza y exclusión social en la era de la información. Nuevas formas de pobreza.
Tema 29. Los movimientos migratorios en la sociedad globalizada. Multiculturalidad e interculturalidad: diferentes enfoques y sus efectos en las sociedades receptoras.
Tema 30. Demografía. Fuentes y factores demográficos. Tasas e indicadores demográficos. Proyecciones de población: nociones básicas.
Tema 31. Crecimiento de la población. Natalidad, mortalidad y fecundidad. Índice de reposición. Tasas de crecimiento natural de la población. Movimiento migratorio.
Tema 32. Estructura de la población. Tasas de envejecimiento.
Tema 33. La población en el mundo. Teorías del cambio demográfico: El maltusianismo, la transición demográfica.
Tema 34. La población andaluza: estructura, crecimiento natural. Movimientos migratorios en Andalucía.
Tema 35. Sociología rural. La aplicación de la sociología al análisis de las sociedades rurales y al desarrollo rural. Referencia a Andalucía.
Tema 36. Sociología urbana. La aplicación de la sociología al análisis de la ciudad y al desarrollo del urbanismo moderno. La ciudad global. La ciudad informacional. Dinámica de las ciudades en Andalucía.
Tema 37. Familia y parentesco. Análisis teórico de la familia. Las relaciones de parentesco. Formas de organización familiar. Evolución de la familia. Nuevas formas de familia.
Tema 38. La crisis de la familia patriarcal y la incorporación de las mujeres al trabajo y la participación social: movimientos sociales, familia y sexualidad en la era de la información.
Tema 39. Redes sociales de apoyo mutuo. Redes familiares: La Encuesta de Redes Familiares del Instituto de Estadística de Andalucía.
Tema 40. La planificación de la política social. La política social de la Unión Europea y su aplicación en España y Andalucía.
Tema 41. Evaluación de políticas públicas. Tipos de evaluaciones. Fases en el desarrollo de una evaluación. Instrumentos para medir los resultados.
Tema 42. Los medios de comunicación. Teorías. Evolución e influencia en la sociedad globalizada. Los nuevos medios de comunicación y la diversificación de la audiencia de masas. Redes sociales y comunidades virtuales.
Tema 43. Movimientos sociales. Globalización de los movimientos sociales: movimiento ecologista, movimiento feminista y otros.
Tema 44. Las organizaciones como objeto de estudio de la Sociología. Los componentes de la organización: objetivos, miembros, toma de decisiones. La organización como sistema social abierto.
Tema 45. Las teorías clásicas de la organización. Max Weber. Modelos de dominación. Concepto de burocracia. El proceso de administración científica en Taylor-Fayol y la búsqueda de los principios administrativos. El Fordismo.
Tema 46. Las teorías sociológicas de la organización. La escuela de las relaciones humanas. Los experimentos de Hawthorne y Elton Mayo.
Tema 47. El desarrollo de las organizaciones y el escenario de la modernidad. Organizaciones de la sociedad industrial y post-industrial. El crecimiento de las organizaciones a lo largo del siglo XX. Organizaciones del Tercer Sector.
Tema 48. Globalización y transnacionalización de las organizaciones. La sociedad red. Tecnología de la información, cultura, instituciones y organizaciones de la economía informacional.
Tema 49. La estructura de las organizaciones. Estructura formal e informal. Jerarquía y ámbito de control. Relación entre objetivos organizacionales y diseño organizacional. Sistemas de comunicación y redes informales.
Tema 50. La dimensión del poder en las organizaciones. Cultura e identidad de las organizaciones. Cambio organizacional.
Tema 51. La Administración Pública como objeto de conocimiento científico. Estado, Administración Pública y sociedad. La Ciencia de la Administración y la Teoría de las Organizaciones.
Tema 52. Nuevas formas de organización y gestión en organizaciones públicas: la nueva gestión pública o «management» público. Administración y Ciudadanía. La Administración como prestadora de servicios.
Tema 53. El orden político: Teorías de la coerción, del interés y del consenso de los valores.
Tema 54. Socialización política. Cultura política. Ideología política. La opinión pública.
Tema 55. Participación política. Modalidades de participación política. Factores y condicionamientos. Teoría de la acción colectiva y participación política. Participación política y género.
Tema 56. La violencia política. La violencia del Estado y la violencia desde la sociedad. Violencia política y procesos de modernización.
Tema 57. Sociología electoral. Sistemas electorales y sistemas de partidos: el caso de España. Los estudios de prospectiva electoral.
Tema 58. El Estado y la sociedad civil. Partidos políticos y grupos de presión. Los nuevos movimientos sociales y su influencia en la política.
Tema 59. Teorías sobre el Estado de Bienestar. Orígenes históricos y etapas de desarrollo. Pilares básicos del Estado de Bienestar. La crisis del Estado de Bienestar.
Tema 60. La dimensión histórica del Estado Nacional. La nación como definición de una realidad colectiva. El nacionalismo como ideología política.
Tema 61. El proceso de construcción europea. Orígenes, desarrollo y perspectivas de futuro.
Tema 62. Sociología del trabajo. División del trabajo y diferenciación social. Viejas y nuevas formas de organización del trabajo. Trabajo y tecnología. Tiempo de trabajo y tiempo de ocio: Los estudios de uso del tiempo.
Tema 63. Sociología de las relaciones laborales. Condiciones de trabajo. Motivación y satisfacción en el trabajo. Conflictividad y siniestralidad laboral.
Tema 64. Sociología del mercado de trabajo. Estructura y evolución del mercado de trabajo. La incorporación de las mujeres al mercado de trabajo. Fuentes de información e indicadores.
Tema 65. La transformación del trabajo y el empleo: trabajadores en red, desempleados y trabajadores a tiempo flexible. Movilidad laboral y globalización.
Tema 66. El mercado de trabajo en Andalucía. Estructura y evolución. La concertación social en Andalucía.
Tema 67. Enfoques sociológicos de la educación I: Funcionalista, Marxista y Weberiano.
Tema 68. Enfoques sociológicos de la educación II: Interpretativo y Nuevas Sociologías.
Tema 69. Sociología de la salud. Estilos de vida y creencias sobre la salud y la enfermedad: Modelo de Creencias.
Tema 70. Desigualdades en salud: Clase social, género, edad, etnia.
ANEXO III
CRITERIOS DE ORDENACIÓN ALFABÉTICA
1. Los dígrafos CH, LL y RR no se considerarán como letra del abecedario, ocupando su lugar dentro de las correspondientes a las letras C, L y R.
2. Los primeros apellidos que comiencen con de, del o de la(s), serán tratados de forma igualitaria, independientemente de la forma en que sean transcritos por los interesados, siendo éstos incorporados al nombre.
Ejemplo: Luis del Castillo Velasco.
- Primer apellido: Castillo.
- Segundo apellido: Velasco.
- Nombre: Luis del.
3. Los segundos apellidos que comiencen con de, del o de la(s), serán tratados de forma igualitaria, independientemente de la forma en que sean transcritos por los interesados, siendo éstos incorporados al final del 1.er apellido.
Ejemplo: Luis del Castillo de las Heras.
- Primer apellido: Castillo de las.
- Segundo apellido: Heras.
- Nombre: Luis del.
4. Los apellidos compuestos serán tratados de forma igualitaria, independientemente de la forma en que sean transcritos por los interesados, considerándose en cualquier caso sin guión. Se situarán al final de la primera mitad del apellido compuesto.
Ejemplos:
1.º Luis Vargas Castillo.
2.º Luis Vargas-Machuca Castillo.
Será considerado como Luis Vargas Machuca Castillo y aparecerá después de los anteriores Vargas.
3.º Luis Vargas Machuca-Castillo.
Será considerado como Luis Vargas Machuca Castillo y aparecerá después de los anteriores Machuca.
4.º Luis Vargas Montes.
5. Los acentos, diéresis, apóstrofes o cualquier otro signo ortográfico no establecerán distinción alguna en cuanto al orden alfabético, considerándose para ello como si no existiesen.
Ejemplo:
Luis Castillo O’connor = Luis Castillo Oconnor.
Luis O’Donnell Agüero = Luis Odonnell Agüero.
ANEXO IV
MODELO DE SOLICITUD
Ver Anexo IV en páginas XXX y XXX del BOJA núm. XXX de XXXXXX
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