Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 22/07/2011

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Consejería de Empleo

Resolución de 15 de marzo de 2011, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se hacen públicas las resoluciones de concesión de subvenciones para el desarrollo de acciones de formación de oferta dirigida prioritariamente a trabajadores ocupados para el año 2010, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo de la Orden que se cita, convocadas por Resolución de 14 de julio de 2010, de la Dirección General de Formación Profesional, Autónomos y Programas para el Empleo.

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Examinadas las Resoluciones del Servicio Andaluz de Empleo, de concesión de subvenciones de fecha 22 de diciembre de 2010, así como las solicitudes presentadas, en tiempo y forma, correspondientes a la convocatoria efectuada en la Resolución de 14 de julio de 2010, de la Dirección General de Formación Profesional, Autónomos y Programas para el Empleo, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para el desarrollo en la modalidad de formación de oferta de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores ocupados para el año 2010, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía al amparo de la Orden de 23 de octubre de 2009, esta Presidencia del Servicio Andaluz de Empleo

RESUELVE

Primero. Hacer públicas las Resoluciones de 22 de diciembre de 2010, de la Presidencia del Servicio Andaluz de Empleo, por las que se acuerda la concesión de subvenciones para el desarrollo de acciones de formación de oferta dirigidas prioritariamente a trabajadores ocupados para el año 2010 al amparo de la Orden de 23 de octubre de 2009, en sus distintas modalidades (Intersectorial, Intersectorial Economía Social, Intersectorial Autónomos y Sectorial).

Segundo. El contenido íntegro de las Resoluciones, de fecha 22 de diciembre de 2010, antes reseñadas estará expuesto en el tablón de anuncios de la Consejería de Empleo, sita en la Avda. de Hytasa, 14, de Sevilla, a partir del mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y durante los veinte días hábiles siguientes.

Tercero. Los plazos establecidos en el último párrafo de dichas Resoluciones de 22 de diciembre de 2010 se computarán a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de marzo de 2011.- El Presidente, Manuel Recio Menéndez.

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