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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el art. 29 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, de desamparo, tutela y guarda del menor, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación a la madre del menor J.C. doña Roza Covaciu al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, por el que se
ACUERDA
1.º Mantener lo acordado en la Resolución de fecha 7 de mayo de 2009, con respecto a la declaración de la situación de desamparo y tutela asumida sobre la menor J.C.
2.º El acogimiento familiar provisional que se eleva a definitiva, modalidad preadoptivo de la menor con las personas seleccionadas.
Notifíquese esta resolución al menor, a los acogedores, y una vez estos hayan manifestado su consentimiento, a los padres o tutores no privados de la patria potestad, manteniendo la preceptiva reserva legal, al objeto de que presten su conformidad en el plazo de quien días hábiles.
Huelva, 13 de julio de 2011.- La Presidenta de la Comisión Provincial de Medidas de Protección, Carmen Lloret Miserachs.
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